Recibido: 25/noviembre/2024       Aceptado: 3/marzo/2025

 

La justicia indígena y sus penas frente a los Derechos Humanos en Ecuador (Revisión)

Indigenous justice and its penalties in the face of Human Rights in Ecuador (Review)

 

Karla Stefanny Tapia Cajas. Abogada de los Tribunales y Juzgados de la República del Ecuador. Maestrante del programa de Maestría en Derecho Procesal de la Universidad Bolivariana del Ecuador. Durán. Guayas. Ecuador.    [ kstapiac@ube.edu.ec ]

[ https://orcid.org/0009-0005-0554-6453 ]

  

Jorge David Rosero Gallegos. Abogado de los Tribunales y Juzgados de la República del Ecuador. Maestrante del programa de Maestría en Derecho Procesal de la Universidad Bolivariana del Ecuador. Durán. Guayas. Ecuador.   [ jdroserog@ube.edu.ec ]

[ https://orcid.org/0009-0008-9679-4920 ]

 

Yudith López Soria. Abogada. Máster en Derecho Penal. Doctora en Ciencias Jurídicas

Miembro de honor de la Academia mexicana de Derecho. Abogada en libre ejercicio. Docente de posgrado en la Maestría de Derecho Procesal de la Universidad Bolivariana del Ecuador.  

[ ylopezs@ube.edu.ec ]     [ https://orcid.org/0000-0002-6845-088X ]

 

Holger Geovanny García Segarra. Abogado de los Tribunales y Juzgados de la República del Ecuador. Magíster en Derecho Procesal. Coordinador de Posgrado en Programa de Maestría de Derecho Procesal de la Universidad Bolivariana del Ecuador. Durán. Guayas. Ecuador.

[ hggarcias@ube.edu.ec ]    [ https://orcid.org/0009-0009-2499-762X ]

 

Resumen  

La justicia indígena en Ecuador, como parte del pluralismo jurídico del país, permite resolver conflictos según las tradiciones culturales de las comunidades. Este estudio tiene como objetivo, analizar las sanciones aplicadas por este sistema y su compatibilidad con los derechos humanos, buscando soluciones que respeten ambos aspectos. Para ello, se utiliza un enfoque metodológico de investigación cualitativa, aplicando los métodos analítico-sintético, exegético e inductivo. Los resultados muestran que, a pesar de algunos avances en la integración de derechos humanos en la administración de justicia indígena, persisten desafíos importantes. Por ejemplo, es necesario fortalecer la capacitación de las autoridades indígenas en Derechos Humanos y establecer mecanismos de supervisión para asegurar que las sanciones no vulneren estos derechos. Además, es determinante desarrollar sanciones alternativas que respeten los derechos fundamentales y considerar el impacto psicológico de las sanciones impuestas a fin de proteger el bienestar mental de los involucrados. Aunque la justicia indígena preserva su identidad cultural, garantizar un equilibrio efectivo entre la autonomía cultural y el respeto pleno por los Derechos Humanos sigue siendo un reto significativo que demanda soluciones integrales y adaptadas al contexto cultural.

Palabras clave: justicia indígena; derechos humanos; penas; Ecuador

Abstract

Indigenous justice in Ecuador, as part of the country's legal pluralism, allows the resolution of conflicts according to the cultural traditions of the communities. The objective of this study is to analyze the sanctions applied by this system and their compatibility with human rights, seeking solutions that respect both aspects. For this purpose, a methodological approach of qualitative research nature is used, applying analytical-synthetic, exegetical and inductive methods. The results show that, despite some progress in the integration of human rights in the administration of indigenous justice, important challenges persist. For example, it is necessary to strengthen the training of indigenous authorities in human rights and to establish oversight mechanisms to ensure that sanctions do not violate these rights. In addition, it is crucial to develop alternative sanctions that respect fundamental rights and to consider the psychological impact of the sanctions imposed in order to protect the mental well-being of those involved. Although indigenous justice preserves its cultural identity, ensuring an effective balance between cultural autonomy and full respect for human rights remains a significant challenge that requires comprehensive solutions adapted to the cultural context.

Key words: indigenous justice; human rights; penalties; Ecuador

Introducción 

A lo largo de la historia, las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas han desarrollado sus propias tradiciones y sistemas de justicia. Estos grupos culturales han establecido prácticas sociales y normativas específicas para regular las relaciones entre sus miembros y para resolver conflictos internos, conformando así, lo que actualmente se entiende como Derecho Indígena. Es así como la justicia indígena surge de un grupo poblacional que mantiene su cultura y su derecho consuetudinario. Manifestándose así, más que una forma de resistencia a la aplicación de la justicia ordinaria frente a conductas que son consideradas como delictivas, es, una acción afirmativa a su etnia e idiosincrasia ancestral. 

