Recibido: 20/enero/2025 Aceptado:
26/junio/2025
Efectividad de
las medidas alternativas a la prisión preventiva según el Código Orgánico
Integral Penal (Revisión)
Effectiveness of Alternative Measures to Preventive Detention According
to the Organic Comprehensive Criminal Code (Review)
Cesar Esteban Quintuña
Inga. Abogado de los tribunales y juzgados de
la República de Ecuador. Maestrante del programa de Maestría en Derecho Procesal
de la Universidad Bolivariana de Ecuador. Durán. Guayas. Ecuador. [ cequintunai@ube.edu.ec ]
[ https://orcid.org/0009-0005-6315-8010 ]
Mario Rolando De la O Alay. Abogado
de los tribunales y juzgados de la República de Ecuador. Maestrante del
programa de Maestría en Derecho Procesal de la Universidad Bolivariana de
Ecuador. Durán. Guayas. Ecuador. [ mrdelaoa@ube.edu.ec ]
[ https://orcid.org/0009-0003-2994-2560 ]
Yudith López Soria. Abogada.
Máster en Derecho Penal. Doctora en Ciencias Jurídicas. Miembro de honor de la
Academia mexicana de Derecho. Miembro el Comité de expertos para evaluar y
seleccionar jueces de la Corte Nacional de Justicia de Ecuador. Abogada en
libre ejercicio y socio fundadora del Estudio jurídico Platinum
Abogados. Consultora internacional de Derecho Penal. Docente de posgrado en la
Maestría de Derecho Procesal de la Universidad Bolivariana de Ecuador. [ ylopezs@ube.edu.ec ] [ https://orcid.org/0000-0002-6845-088X ]
Holger Geovanny García Segarra. Abogado de los tribunales y juzgados de la República de Ecuador. Magister
en Derecho Procesal. Coordinador de Posgrado en Programa de Maestría de Derecho
Procesal de la Universidad Bolivariana de Ecuador. Durán. Guayas. Ecuador.
[ hggarcias@ube.edu.ec ] [ https://orcid.org/0009-0009-2499-762X ]
Resumen
El objetivo general de
la investigación es evaluar la eficacia de las medidas alternativas
a la prisión preventiva establecidas en el Código Orgánico Integral Penal,
desde el ejemplo que ofrece la ciudad de Guayaquil, y su impacto en la
reinserción social, la disminución de la reincidencia y la descongestión del
sistema penitenciario. Para
lograrlo, se emplea un enfoque metodológico mixto, que combina métodos
cuantitativos y cualitativos, apoyados en métodos científicos tales como el
analítico-sintético, exegético y el inductivo-deductivo, los que han permitido
obtener como resultado que las medidas alternativas a la prisión preventiva
contribuyen positivamente a aliviar la sobrepoblación o hacinamiento presente
en los centros penitenciarios en Ecuador, entre otras importantes cuestiones,
que van desde la vulneración de derechos humanos al cumplimiento anticipado de
la pena, cuestiones que requieren ser atendidas a vías de hecho. Su éxito está
condicionado por factores como la disponibilidad de recursos y la disposición
de los imputados, así como, por la mejoría de la infraestructura y los procesos
de supervisión para maximizar el impacto procesal de estas medidas cautelares
capaces por sí mismas, de asegurar la comparecencia del procesado en cada etapa
procesal que es, a fin de cuentas, el fin primordial de una medida cautelar.
Palabras clave:
medidas cautelares alternativas; prisión preventiva; sistema penitenciario; supervisión
Abstract
The
general objective of this research is to evaluate the effectiveness of
alternative measures to pretrial detention established in the Comprehensive
Organic Criminal Code, using the example of the city of Guayaquil, and its
impact on social reintegration, the reduction of recidivism and the
decongestion of the penitentiary system. To achieve this, a mixed methodological
approach is used, which combines quantitative and qualitative methods,
supported by scientific methods such as: analytical-synthetic, exegetic and
inductive-deductive. These have allowed us to obtain as a result that
alternative measures to pretrial detention contribute positively to alleviating
the overcrowding present in penitentiary centers in Ecuador, among other
important issues, ranging from the violation of human rights to the early
completion of the sentence, all issues that require attention through actual
means. Its success is conditioned by factors such as the availability of
resources and the willingness of the accused, as well as improving the
infrastructure and supervision processes to maximize the procedural impact of
these precautionary measures capable of ensuring the appearance of the accused
at each stage of the proceedings, which is, ultimately, the primary purpose of
a precautionary measure
Keywords: Alternative precautionary measures; Preventive
detention; Penitentiary system; Supervision
Introducción
Las
medidas cautelares son instituciones jurídicas también presentes en el Derecho
procesal penal, que persiguen entre otras cuestiones, asegurar el buen
desarrollo de un proceso judicial, evitando que una de las partes, especialmente,
el acusado, obstruya el curso de la justicia o cometa nuevas infracciones.
Estas medidas se aplican para proteger tanto a las víctimas como a la sociedad
y garantizar que el juicio se lleve a cabo de manera justa (Arandia
et al., 2022).
La
prisión preventiva, en particular, es una medida cautelar que implica la
privación de libertad temporal, de hecho, provisional o preventivamente, del
acusado, durante el tiempo que dura el juicio, cuando existen riesgos de fuga,
destrucción de pruebas o de que se cometan nuevos delitos: “La prevención
preventiva se refiere a la medida cautelar utilizada en muchos sistemas
judiciales para asegurar la presencia del imputado en el proceso penal y evitar
la obstaculización de la investigación” (Clavijo
& López, 2023, p. 7).
El uso
frecuente y excesivo de la prisión preventiva ha generado preocupaciones, ya
que puede afectar seriamente derechos fundamentales. Entre estos derechos se
encuentra la presunción de inocencia, que establece que toda persona es inocente
hasta que se demuestre lo contrario. Además, se compromete la libertad
personal, un derecho básico que debería ser restringido solo en casos
justificados. Por su parte, Sotalin
Los fines
procesales de cualquier medida cautelar, incluidas las alternativas a la
prisión preventiva, están orientados a asegurar que el proceso judicial se
desarrolle de manera adecuada, sin que se ponga en riesgo la integridad de la
investigación o los derechos de las partes involucradas, garantizando que la
justicia pueda actuar de manera efectiva. Al ser menos restrictivas, las
alternativas a la prisión preventiva tienen un doble propósito: proteger los
derechos fundamentales del acusado, como la libertad personal y la presunción
de inocencia, mientras se asegura su disposición al proceso.