El sistema de justicia indígena se basa en sanciones simbólicas destinadas a restaurar la armonía social. Las sanciones centradas en la sanación espiritual y la reparación deben garantizar que no se vulneren los derechos humanos. Sin embargo, en ciertas circunstancias, la justicia indígena puede aplicar sanciones que vulneran estos derechos humanos, como, por ejemplo, castigos físicos que, aunque culturalmente justificados, contravienen normas internacionales sobre derechos, por ejemplo, a la integridad física y mental.  

Entonces, cabe la pregunta: ¿las penas y/o castigos impuestos en la administración de justicia indígena ante el juzgamiento de delitos en Ecuador, estarán vulnerando los derechos humanos de las personas sancionadas? Para resolverla se ha trazado como objetivo analizar las sanciones aplicadas en la justicia indígena en Ecuador y su compatibilidad con los derechos humanos, con el fin de proponer soluciones que garanticen el respeto a los derechos fundamentales sin comprometer la autonomía cultural de las comunidades indígenas.  

El presente estudio contextualiza la justicia indígena, detallando su estructura organizativa, principios rectores y su base procedimental interna. Asimismo, se examina el marco doctrinal de los derechos humanos considerando al sistema de justicia indígena. Asimismo, identifica las sanciones aplicadas por la justicia indígena, evaluando el impacto a los derechos humanos de las personas involucradas. Y finalmente, investiga el impacto psicológico de las sanciones del sistema de justicia indígena en las víctimas y en los infractores, evaluando sus efectos en la salud mental.

Por estos motivos, el presente artículo científico se fundamenta en encontrar una posible solución a la tensión generada entre las sanciones aplicadas en la justicia indígena en Ecuador y los estándares internacionales de derechos humanos. Asimismo, se propone analizar cómo las sanciones tradicionales se relacionan con los derechos fundamentales, para identificar posibles áreas de conflicto y compatibilidad. A partir de este análisis, se busca desarrollar propuestas que permitan garantizar el respeto pleno a los derechos humanos mientras se preserva la autonomía cultural de las comunidades indígenas.  

Es de destacar y recordar que, al respecto, la Constitución de Ecuador (1998), tras una extensa lucha y movilizaciones de comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, reconoció por primera vez, la administración de la justicia indígena. Este reconocimiento permitió a las comunidades, resolver conflictos internos según sus tradiciones, pero estaba sujeto a restricciones que requerían que estas resoluciones se ajustaran al marco legal del Estado, limitando así, su autonomía 

Tiempo después, la Constitución de 2008 amplió significativamente este reconocimiento, al establecer el pluralismo jurídico como principio fundamental. Esta norma jurídica detalla que las autoridades indígenas resolverán los conflictos internos basándose en tradiciones ancestrales y su cosmovisión sobre el derecho. Las resoluciones tomadas se sujetarán a ciertos parámetros como los que señalan que los procedimientos y sanciones no deben ser contrarias a la Constitución y no deben vulnerar los derechos humanos pactados en la normativa internacional.  

Asimismo, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (2007) manifiesta que, “los pueblos indígenas tomarán decisiones sobre controversias de su interés respetando los sistemas jurídicos indígenas y las normas internacionales de derechos humanos” (p. 8).  En concordancia, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, Pueblos Indígenas y Tribales alude que, los pueblos indígenas considerarán el derecho consuetudinario para solucionar conflictos, pero este derecho no debe ser incompatible con el sistema jurídico nacional, ni con los derechos humanos (Organización Internacional del Trabajo [OIT], 2014). Esto, debido a la instauración de tensión en la ciudadanía, respecto a pensar que estas prácticas ancestrales son vulneradoras de los derechos humanos reconocidos en la Constitución (2008) y los instrumentos internacionales de los que Ecuador es país signatario.

Metodología

En este artículo científico se emplea un enfoque metodológico cualitativo, centrado en analizar documentos para explorar la compatibilidad de las sanciones aplicadas con los derechos humanos. El enfoque cualitativo permite analizar el contexto cultural y legal del sistema de justicia indígena, ofreciendo una comprensión detallada de las prácticas y normas en cuestión. Y se aplican métodos científicos como el analítico-sintético, útil para descomponer y examinar exhaustivamente, los documentos bibliográficos y legales, permitiendo una evaluación crítica de cómo la administración de justicia indígena en Ecuador, vulnera los derechos humanos internacionales.

Asimismo, la aplicación del método exegético que facilita la interpretación contextualizada de las sanciones y normas, considerando tanto las tradiciones culturales de las comunidades indígenas como los estándares globales de derechos humanos. Al analizar la documentación existente, se identificaron patrones y se obtuvieron conclusiones sobre el funcionamiento del sistema judicial indígena y su impacto en los derechos humanos, lo cual ajusta con el método inductivo.

Naturaleza jurídica de la justicia indígena en Ecuador: Acepciones, estructura organizativa, principios rectores y base procedimental

La justicia indígena constituye una dimensión de suma importancia en el sistema de administración de justicia de un Estado, ya que reconoce la coexistencia de diversas formas de impartir justicia. En Ecuador, el reconocimiento del sistema de justicia indígena cobra mayor relevancia tras la promulgación de la Constitución de la República del Ecuador (2008), donde se consagra la administración de justicia indígena paralelamente a la ordinaria, como un derecho de los pueblos, nacionalidades y comunidades indígenas existentes en el país, como reflejo del pluralismo jurídico. En su artículo 171 establece que “Las autoridades de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas ejercerán funciones jurisdiccionales, con base en sus tradiciones ancestrales y su derecho propio, dentro de su ámbito territorial, con garantía de participación y decisión de las mujeres” (p. 59).

Este sistema busca resolver conflictos internos, respetando la cosmovisión y los valores culturales de cada uno de los pueblos. Cabe destacar que la jurisprudencia de la Corte Constitucional ecuatoriana también ha validado su coexistencia con el sistema de justicia ordinario. Este reconocimiento fortalece la autonomía y autodeterminación de los pueblos indígenas, promoviendo una sociedad intercultural y plurinacional como se establece en la Constitución.

En este orden de ideas, Wray (2002) menciona que “la justicia indígena es el sistema normativo y de procedimientos desarrollados a lo largo de la historia por las comunidades indígenas para la resolución de conflictos, basándose en sus propias costumbres, tradiciones y visión del mundo” (p. 50). Cabe destacar que este conjunto de normas y procedimientos es dinámico y adaptativo, evolucionando constantemente para abordar los desafíos contemporáneos de las comunidades indígenas. No obstante, aunque este sistema preserva prácticas ancestrales e incorpora elementos modernos y contextuales, resulta preocupante que algunas de estas prácticas puedan contravenir los principios fundamentales que rigen el respeto a los derechos humanos, poniendo en entredicho la equidad y justicia universal.

Continuando con esta línea argumentativa, es importante destacar que la organización de la justicia indígena se compone de autoridades tradicionales como los shamanes, caciques y asambleas comunitarias. Así, en el rol principal de las autoridades indígenas recae la función de mediar y resolver conflictos según las normas consuetudinarias. La Constitución de la República ecuatoriana (2008) reconoce también, estas estructuras, permitiendo su funcionamiento paralelo al sistema judicial estatal. Esta organización refleja la diversidad cultural y la gobernanza autónoma de las comunidades indígenas.

La administración de justicia indígena, basada en el derecho consuetudinario, es una manifestación esencial de la autonomía y la identidad de los pueblos y nacionalidades indígenas. Este sistema de justicia no solo responde a un marco normativo propio, sino que también se fundamenta en principios ancestrales como el “ama killa, ama llulla, ama shua” (Jiménez et al., 2021, p. 176), lo que en español se traduce como: no ser ocioso, no mentir y no robar. Estos principios, junto con valores como la solidaridad, la reciprocidad y la colectividad, buscan mantener el equilibrio y la paz social dentro de las comunidades. A diferencia de los sistemas jurídicos occidentales, la justicia indígena se caracteriza por su enfoque restaurativo, priorizando la reparación del daño y la reintegración del infractor en la comunidad.

Finalmente, la Constitución ecuatoriana (2008) y el Convenio 169 de la OIT (2014), respaldan la autonomía procesal de las comunidades indígenas. En este contexto, la base procedimental de la justicia indígena se fundamenta en la oralidad y en la participación directa de la comunidad (audiencias públicas). Además, los procedimientos son flexibles y se adaptan a las particularidades de cada pueblo y al tipo de infracción cometida. Según Llásag (2012) existen cinco pasos para la aplicación de la justicia indígena: “willachina o comunicación o ruego; tapuykuna o investigación; nawichina o chimbapurana o contraste de la información; paktachina o resolución; chikiyashka o ejecución de la resolución” (p. 338).