Por
consiguiente, ayudan a descongestionar el sistema penitenciario, evitando el
uso innecesario de la prisión preventiva cuando otras medidas pueden cumplir
igualmente los objetivos procesales, sin generar las consecuencias negativas del
hacinamiento y las malas condiciones carcelarias, que impactan tanto a los
procesados como al sistema judicial en su conjunto.
En
Ecuador, el Código Orgánico Integral Penal (2014), establece medidas alternativas a la prisión
preventiva con el propósito de asegurar un proceso judicial justo y equitativo.
Estas medidas, concebidas para ser menos restrictivas que la prisión, no solo
tienen como objetivo proteger los derechos fundamentales del procesado, como la
libertad personal y la presunción de inocencia, sino también aliviar la presión
sobre el sistema penitenciario. Este sistema enfrenta serios problemas de
hacinamiento y condiciones inhumanas, especialmente en la ciudad de Guayaquil,
donde la sobrepoblación en los centros carcelarios ha alcanzado niveles
alarmantes y críticos.
Desde una perspectiva social y legislativa, el uso
de estas medidas alternativas ha ganado relevancia en el debate sobre la
justicia penal en la ciudad de Guayaquil, una ciudad que ha visto un aumento en
los delitos y, con ello, un crecimiento exponencial de la población carcelaria.
El contexto legislativo ecuatoriano busca armonizar los derechos del imputado
con la necesidad de seguridad pública, lo que exige un análisis profundo de la
efectividad de estas medidas alternativas en comparación con la prisión
preventiva tradicional (Merchán & Durán,
2022, p. 2). Lo anterior conlleva a plantear
la siguiente interrogante: ¿la aplicación de
medidas alternativas a la prisión preventiva, establecidas en el artículo 522
del Código Orgánico Integral Penal (2014),
será capaz de garantizar la naturaleza de última ratio de esta medida cautelar
acorde con los instrumentos internacionales de los que Ecuador es país
signatario?
El objetivo
general es evaluar la eficacia de las medidas alternativas a la prisión
preventiva, establecidas en el Código Orgánico Integral Penal (2014). Para
ello, se plantean objetivos específicos como analizar la relación entre el tipo
de medida cautelar aplicada y su efectividad en garantizar la comparecencia del
imputado en el proceso judicial, identificar los factores que influyen en el
éxito o fracaso de las medidas cautelares en la protección de las garantías
procesales, comparar los resultados obtenidos en la aplicación de medidas
cautelares en la ciudad de Guayaquil con otras ciudades del país o de la
región, en términos de reducción de fugas, cumplimiento de plazos y
descongestión del sistema judicial.
Este
trabajo se lleva a cabo mediante un enfoque metodológico mixto que combina
métodos cuantitativos, como el análisis de datos estadísticos, y cualitativos,
como el análisis de documentos, para obtener una visión integral del fenómeno,
apoyados en métodos científicos como el analítico-sistemático, que permite
descomponer el sistema jurídico penal en sus componentes y analizar cada uno de
ellos. Este enfoque facilita examinar la relación entre el tipo de medida cautelar
aplicada y su efectividad en garantizar la comparecencia del imputado, identificar
los factores que influyen en el éxito o fracaso de dichas medidas en la
protección de las garantías procesales, y realizar comparaciones sistemáticas
entre los resultados obtenidos en Guayaquil y otras ciudades.
El método
exegético permite realizar un análisis profundo y detallado de los textos
legales, especialmente del Código Orgánico Integral Penal, interpretando sus
disposiciones sobre las medidas alternativas a la prisión preventiva. El método
inductivo deductivo permite abordar el estudio desde dos enfoques
complementarios. Mediante el inductivo, se parte de la observación y análisis
de casos específicos de aplicación de medidas alternativas a la prisión
preventiva en la ciudad de Guayaquil y otras ciudades, identificando patrones,
tendencias y factores que influyen en su efectividad. Luego, con el deductivo,
se aplican los principios generales del marco legal y teórico sobre medidas
cautelares a situaciones concretas para evaluar su cumplimiento y eficacia.
Este enfoque permite llegar a conclusiones más sólidas sobre la relación entre
las medidas aplicadas y su impacto en la comparecencia del imputado y la
descongestión del sistema judicial.
El análisis
profundiza en un tipo específico de medida, como el arraigo domiciliario o la
fianza, y se evalúan la relación de la efectividad de estas medidas con
factores como la complejidad de los delitos y la capacidad institucional. Se
proponen mejoras para fortalecer la implementación de las medidas alternativas.
Desarrollo
La
prisión preventiva: Concepto, naturaleza jurídica y tratamiento constitucional
y legal en Ecuador.
La
prisión preventiva en Ecuador es una medida cautelar que consiste en la
privación de libertad de una persona imputada durante el proceso penal, con el
objetivo de garantizar su comparecencia ante la justicia, evitar la alteración
de pruebas y prevenir la reiteración delictiva. Desde el punto de vista de su
naturaleza jurídica, se clasifica como una medida excepcional y provisional que
no debe ser considerada como una pena, sino como un mecanismo para asegurar la
efectividad del proceso penal.
En esencia, se trata de una medida precautoria que
busca salvaguardar el correcto desarrollo del proceso judicial sin que
necesariamente implique una condena anticipada. Es decir, no se trata de una
pena, sino de un mecanismo preventivo cuya aplicación está limitada por el
principio de excepcionalidad (López et al., 2022, p.
3).