Sin embargo, aunque estos procedimientos reflejan la riqueza cultural y la autonomía de las comunidades indígenas, es esencial asegurar que cada etapa respete y garantice los derechos fundamentales de los individuos involucrados. La flexibilidad y adaptabilidad de la justicia indígena no deben comprometer principios esenciales como el debido proceso, el derecho a una defensa justa, y la protección contra castigos crueles o inhumanos. En este sentido, promover un equilibrio entre el respeto a las prácticas tradicionales y la garantía de los derechos humanos es crucial para la legitimidad y eficacia de la justicia indígena en el marco del sistema jurídico ecuatoriano.

Estudio del marco doctrinal de Derechos Humanos en relación con la justicia indígena 

Es necesario comprender el concepto de Derechos Humanos. En este contexto, los derechos humanos son principios inherentes a los seres humanos que garantizan una vida digna. Estos derechos abarcan el ámbito civil, político, económico, social, cultural y colectivo. Los derechos humanos son universales, puesto que son aplicables a todos sin distinción por características como etnia, religión o identidad de género. Es así como lo manifiesta la Unión Interparlamentaria (2016): 

Los derechos humanos son universales porque se basan en la dignidad de todo ser humano, con independencia de raza, color, sexo, origen étnico o social, religión, idioma, nacionalidad, edad, orientación sexual, discapacidad o cualquier otra característica distintiva. Como todos los Estados y pueblos aceptan, se aplican de forma igual e indiscriminada a todas las personas y son los mismos para todas las personas en todos los lugares. (p. 22)

Se destaca la universalidad de los Derechos Humanos, puesto que estos son aplicables a todos los seres humanos sin discriminación. Este enfoque plantea un desafío cuando se considera al sistema de justicia indígena, dado que, las sanciones impuestas, aunque sean culturalmente justas, pueden entrar en conflicto con los estándares internacionales de derechos humanos. Este conflicto se evidencia a través de la opinión de Encalada (2011) cuando expresa: “los miembros de las comunidades reconocen que la justicia indígena tiene algunos errores, sin embargo, ellos consideran que es mucho mejor, que la justicia ordinaria” (p. 10).  

En este sentido, aunque las comunidades indígenas consideran que su sistema de justicia es preferible al sistema ordinario, también reconocen que presenta deficiencias que pueden resultar en la vulneración de derechos humanos. Este reconocimiento subraya la urgencia de adaptar el sistema de justicia indígena para que se alinee con los estándares internacionales de derechos humanos (Gaibor, 2024).

Por esta razón, el reto del presente artículo científico radica en cómo reconciliar la necesidad de respetar y preservar la autonomía cultural de las comunidades indígenas con la obligación de garantizar que las sanciones no contravengan los principios universales de derechos humanos. La universalidad de estos derechos exige que cualquier sanción, incluso dentro de un sistema de justicia culturalmente específico, debe evaluarse y adaptarse para que no se vulnere la dignidad ni los derechos fundamentales de los involucrados. En esta misma línea, la Declaración Universal de los Derechos Humanos Organización de las Naciones Unidas (1948), subraya que:

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos, y destaca la prohibición de la tortura y los tratos inhumanos o degradantes. Estos derechos son esenciales tanto para el desarrollo integral de la persona como para el mantenimiento del equilibrio y la organización social. (p. 10)

En el contexto ecuatoriano, la justicia indígena, reconocida por la Constitución (2008), puede entrar en conflicto con estos Derechos Humanos. Aunque las autoridades indígenas, al igual que los jueces del sistema ordinario, están obligadas a garantizar la protección de los derechos humanos, en la práctica no siempre se cumple con este mandato. En algunos casos, las prácticas y sanciones aplicadas por ciertas comunidades indígenas pueden violar tanto los derechos humanos fundamentales como las normas internacionales, especialmente cuando no se respeta el debido proceso. Esto pone en evidencia la tensión entre el respeto por las tradiciones culturales y la necesidad de asegurar la protección de los derechos universales. 

Finalmente, es importante considerar los Derechos Humanos involucrados en el sistema de justicia indígena. Entre estos derechos se incluyen el derecho a la vida, que asegura que ningún individuo sea privado arbitrariamente de su vida; el derecho a la libertad y seguridad personal, que protege contra la detención arbitraria y la tortura; y el derecho a estar libre de tratos crueles, inhumanos o degradantes, garantizando que las sanciones no infrinjan la dignidad humana. También es fundamental el derecho a un juicio justo, que incluye la presunción de inocencia y el acceso a una defensa adecuada. La igualdad ante la ley debe asegurar que todos reciban el mismo trato y protección legal, mientras que el derecho a la privacidad resguarda contra intromisiones arbitrarias. Además, el derecho a participar en la vida cultural debe ser respetado sin comprometer otros derechos. Estos derechos deben ser cuidadosamente protegidos y promovidos dentro del sistema de justicia indígena para garantizar el cumplimiento de los estándares internacionales de derechos humanos. 