Esta es
definida como una medida cautelar personal que se impone al procesado para
asegurar su presencia durante el juicio y evitar que obstaculice el normal
desarrollo del proceso penal. Es una de las medidas más restrictivas que puede
adoptar un juez, pues atenta contra el derecho fundamental a la libertad
personal, uno de los pilares de cualquier sistema democrático. En el caso de
Ecuador, su regulación se encuentra principalmente en el Código
Orgánico Integral Penal (2014), y en la Constitución de la República (2008), donde se garantiza que esta medida solo se aplique
bajo condiciones excepcionales y en casos debidamente justificados.
La
naturaleza jurídica de la prisión preventiva se enmarca en su carácter de
medida cautelar dentro del ámbito del derecho procesal penal. Esto significa
que no se impone como una sanción punitiva o castigo, sino como un medio para
asegurar que el imputado esté disponible durante el juicio. Su aplicación debe
obedecer a criterios estrictos y proporcionados que garanticen su pertinencia,
es decir, solo debe imponerse cuando existan suficientes elementos para creer
que el acusado podría evadir la justicia o que su libertad comprometería el
desarrollo de la investigación
La
Constitución de Ecuador (2008), establece principios claros sobre la aplicación de
la prisión preventiva, protegiendo los derechos fundamentales de los procesados
y limitando su uso a situaciones excepcionales. El artículo 77 de la
Constitución (2008), establece
que la privación de libertad de una persona solo puede darse mediante una orden
judicial y bajo estrictas condiciones de necesidad y proporcionalidad. Además,
el artículo 76 de la Carta Magna, garantiza el principio de presunción de
inocencia, es decir, toda persona es considerada inocente hasta que se
demuestre lo contrario mediante una sentencia ejecutoriada. Esto implica que la
prisión preventiva no debe usarse como un anticipo de pena, sino como un
recurso excepcional.
La
Constitución (2008), exige que la
prisión preventiva solo se aplique cuando no existan otras medidas menos
lesivas que puedan asegurar el desarrollo del proceso penal. Esta disposición
subraya el carácter de excepción de la prisión preventiva, obligando a los
jueces a evaluar alternativas que no impliquen la privación de libertad. De
esta manera, el marco constitucional ecuatoriano protege el derecho a la
libertad personal y establece que la prisión preventiva debe usarse únicamente
cuando sea absolutamente indispensable.
El Código
Orgánico Integral Penal (2014), regula con detalle la prisión preventiva, estableciendo las condiciones
bajo las cuales puede ser aplicada. En su artículo 534, señala que la prisión
preventiva debe ser una medida de último recurso, aplicable solo cuando otras
medidas cautelares no resulten suficientes para garantizar los fines del
proceso penal. Estas medidas alternativas incluyen el arresto domiciliario, la
presentación periódica ante el juez, la prohibición de salida del país o la
obligación de portar un dispositivo de vigilancia electrónica
Este
mismo cuerpo legal establece también los criterios que deben evaluarse antes de
dictar prisión preventiva: la gravedad del delito, la existencia de suficientes
indicios de responsabilidad penal, y el riesgo de fuga o de obstrucción de la
justicia. Solo si estos elementos se cumplen y no hay otra medida menos
restrictiva que pueda garantizar la presencia del acusado en el juicio, se
puede dictar la prisión preventiva.
Cabe
mencionar que este cuerpo normativo establece plazos máximos para la aplicación
de la prisión preventiva, los cuales dependen del tipo de delito. En los casos
ordinarios, no puede superar los seis meses, mientras que, en delitos graves,
el plazo máximo es de un año. Estos plazos buscan evitar que una persona
permanezca detenida indefinidamente sin una sentencia firme, lo que sería una
violación a su derecho a un juicio justo.
Medidas cautelares
alternativas a la prisión preventiva y su tratamiento en el Código Orgánico
Integral Penal de Ecuador
Las
medidas cautelares son sanciones temporales que se implementan durante un
proceso judicial con el objetivo de asegurar que se desarrolle correctamente y
que se protejan los derechos de las partes involucradas. Son cautelares porque
su función es preventiva, es decir, buscan evitar que el acusado obstaculice el
proceso, huya, destruya pruebas o cometa nuevos delitos mientras se determina
su responsabilidad legal.
El Código
Orgánico Integral Penal (2014), en su artículo 522, establece una serie de medidas cautelares que deben
ser analizadas en primer lugar y con preferencia con respecto a la de prisión
preventiva, que no por gusto está en el último lugar del artículo 522. Entre
ellas están el arresto domiciliario, la prohibición de salida del país, la
presentación periódica ante un juez y el uso de dispositivos de vigilancia
electrónica. De hecho, la prisión preventiva debe ser impuesta de forma
excepcional y no de forma reglamentaria, como está ocurriendo en la práctica
penal ecuatoriana, contrario a lo dispuesto en la propia Constitución (2008), en los instrumentos internacionales y en el código
legal de la materia.
Todo esto
lleva entre sus objetivos, evitar la privación innecesaria de la libertad de
los ciudadanos, aun siendo imputados o procesados. Estas medidas buscan como
fin principal, garantizar la comparecencia de las personas procesadas a todas
las etapas del proceso penal. La prohibición de salida del país o de la
localidad como una medida menos lesiva que la prisión preventiva. Las medidas
están orientadas a limitar la movilidad del imputado sin privarlo completamente
de su libertad, impidiendo que abandone la jurisdicción sin autorización
judicial. Este control se asegura a menudo mediante la retención de documentos
como el pasaporte o la implementación de sistemas de control fronterizo (Vallejo,
2021).
El arresto domiciliario es una medida que restringe
la libertar de movimiento del acusado, quien debe permanecer en su domicilio,
bajo la supervisión de las autoridades. La prohibición de salida del país
impide que el procesado viaje fuera del territorio ecuatoriano para garantizar
su comparecencia en el juicio (Pinto & Pozo,
2024). La supervisión electrónica es
una de las medidas cautelares más modernas y efectivas en términos de control
de imputados fuera de prisión. Esta medida permite monitorear de manera
continua los movimientos del acusado a través de dispositivos electrónicos,
como pulseras o tobilleras electrónicas, que envían señales a un centro de
control.
La fianza o garantía económica es una medida
cautelar que permite la liberación de un imputado bajo ciertas condiciones, en
que este se compromete a presentar una suma de dinero o un bien como garantía
de su comparecencia ante el tribunal durante el proceso judicial. Esta medida
busca equilibrar el derecho del acusado a la libertad con la necesidad de
asegurar que se presente a todas las etapas del juicio. Si el imputado incumple
con la obligación de asistir a las audiencias, la fianza se pierde y puede ser
embargada para cubrir posibles daños o costos judiciales (Vallejo,
2021).
La suspensión del ejercicio de cargos públicos es una
medida cautelar que se aplica a funcionarios o servidores públicos acusados de
delitos en el desempeño de sus funciones o relacionados con su cargo. Esta
medida implica la interrupción temporal de las responsabilidades y actividades
laborales del acusado en el ámbito público, garantizando que no ejerza
influencia ni tenga acceso a recursos que puedan afectar el proceso judicial.
La suspensión busca proteger la integridad de la administración pública,
prevenir posibles actos de obstaculización de la justicia y salvaguardar la
confianza de la sociedad en las instituciones (Pinto
& Pozo, 2024).
Todos estos elementos constituyen
un resumen doctrinario del estado de la conceptualización y funcionamiento de
estas medidas cautelares, que, por demás, son de aplicación prioritaria antes
que la de prisión provisional o preventiva. Por ejemplo, la presentación
periódica ante un juez obliga al imputado a presentarse regularmente ante la
autoridad para comprobar que sigue a disposición de la justicia. Por último, el
uso de dispositivos de vigilancia electrónica, como los brazaletes, permite
monitorear los movimientos del acusado de forma remota.
Y
recuérdese que, estas medidas se consideran preferentes frente a la prisión
preventiva, ya que permiten cumplir con los fines del proceso penal sin afectar
de manera desproporcionada los derechos fundamentales del procesado, como la
libertad personal y la presunción de inocencia. Además, contribuyen a la
descongestión del sistema penitenciario, evitando el uso excesivo de la prisión
preventiva, la cual debe ser aplicada únicamente en situaciones excepcionales.
En opinión de Macías (2022), el objetivo de las medidas cautelares está
orientado a “cumplir con los fines de proteger a la sociedad y garantizar los
derechos del procesado sin recurrir a la detención prolongada” (p. 3). La
efectividad de estas medidas cautelares y alternativas a la prisión preventiva depende,
en gran medida, de su correcta aplicación, el seguimiento adecuado por parte de
las autoridades y la voluntad del imputado de cumplir con las condiciones
impuestas. Además, deben ser consideradas conforme a las circunstancias de cada
caso y deben respetar el principio de proporcionalidad.
Situación
de la prisión preventiva y su impacto en la ciudad de Guayaquil, como campo de
investigación usado como ejemplo
La ciudad
de Guayaquil, como una de las principales urbes de Ecuador y con una de las
tasas de criminalidad más altas del país, es un ejemplo clave para analizar el
impacto de la prisión preventiva en la realidad penitenciaria y judicial. El
hacinamiento carcelario, las limitaciones en el sistema de justicia y los
elevados índices de criminalidad han generado una presión constante para
recurrir a la prisión preventiva como medida de control. Sin embargo, “esto ha contribuido
al deterioro del sistema penitenciario, afectando tanto los derechos de los
procesados como al funcionamiento de la justicia penal” (Obando,
2018. p. 8).
En
Ecuador, el Código Orgánico Integral Penal (2014), regula el uso de la prisión preventiva,
estableciendo que solo debe aplicarse en casos excepcionales, donde otras
medidas cautelares menos restrictivas no sean suficientes para garantizar los
fines del proceso. No obstante, en la práctica, la prisión preventiva se ha
convertido en una medida común, aplicada en numerosos casos como una solución
rápida para evitar la fuga o la obstrucción de la justicia, pero con
consecuencias preocupantes para los derechos fundamentales del acusado y el
sistema penitenciario.
Se presta
especial atención en este artículo, a las cifras que arrojan al respecto, la
ciudad de Guayaquil, cantón cabecero de la provincia del Guayas. Cabe decir que
en esta ciudad, esta medida ha tenido un impacto significativo debido a varios factores,
como la alta criminalidad, el hacinamiento en los centros de detención y la
limitada capacidad de respuesta del sistema judicial. A menudo, se recurre a la
prisión preventiva no solo para los delitos graves, sino también para crímenes
menores, lo que ha contribuido a una saturación del sistema penitenciario,
especialmente en los centros de detención provisional. Estas condiciones
generan una problemática evidente y es que “las personas privadas de libertad
bajo prisión preventiva enfrentan largos periodos de detención sin una
sentencia, afectando su derecho a la presunción de inocencia y a un juicio
justo” (Puertas & Silva, 2023, p. 4). La prisión preventiva ha agravado el
hacinamiento carcelario en la ciudad de Guayaquil, donde los centros
penitenciarios ya enfrentaban problemas estructurales. El aumento de reclusos y
la lentitud del sistema dificultan el procesamiento oportuno de los expedientes
de los detenidos (Pérez, 2023).
El
hacinamiento no solo afecta la calidad de vida de los internos, sino que
también dificulta el trabajo de rehabilitación y reintegración social que el
sistema penitenciario debería promover. En muchos casos, las cárceles de
Guayaquil operan por encima de su capacidad, lo que genera condiciones
inhumanas para los reclusos, con problemas de salud, violencia y la falta de
acceso a servicios básicos como alimentación adecuada, atención médica y
programas de rehabilitación.
En
Guayaquil, los centros penitenciarios han superado hasta en un 200% su
capacidad, lo que ha generado crisis humanitarias y ha hecho aún más difícil
gestionar la situación de los reclusos. La prisión preventiva ha sido uno de
los factores determinantes en este incremento, ya que una gran proporción de
los internos no han sido condenados y, sin embargo, permanecen privados de
libertad durante largos periodos.
El uso
excesivo de la prisión preventiva tiene repercusiones que van más allá del
hacinamiento carcelario. Desde una perspectiva social, esta medida afecta
principalmente a personas de bajos recursos que no tienen acceso a una defensa
legal adecuada ni a las alternativas legales que podrían evitar la prisión.