Análisis del impacto de las sanciones impuestas por el sistema de justicia indígena en los Derechos Humanos 

Es necesario conocer que la pena puede definirse como una medida sancionatoria impuesta por una autoridad competente en respuesta a una conducta considerada como infracción o delito dentro de un marco legal o normativo. Su objetivo es reprimir comportamientos que ponen en riesgo la convivencia social, garantizando así un orden social y la protección de los derechos individuales y colectivos. En este sentido, la pena se justifica no desde una perspectiva filosófica o religiosa, sino como una necesidad práctica e inevitable, además de aflictiva y de escarmiento, para la coexistencia en una sociedad organizada.

Ahora bien, para comprender los fines de una pena es necesario recurrir a las teorías que se han planteado alrededor de ella. La teoría absoluta de la pena se enfoca en el concepto de retribución, es decir, la pena se justifica como una respuesta al delito ya cometido, sin considerar su efecto social o posibles beneficios futuros. Según esta perspectiva, la pena es una forma de retribuir o expiar la culpabilidad del autor del delito, siendo un fin en sí misma. No busca prevenir futuros delitos ni generar beneficios para la sociedad, sino que se basa en la idea de que el delito merece ser castigado de manera proporcional, restaurando así el orden jurídico alterado por la infracción.  

La teoría relativa de la pena se centra en prevenir delitos futuros, justificando su aplicación en función de los beneficios que puede generar para la sociedad o el individuo. A diferencia de las teorías absolutas, que ven la pena como una retribución por el delito cometido, las teorías relativas se preocupan por los fines externos a la pena misma. Estas teorías se dividen en dos grandes categorías: prevención general y prevención especial. 

La prevención general se dirige a la sociedad en su conjunto. Su objetivo es disuadir a todos los posibles infractores mediante la amenaza del castigo, creando un efecto disuasorio que reduce la probabilidad de que otros cometan delitos similares. Este enfoque se basa en la idea de que el conocimiento de las consecuencias legales actúa como un freno contra la conducta delictiva. Por otro lado, la prevención especial se enfoca en el individuo que ha cometido el delito. Su meta es evitar la reincidencia, ya sea a través de medidas represivas que impidan al infractor volver a delinquir (prevención negativa) o mediante programas de rehabilitación que busquen reformar al delincuente y facilitar su reintegración en la sociedad (prevención positiva). Según López et al. (2023):

La pena es la consecuencia lógica del delito, y consiste en la privación o restricción de ciertos derechos del transgresor, que debe estar previamente establecido en la ley, y que se impone mediante un proceso legalmente establecido como respuesta estatal, por la responsabilidad penal por dicho delito. (p. 551)

Tras estos enfoques puede contrastarse que, en Ecuador, la justicia indígena tiende a utilizar un enfoque que combina aspectos tanto de la teoría absoluta como de la teoría relativa de la pena, aunque se inclina más hacia una forma comunitaria de prevención especial y restauración, sobre lo que Regalado (2012) manifiesta: 

El propósito general de la pena en los pueblos indígenas y sus sistemas de justicia propios es restaurar las cosas a su estado anterior a la agresión o el delito, si algo se ha dañado o afectado el transgresor debe reparar ese daño causado y restablecer la convivencia y la armonía en la comunidad. (p.102)

Cabe destacar que la jurisdicción indígena también se basa en un enfoque restaurativo que prioriza la reparación del daño y la restauración de la armonía comunitaria, en lugar de la retribución o la prevención de delitos futuros. Es esencial que estas sanciones respeten los derechos humanos internacionales, garantizando que no se vulneren derechos fundamentales y evitando abusos.  

La naturaleza de una pena en la justicia indígena se compone por tres elementos básicos: la reparación del daño, que busca compensar o restaurar el estado anterior a la infracción; la aplicación de una pena o castigo, que puede ser física, económica o de otro tipo como forma de retribución; y la amenaza de una pena mayor, que sirve para disuadir futuros delitos al advertir sobre la posibilidad de sanciones más severas si el infractor reincide o no cumple con las condiciones establecidas. Hay que tener en cuenta que, la práctica de este sistema de justicia no siempre respeta los derechos humanos, ya que en ocasiones se vulneran derechos fundamentales de los individuos, lo que puede llevar a abusos y conflictos con los estándares de derechos reconocidos en normativa interna y externa.  