Muchas de estas personas enfrentan largos periodos de detención sin tener la
oportunidad de demostrar su inocencia en tiempo oportuno. Este uso
desproporcionado de la prisión preventiva refuerza la desigualdad social y
afecta negativamente la confianza de la población en el sistema judicial
Desde el
punto de vista jurídico, la prisión preventiva aplicada de manera
indiscriminada afecta el derecho a la presunción de inocencia, uno de los
principios fundamentales del derecho penal. Las personas sometidas a esta
medida cautelar son tratadas, en muchos casos, como culpables antes de que se
haya dictado una sentencia condenatoria firme, lo que genera un conflicto con
los derechos humanos y los estándares internacionales de justicia. El impacto
jurídico también se refleja en la sobrecarga del sistema judicial. Los jueces,
en lugar de optar por medidas cautelares alternativas menos restrictivas, como
el arresto domiciliario, la prohibición de salida del país o la presentación
periódica ante un juez, optan con frecuencia por la prisión preventiva,
saturando aún más los centros penitenciarios y complicando la gestión judicial
de estos casos.
El uso
efectivo de medidas cautelares alternativas en lugar de la prisión preventiva
en Guayaquil presenta varias ventajas significativas, especialmente en el
contexto de la sobrepoblación carcelaria y los problemas sociales asociados. En
primer lugar, estas medidas son menos restrictivas, lo que permite a los
imputados mantener su libertad y continuar con sus actividades cotidianas, lo
que no solo respeta su derecho a la presunción de inocencia, sino que también
favorece su reintegración social. Además, al reducir el número de personas en
prisión preventiva, se mitiga la congestión en las cárceles, lo que puede
mejorar las condiciones de vida de los reclusos y del personal penitenciario.
Esto también puede contribuir a una mejor administración del sistema de
justicia, permitiendo que los recursos se concentren en casos que realmente
requieran una atención urgente. Por otro lado, las medidas alternativas
fomentan un enfoque más humano y preventivo del sistema penal, priorizando la
rehabilitación sobre la mera sanción, lo que puede disminuir la reincidencia
delictiva y fortalecer la confianza en las instituciones judiciales.
El
desafío radica en implementar estas alternativas de manera efectiva, asegurando
que se apliquen de forma adecuada y bajo los principios de proporcionalidad y
necesidad. Esto requiere no solo una mayor capacitación de los jueces y
operadores judiciales, sino también la creación de mecanismos de control que
garanticen el cumplimiento de las medidas alternativas. Además, es esencial
contar con un sistema judicial más eficiente que pueda procesar los casos de
manera oportuna y con un enfoque en la protección de los derechos humanos.
Eficacia
de las medidas cautelares alternativas a la prisión preventiva en la aplicación
del Código Orgánico Integral Penal en el Distrito Metropolitano Guayaquil
Estas
medidas se proponen como una solución para evitar el uso excesivo de la prisión
preventiva, que históricamente ha contribuido al hacinamiento carcelario y a la
vulneración de derechos fundamentales como la libertad personal y la presunción
de inocencia. En el contexto del Distrito Metropolitano de Guayaquil, estas
alternativas revisten una particular relevancia debido a la alta tasa de
criminalidad y a los problemas estructurales del sistema penitenciario. Por
ello, es importante evaluar la eficacia de estas medidas para comprender su
impacto en el sistema judicial y carcelario local.
La
eficacia de las medidas cautelares alternativas puede evaluarse en función de
varios factores, tales como la reducción del hacinamiento carcelario, el
cumplimiento de los procesados con las medidas impuestas y la prevención de la reincidencia
o la fuga. En Guayaquil, algunos de estos indicadores han mostrado resultados
mixtos. Las medidas como el arresto domiciliario o la presentación periódica
ante el juez han contribuido a reducir, en parte, la cantidad de personas
detenidas de manera preventiva en los centros penitenciarios. Esto ha aliviado
ligeramente la presión sobre el sistema carcelario y ha permitido que los
acusados enfrenten su proceso judicial sin ser privados de la libertad.
El uso de dispositivos de vigilancia electrónica
enfrenta dificultades debido a la falta de infraestructura y capacidad de
monitoreo. Esto ha generado desconfianza entre los operadores judiciales,
quienes prefieren la prisión preventiva en lugar de alternativas tecnológicas
menos invasivas (Jimbo & Pacheco, 2023, p. 16). El cumplimiento de las medidas cautelares
alternativas ha sido mixto. Aunque muchos acusados las respetan, algunos han
vulnerado el arresto domiciliario y la prohibición de salir del país, generando
dudas sobre la capacidad del sistema para hacer cumplir estas restricciones de
manera efectiva.
Según
datos del Ministerio de Justicia de Ecuador, en el periodo 2021-2023, se
aplicaron medidas alternativas en aproximadamente el 30% de los casos que
inicialmente contemplaban prisión preventiva. De estas, el 65% correspondió a
medidas como el arresto domiciliario y la presentación periódica ante un juez.
Sin embargo, el uso de dispositivos de vigilancia electrónica, que podría
ofrecer una alternativa menos restrictiva, solo se implementó en un 10% de los
casos debido a problemas de infraestructura y monitoreo (Proaño et al., 2021).
A pesar de este incremento en la aplicación de medidas alternativas, el uso de
la prisión preventiva sigue siendo elevado, lo que refleja la limitada
confianza de los jueces en estas medidas. A nivel de descongestión carcelaria,
las medidas cautelares alternativas han logrado reducir el ingreso de reclusos
a las prisiones de Guayaquil, aunque de manera moderada.