Las sanciones aplicadas en la justicia indígena pueden ser materiales o simbólicas. Las sanciones incluyen multas, devolución de objetos robados o el pago de indemnizaciones. Asimismo, estas sanciones implican castigos físicos severos como el uso de látigos o el baño de agua fría, lo que vulnera el derecho a la no tortura y a tratos crueles. La exposición pública también representa una vulneración del derecho a la privacidad y pueden tener un impacto humillante y degradante para el acusado. En algunos casos, las sanciones pueden poner en riesgo la vida del acusado, donde se estaría vulnerando el derecho a la vida. También cabe hablar de la falta de oportunidades para la defensa, técnica y material, cuestión que infringe la garantía del debido proceso, quedando en indefensión, lo cual debe ser motivo de nulidad procesal.

Estas sanciones, a menudo se fundamentan en el principio de interpretación cultural. Este concepto implica que las prácticas y sanciones se aplican según los valores y normas propias de la comunidad, respetando sus tradiciones y cosmovisiones. Desde esta perspectiva, las medidas punitivas, aunque puedan parecer severas desde una perspectiva externa, están alineadas con los valores y cosmovisiones tradicionales de la comunidad. Sin embargo, aunque la interpretación cultural puede justificar ciertas prácticas dentro de su marco tradicional, es fundamental que estas sanciones no vulneren derechos humanos reconocidos constitucionalmente.  

En este sentido, surge una interrogante: ¿Es la aplicación de sanciones en la justicia indígena una vulneración de derechos o simplemente una interpretación cultural? La respuesta radica en la necesidad de equilibrar el respeto por las tradiciones indígenas con el cumplimiento de los derechos humanos universales. Aunque la justicia indígena se basa en principios culturales y busca restaurar el equilibrio social según sus normas, estas prácticas no deben vulnerar los derechos fundamentales reconocidos constitucionalmente.

Impacto psicológico de las víctimas e infractores dentro del sistema de justicia indígena

Para abordar este acápite es importante conocer ciertos conceptos básicos como la salud mental y el impacto psicológico tanto en víctimas como infractores. En este contexto, la salud mental se refiere al bienestar emocional, psicológico y social de una persona. Este aspecto influye en la forma en la que una persona piensa, siente y actúa, afectando cómo maneja el estrés, se relaciona con los demás y toma decisiones. En un enfoque holístico, la salud mental no se limita a la ausencia de trastornos, sino que se comprende en relación con el contexto social, cultural e histórico en el que vive la persona. Una buena salud mental implica vivir en un entorno donde se pueda confiar en los demás, vivir sin miedo y mantener relaciones interpersonales saludables, lo que contribuye al bienestar general de la sociedad. La salud mental refleja no solo el estado interno del individuo, sino también la calidad de las interacciones humanas y la capacidad de una sociedad para promover un entorno que favorezca el bienestar emocional y psicológico de sus miembros.

Ahora bien, en el contexto de la justicia indígena, el bienestar emocional y psicológico de las víctimas y de los infractores puede verse gravemente afectado. En cuanto a los infractores se tiene que, las sanciones impuestas, como castigos físicos, exposición pública o tratos humillantes, pueden inducir estrés, miedo y vergüenza, generando traumas y afectando su autoestima. Esto puede desembocar en problemas de salud mental como ansiedad y depresión. Además, la falta de un debido proceso y la imposibilidad de defenderse o expresarse adecuadamente exacerban sentimientos de impotencia e injusticia, intensificando el impacto negativo en su bienestar emocional y psicológico.

Respecto al impacto psicológico en las víctimas, la exposición pública de los castigos puede intensificar el estigma y la vulnerabilidad, haciendo que se sientan estigmatizadas y expuestas frente a la comunidad. Además, si las sanciones no abordan adecuadamente sus necesidades emocionales y psicológicas, las víctimas pueden enfrentar dificultades para encontrar cierre y recuperarse del trauma. Esta falta de resolución puede prolongar el daño emocional y afectar negativamente su bienestar a largo plazo.

El impacto psicológico que se produce en las víctimas e infractores por las sanciones impuestas influye significativamente en el funcionamiento de la justicia indígena. Puesto que, cuando los traumas y problemas de salud mental no se abordan, pueden debilitar el sistema de justicia indígena, creando ciclos de conflicto y desconfianza dentro de la comunidad. Los traumas no resueltos pueden afectar la cohesión social y disminuir la confianza en las prácticas tradicionales de resolución de conflictos, poniendo en peligro la efectividad y legitimidad del sistema. Además, si no se atienden adecuadamente los impactos emocionales y psicológicos, las sanciones tradicionales pueden no cumplir su propósito de restaurar el equilibrio y la armonía en la comunidad.