Factores que influyen en
el éxito o fracaso de las medidas cautelares alternativas
Uno de
los factores más determinantes en el éxito de las medidas cautelares
alternativas es la confianza que los jueces, fiscales y operadores judiciales
tienen en ellas. A menudo, el temor a que el acusado huya, reincida en un
delito o no cumpla con las medidas impuestas genera que los jueces prefieran
recurrir a la prisión preventiva, considerada una medida más segura y
definitiva. En muchos casos, los operadores judiciales no confían plenamente en
la capacidad del sistema para monitorear y hacer cumplir medidas menos
restrictivas, como el arresto domiciliario o la vigilancia electrónica, lo que
provoca un uso limitado de estas alternativas. En Ecuador, la falta de recursos
para monitorear medidas alternativas genera desconfianza. Sin suficientes
dispositivos electrónicos o sistemas de vigilancia, los jueces prefieren la
prisión preventiva. En Guayaquil, con alta criminalidad y recursos judiciales
limitados, esta desconfianza es aún mayor (Luque
& Arias, 2020).
Otro
factor crítico es la capacidad del Estado para hacer cumplir de manera efectiva
las medidas cautelares alternativas. Para que estas medidas sean exitosas, se
requiere de un sistema institucional sólido que pueda monitorear el
comportamiento de los imputados y garantizar que cumplan con las condiciones
impuestas. Esto incluye la disponibilidad de tecnología, como los dispositivos
de vigilancia electrónica, pero también el personal necesario para llevar a
cabo las inspecciones y controles periódicos.
En el
Distrito Metropolitano de Guayaquil, la falta de infraestructura y recursos
limita el uso efectivo de medidas cautelares. Los dispositivos de monitoreo son
insuficientes y la supervisión es ineficaz, lo que genera incumplimientos y
desconfianza tanto en el sistema judicial como en la sociedad (Zalamea,
2024). El tipo de delito del que se
acusa al imputado también juega un papel importante en el éxito o fracaso de
las medidas cautelares alternativas. Delitos graves, como el homicidio, el
tráfico de drogas o el abuso sexual, suelen ser considerados de mayor riesgo,
lo que lleva a que los jueces sean más reticentes a aplicar medidas
alternativas por el peligro que podría suponer la libertad del acusado. Por el
contrario, en delitos menores o de naturaleza no violenta, las medidas
alternativas tienen una mayor probabilidad de éxito, ya que el riesgo de fuga o
de reincidencia es más bajo.
En
Guayaquil, donde los índices de criminalidad son elevados y la presión social
por una mayor seguridad es alta, los jueces tienden a ser más conservadores y a
optar por la prisión preventiva en delitos graves. Esto reduce la posibilidad
de aplicar medidas alternativas, incluso cuando podrían ser efectivas en
ciertos casos. La percepción de riesgo, por tanto, es un factor importante que
limita la utilización de estas medidas en delitos más serios. El historial
delictivo, el arraigo familiar y la situación económica del acusado influyen en
el éxito de las medidas cautelares. Personas con antecedentes o escaso arraigo
son más propensas a incumplir, lo que lleva a los jueces a preferir la prisión
preventiva (Fonte et al.,
2022).
Por otro
lado, los imputados que cuentan con un entorno familiar estable y un arraigo
claro en su comunidad tienden a cumplir con las medidas cautelares impuestas,
ya que es menos probable que intenten evadir la justicia. Esto subraya la
importancia de un enfoque personalizado a la hora de aplicar medidas
alternativas, evaluando las circunstancias individuales de cada acusado.
El
contexto socioeconómico del acusado y la percepción de la sociedad respecto a
las medidas cautelares alternativas también juegan un papel importante en su
éxito. En muchas ocasiones, las personas de bajos recursos tienen más
dificultades para cumplir con las condiciones impuestas por estas medidas, ya
sea por falta de acceso a los recursos necesarios, como medios de transporte
para presentarse periódicamente ante un juez, o por la necesidad de trabajar
para mantener a sus familias. La percepción social de las medidas cautelares
alternativas puede influir en su uso. En la ciudad de Guayaquil, la demanda de
mano dura contra el crimen y la preocupación por la inseguridad presionan a los
jueces a optar por la prisión preventiva en lugar de medidas alternativas (Lausch, 2022).
Comparación de la
aplicación de las medidas cautelares con otras ciudades del país o región y
Discusión de resultados
En
ciudades como Cuenca y Loja, la implementación de medidas cautelares
alternativas a la prisión preventiva ha sido más eficiente. Esto se debe a la
menor criminalidad y a una infraestructura judicial más robusta, lo que permite
un monitoreo adecuado de los imputados sin necesidad de prisión. En Cuenca, las
autoridades judiciales han logrado aplicar medidas como el arresto domiciliario
y la presentación periódica ante el juez de manera más frecuente, con
resultados positivos. Los índices de comparecencia han sido altos, lo que ha
ayudado a descongestionar el sistema penitenciario de manera notable.
Loja, por
su parte, ha experimentado una reducción en el uso de la prisión preventiva,
aplicando alternativas como la prohibición de salida del país y el uso de
dispositivos de vigilancia electrónica. Estas medidas han permitido que los
imputados enfrenten el proceso en libertad, garantizando su comparecencia. La
comparación con Guayaquil revela que, mientras en Cuenca y Loja las medidas
alternativas han sido eficaces, en Guayaquil la alta criminalidad y la falta de
recursos han dificultado su implementación. Esto refleja que el contexto local
influye significativamente en la efectividad de las medidas cautelares.
A nivel
de descongestión del sistema penitenciario, Cuenca y Loja han visto una
disminución en el número de reclusos preventivos. Esto ha contribuido a mejorar
las condiciones carcelarias y ha permitido que los procesados enfrenten su
juicio en mejores condiciones, respetando sus derechos. En términos de
cumplimiento de plazos, los jueces en Cuenca y Loja han podido garantizar un
seguimiento más efectivo de los procesados bajo medidas alternativas. Esto ha
resultado en procesos judiciales más ágiles y una reducción en el tiempo de
detención sin condena.
Ahora
bien, puede decirse que, a lo largo del análisis, se ha evidenciado que, a
pesar de que el Código Orgánico Integral Penal de Ecuador (2014), contempla medidas alternativas a la prisión
preventiva, su implementación efectiva se encuentra severamente limitada,
especialmente en la ciudad de Guayaquil. Este hallazgo es alarmante,
considerando que instrumentos internacionales como el Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos
establecen que la privación de libertad debe ser un recurso excepcional. En la
práctica, la prisión preventiva se aplica de manera regular, incluso en
situaciones donde podrían considerarse medidas menos restrictivas, lo que
plantea serias preocupaciones sobre el respeto a los derechos humanos.
En
relación con la eficacia de las medidas cautelares alternativas, el análisis presentó
resultados mixtos. Aunque opciones como el arresto domiciliario y la
presentación periódica ante autoridades han permitido que un número
significativo de imputados evite la reclusión en centros penitenciarios, la
aplicación de estas medidas no ha sido lo suficientemente amplia para
garantizar que la prisión preventiva se utilice como último recurso. La falta
de confianza en estas alternativas por parte de los jueces, atribuida a la
insuficiencia de recursos tecnológicos y a la limitada capacidad de monitoreo,
ha llevado a una preferencia por la prisión preventiva como solución rápida y
segura para mitigar el riesgo de fugas o interferencias en el proceso judicial.
Este contexto resuena con hallazgos de estudios previos que indican que la
implementación de medidas alternativas se ve afectada por factores externos,
como la alta criminalidad y la presión social por respuestas punitivas.
Para
abordar estas deficiencias y optimizar la aplicación de medidas cautelares
alternativas, es esencial adoptar un enfoque multifacético que contemple varias
estrategias. En primer lugar, el fortalecimiento del sistema de monitoreo es
importante. Esto podría incluir la inversión en tecnología de vigilancia
electrónica que permita un seguimiento eficaz de los imputados, lo que, a su
vez, podría aumentar la confianza de los jueces en estas medidas. Además, la
capacitación continua de jueces y fiscales en la aplicación de medidas
cautelares es fundamental para garantizar decisiones judiciales que reflejen
los principios de proporcionalidad y necesidad establecidos en el derecho
internacional. Un marco formativo robusto no solo ayudaría a los operadores de
justicia a evaluar adecuadamente los casos, sino que también promovería una
cultura judicial que priorice las alternativas a la prisión preventiva.
Asimismo,
es imperativo realizar un análisis más personalizado al momento de aplicar las
medidas cautelares, considerando factores individuales del imputado, como su
historial delictivo y arraigo familiar. Los acusados con antecedentes penales o
vínculos familiares débiles son percibidos como de mayor riesgo, lo que a
menudo lleva a los jueces a optar por la prisión preventiva. La implementación
de evaluaciones de riesgo más rigurosas y específicas podría ayudar a asegurar
que las decisiones judiciales se ajusten a las circunstancias de cada caso,
evitando una interpretación generalizada que no considera las particularidades
de los imputados.
La
comparación de los resultados en Guayaquil con otras ciudades del país, como
Cuenca y Loja, donde la criminalidad es menor, también sugiere que el contexto
local influye significativamente en la efectividad de las medidas alternativas.
En estos lugares, un sistema judicial más adaptado a la infraestructura
disponible ha permitido la implementación exitosa de medidas cautelares,
contribuyendo a la descongestión del sistema penitenciario. Este hallazgo
subraya la necesidad de un enfoque contextualizado que reconozca las
variaciones en la criminalidad y la capacidad del sistema judicial entre varias
localidades, permitiendo que las medidas cautelares se adapten a las realidades
específicas de cada ciudad.
A pesar
de los desafíos identificados, es posible afirmar que las medidas cautelares
alternativas, si se implementan de manera adecuada, pueden reducir
significativamente el uso desproporcionado de la prisión preventiva y
garantizar el respeto a los derechos fundamentales, tal como lo exigen los
instrumentos internacionales. Sin embargo, para lograr este objetivo, el Estado
ecuatoriano debe llevar a cabo reformas estructurales que fortalezcan tanto el
sistema de justicia como el marco institucional que respalda la implementación
de estas medidas. Esto incluye una mayor inversión en tecnología, la
capacitación continua de jueces y fiscales, y la promoción de un sistema
judicial más eficiente, transparente, adaptado a las necesidades locales. Solo
a través de un enfoque integral que contemple estos elementos se podrá asegurar
un equilibrio adecuado entre la protección de la sociedad y el respeto a los
derechos de los imputados, cumpliendo así con los estándares internacionales de
justicia.
Conclusiones
El análisis demostró que las
medidas cautelares como la presentación periódica ante la autoridad y el
arresto domiciliario son efectivas para garantizar la comparecencia de los
imputados en el proceso judicial, siempre que se implementen con un seguimiento
adecuado. Sin embargo, su efectividad depende, en gran medida, de la
infraestructura tecnológica y de la capacidad de monitoreo que, en algunos
casos, como en la ciudad de Guayaquil, son insuficientes. La falta de recursos
afecta la confianza de los jueces en estas medidas, lo que lleva a un uso
preferente de la prisión preventiva.
Los factores que influyen en el
éxito o fracaso de las medidas cautelares incluyen el historial delictivo del
imputado, su arraigo familiar y social, y la situación económica. Imputados con
antecedentes o poco arraigo tienden a incumplir las medidas, lo que disminuye
su efectividad. Además, la capacidad institucional para monitorear y hacer
cumplir estas medidas es importante para su éxito, lo que pone de manifiesto la
necesidad de mejorar los mecanismos de supervisión para garantizar la
protección de las garantías procesales.
Al comparar los resultados de
Guayaquil con otras ciudades del país, se observa que la efectividad de las
medidas cautelares es mayor en ciudades con menor criminalidad y mejores
recursos judiciales, como Cuenca o Loja. En estas ciudades, las medidas
alternativas han logrado reducir las fugas y descongestionar el sistema
judicial de manera más efectiva. En contraste, en Guayaquil, la alta
criminalidad y la limitada capacidad de monitoreo han afectado la aplicación de
estas medidas, lo que ha contribuido a una dependencia mayor de la prisión
preventiva.
Las medidas alternativas a la
prisión preventiva previstas en el Código Orgánico
Integral Penal han demostrado ser eficaces en mitigar
el hacinamiento carcelario y garantizar los derechos fundamentales, siempre que
se apliquen con los recursos y seguimiento necesarios. Sin embargo, la
desconfianza en su aplicación por parte de los jueces y la falta de
infraestructura han limitado su uso en algunos contextos, como Guayaquil. Para
que estas medidas alcancen su potencial, es importante mejorar la
infraestructura judicial, fomentar su uso adecuado y garantizar un seguimiento
riguroso.