Compatibilidad entre las sanciones aplicadas en la justicia indígena en Ecuador y el respeto a los Derechos Humanos. Posibles soluciones

En esta sección, se analiza de forma crítica cómo las sanciones aplicadas en la justicia indígena en Ecuador pueden estar en conflicto con los derechos humanos. Este enfoque es esencial para alcanzar el objetivo general de la investigación y resolver el problema científico planteado.

La justicia indígena, reconocida como parte integral del pluralismo jurídico en Ecuador desde la Constitución (2008), juega un papel crucial en la identidad y cohesión de las comunidades indígenas. No obstante, la universalidad de los derechos humanos plantea un desafío inevitable: ¿cómo puede la justicia indígena preservar su identidad cultural y al mismo tiempo alinearse con los principios internacionales de derechos humanos? Este dilema subyace en la tensión entre el respeto por las tradiciones consuetudinarias y la obligación de proteger los derechos fundamentales.

Las sanciones impuestas en la administración de justicia indígena, aunque culturalmente significativas, pueden, en algunos casos, ir en contra de los derechos fundamentales. La confusión entre la justicia indígena y los linchamientos, como práctica dentro de sus costumbres, que también pueden ser considerados sanciones, plantea serias preocupaciones, dado que las sanciones aplicadas por comunidades pueden, en ocasiones, exceder su autoridad legal y derivar en violaciones graves de derechos humanos, como el derecho a la vida y la dignidad. Esta ambigüedad genera un ambiente de inseguridad jurídica, donde las actuaciones de las comunidades pueden ser percibidas como actos de justicia popular, lo que debilita la legitimidad del sistema legal en su conjunto.

Para abordar estos desafíos, es fundamental desarrollar una serie de propuestas que aseguren que las sanciones aplicadas en la justicia indígena respeten los derechos humanos, sin comprometer la identidad cultural y las tradiciones comunitarias. Estas propuestas incluyen:

Capacitación en Derechos Humanos para las autoridades indígenas. - La capacitación en derechos humanos es una medida crucial para las autoridades indígenas. Al proporcionarles un conocimiento profundo de los estándares internacionales y de cómo pueden aplicarse dentro del contexto cultural y comunitario, se facilita una administración de justicia que respete tanto los derechos individuales como las tradiciones comunitarias. Esto no solo fortalece la justicia indígena, sino que también la legitima ante la comunidad internacional, promoviendo un sistema que es culturalmente respetuoso y a la vez protector de los derechos fundamentales. Para cumplir esta propuesta, es fundamental diseñar programas de formación que no solo incluyan los estándares internacionales de derechos humanos, sino que también se adapten a las realidades y contextos específicos de las comunidades indígenas. Los cursos deben ser impartidos por expertos en derechos humanos que comprendan la importancia de integrar estos principios de manera culturalmente respetuosa.

Además, es determinante que la capacitación no sea un evento aislado, sino que se ofrezcan actualizaciones y formación continua para abordar nuevos desafíos y asegurar que los conocimientos se mantengan actualizados. Involucrar a líderes comunitarios en el desarrollo de estos programas también ayuda a asegurar que la capacitación sea pertinente y respetuosa, fortaleciendo la legitimidad del sistema de justicia indígena tanto dentro de la comunidad como ante la comunidad internacional.

Implementación de mecanismos de supervisión. - Con esta propuesta se pretende garantizar que las decisiones tomadas en la justicia indígena estén alineadas con los derechos humanos. Estos mecanismos deben diseñarse para respetar la autonomía de las comunidades, asegurando que las prácticas no contradigan los estándares internacionales. Es importante establecer sistemas de supervisión que no sean percibidos como una imposición externa, sino como una herramienta para fortalecer el sistema de justicia indígena. Esta práctica podría desarrollarse mediante la formación de comités de supervisión compuestos por miembros de la comunidad, quienes actuarían como garantes de que las sanciones y procedimientos cumplan con los estándares internacionales sin menoscabar las prácticas culturales. Además, estos mecanismos deben ser preventivos y educativos, enfocados en la orientación y el apoyo en lugar de la imposición de sanciones.

Promoción del diálogo intercultural. - El diálogo entre las autoridades indígenas, el Estado y las organizaciones de derechos humanos es esencial para resolver las tensiones entre la autonomía cultural y los estándares internacionales. Este diálogo deben realizarlo mediadores que tengan un profundo entendimiento de las tradiciones indígenas y de los derechos humanos. Asimismo, se deben organizar reuniones regulares y transparentes lo que permite la discusión de los desafíos y la búsqueda de soluciones colaborativas que respeten ambas perspectivas. Es fundamental que este proceso de diálogo no solo se enfoque en la resolución de conflictos, sino también en la construcción de un entendimiento mutuo y en la creación de compromisos claros que promuevan una convivencia armónica.