Referencias
bibliográficas
Asamblea Nacional de la República de Ecuador.
(2014, 10 de febrero). Código Orgánico Integral Penal.
Registro Oficial Suplemento 180. https://www.defensa.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2016/05/abr16_CODIGO-ORGANICO-INTEGRAL-PENAL-COIP.pdf
Asamblea Nacional de la República de Ecuador. (2008, 20 de octubre).
Constitución de la República del Ecuador. Registro Oficial 449 https://www.defensa.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2021/02/Constitucion-de-la-Republica-del-Ecuador_act_ene-2021.pdf
Ávila, J. G., Fuentes, M. R., & Patiño, J. A.
(2023). Crisis de la privación de la libertad, penas alternativas y
subsidiarias. Revista de Ciencias Económicas, Jurídicas y Administrativas, 7(12),
82-102. https://doi.org/10.37135/kai.03.12.05
Arandia, J. C., Robles, G. K., Moreno, P. M., & Macias,
S. J. (2022). Prisión preventiva: procesos penales en el Ecuador. Revista
Universidad y Sociedad, 14(6), 556-561. http://scielo.sld.cu/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2218-36202022000600556&lng=es&tlng=es
Cuesta, A. P. (2024). Interseccionalidad y enfoque
diferencial en el tratamiento a personas privadas de libertad en Ecuador. Ciencia
Latina Revista Científica Multidisciplinar, 8(3), 2320-2335. https://doi.org/10.37811/cl_rcm.v8i3.11429
Clavijo, A. S., & López, D. F. (2023). La
prisión preventiva ¿medida cautelar o pena anticipada? una visión desde
ecuador. Revista Metropolitana de Ciencias Aplicadas, 6(1), 18-28. https://www.redalyc.org/comocitar.oa?id=721778121004
Fonte, M., Monteiro, V.,
& Charry, J. A. (2022). Las penas perdidas: los nudos
críticos del sistema carcelario en el Ecuador. Foro: Revista de Derecho, 1(37), 160-180.
doi:10.32719/26312484.2022.37.8
Jimbo, J. D., & Pacheco,
J. A. (2023). Motivation for the applicability of preventive detention in the
Ecuadorian procedural system. Polo del conocimiento, 8(5), 1713-1736. DOI: 10.23857/pc.v8i5
Krauth, S. (2018). La prisión preventiva en el Ecuador.
Serie Justicia y defensa. https://biblioteca.defensoria.gob.ec/bitstream/37000/2248/1/17.%20Prisio%cc%81n%20Preventiva%20en%20el%20Ecuador.pdf
Lausch, A. (2022). La crisis carcelaria en el Ecuador:
las causas, manifestaciones y algunas recomendaciones. Independent Study Project
(ISP) Collection. 3473.
https://digitalcollections.sit.edu/isp_collection/3473
López, A. H., Vázquez, J. L., & Arévalo, C.E. (2022). Aplicación de medidas cautelares diferentes a la
prisión preventiva, en delitos sancionados con pena privativa de libertad de
uno a tres años. Polo del Conocimiento, 7(6), 66-100. DOI:10.23857/pc.v7i6.4062
Luque, A., & Arias, E.
G. (2020). Constitutional Law in Ecuador: Presumption of Innocence and Preventive
Prison. Boletín Mexicano
de Derecho Comparado, 53(157), 169-192. DOI: http://dx.doi.org/10.22201/iij.24484873e.2020.157.15228
Macías, T. (2022). Las medidas alternativas como
dique de contención a la prisión preventiva. 593 Digital Publisher CEIT,
7(2-1), 73-87. https://doi.org/10.33386/593dp.2022.2.1089
Merchán, P., & Durán, A. (2022). Análisis
crítico jurídico de la prisión preventiva. Espacios, 43(10), 1-11. DOI:
10.48082/espacios-a22v43n10p01
Obando, O. F. (2018). Prisión preventiva: las
tensiones entre la eficacia procesal y presunción de inocencia [Tesis de Maestría
en Derecho Procesal, Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador]. https://repositorio.uasb.edu.ec/handle/10644/6176
Pérez, M. A. (2023). Análisis sobre la
eficacia de las medidas alternativas a la prisión preventiva con respecto al
aseguramiento de comparecencia a juicio, en la unidad penal “B” con sede en el
cantón Ibarra [Tesis de pregrado, Universidad Técnica del Norte]. https://repositorio.utn.edu.ec/handle/123456789/15103
Pinto, J. G., & Pozo, E. E. (2024). La
vulneración del principio de inocencia como garantía constitucional ante la
medida cautelar de prisión preventiva. MQRInvestigar, 8(3),
3764–3778. https://doi.org/10.56048/MQR20225.8.3.2024.3764-3778
Proaño, D. S., Coka, D. F., & Chugá,
R. E. (2021).
Análisis sobre la prisión preventiva en Ecuador. Dilemas
contemporáneos: educación, política y valores, 9(1), 1-14. https://doi.org/10.46377/dilemas.v9i.2989
Puertas, R. L., & Silva,
E. P. (2023). Materias
transigibles en mediación en el Ecuador. Revista Metropolitana de Ciencias
Aplicadas, 6(3), 226-237
DOI:10.62452/zz5zf518
Sotalin, J. (2021). El uso excesivo de la prisión
preventiva en el hacinamiento carcelario. https://repositorio.umet.edu.ec/handle/67000/529
Vallejo, C. (2021). La Medida Cautelar de
Prohibición de Ausentarse del País Contra los Derechos del Representante Legal
de una Sociedad. USFQ Law Working
Papers, 1(12), 1-27. DOI:10.18272/usfqlwp.79
Zalamea, D. (2024). Los servicios previos al juicio:
respuesta al abuso de la prisión preventiva. Foro: Revista de Derecho,
(42), 97-118. https://doi.org/10.32719/26312484.2024.42.6