Implementación de sanciones que no vulneren los Derechos Humanos. - En la justicia indígena, las sanciones deben ser diseñadas para respetar tanto las tradiciones culturales de las comunidades como los principios universales de derechos humanos. La reparación comunitaria puede ser una opción efectiva, donde el infractor realiza trabajo que beneficia a la comunidad, como la limpieza de espacios públicos o la participación en proyectos locales. Se pueden utilizar procesos de mediación y reconciliación para resolver conflictos de manera constructiva. Estas prácticas permiten a las partes involucradas en el conflicto llegar a un acuerdo que satisfaga a ambas partes, promoviendo la armonía y restaurando las relaciones sociales. De igual forma, la reparación restitutiva implica que el infractor compense a la víctima de manera justa y proporcional al daño causado, asegurando que la compensación no sea desproporcionada ni onerosa. En casos donde las sanciones puedan causar impacto psicológico, es fundamental proporcionar apoyo psicológico para abordar problemas subyacentes sin agravar el estrés. Asimismo, la participación en rituales de purificación o restauración puede ayudar a reintegrar al infractor en la comunidad de manera simbólica, siempre que estos rituales no causen daño físico o emocional y respeten los derechos del infractor.

Finalmente, otro aspecto crucial que debe ser considerado es el impacto psicológico de las sanciones impuestas en la justicia indígena. Es fundamental que se preste atención a cómo estas sanciones afectan la salud mental de los individuos, ya que prácticas que generan traumas o exacerban el estrés pueden socavar la cohesión comunitaria y la eficacia del sistema de justicia. Abordar el bienestar emocional y psicológico es esencial para asegurar que las sanciones no solo sean justas, sino también humanamente sostenibles.

En este sentido, el equilibrio entre la justicia indígena y el respeto a los derechos humanos requiere una revisión profunda de las prácticas y sanciones aplicadas en las comunidades indígenas. Es fundamental asegurar que estas prácticas no vulneren los derechos humanos fundamentales, lo que implica un análisis detallado de las sanciones tradicionales, evaluando su impacto en la dignidad y el bienestar de las personas involucradas, tanto de las víctimas como de los infractores. La protección de estos derechos es esencial para evitar la perpetuación de prácticas que puedan ser perjudiciales, asegurando que la justicia indígena se alinee con los estándares internacionales sin perder su esencia cultural.

El análisis de las sanciones aplicadas en la justicia indígena en Ecuador, se desarrolla a partir de un estudio detallado de su contexto, principios y procedimientos, observando que las comunidades indígenas, siempre han mantenido una estructura organizativa basada en tradiciones y valores colectivos, donde los principios de equidad, respeto y mecanismos de reparación son fundamentales para preservar la cohesión social. Estas prácticas han permitido que el sistema de justicia indígena se mantenga vigente y funcional dentro de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas en Ecuador, lo cual está respaldado por la Constitución de la República (2008); pero, no obstante, sus prácticas son muy cuestionadas desde la óptica de los Derechos Humanos.

Tras el análisis comparativo entre el sistema de Derechos Humanos y las prácticas consuetudinarias de la justicia indígena, se evidencia que, aunque existen tensiones entre ciertos derechos universales y las costumbres indígenas, es posible encontrar puntos de convergencia. Se encuentran áreas en las que el sistema de justicia ordinaria y el sistema de justicia indígena, ambos vigentes en Ecuador, pueden alinearse, respetando las tradiciones culturales sin comprometer los Derechos Humanos. Es necesario fomentar espacios de diálogo continuo entre autoridades indígenas y organismos internacionales para compartir experiencias y buenas prácticas, lo que contribuirá a garantizar que las decisiones en materia de justicia indígena respeten tanto el contexto cultural como los derechos fundamentales.

Ejemplo de las prácticas llevadas a cabo, a modo de castigo o sanción, en la administración de justicia indígena, están los baños helados en horas de la noche o madrugada, los fustigamientos con ortiga, planta espinosa que lacera el cuerpo por cada lugar en que impacta, la presentación en ropa interior en plaza públicas frente a todos los miembros de la comunidad, por ejemplo. Actos que vulneran el derecho a la vida, a la integridad física, y a la dignidad humana, más allá de cualquier castigo o sanción y de su fin, sea este preventivo o retributivo meramente. Pudiendo implantarse en su lugar algunas de las manifestaciones de la justicia restaurativa con naturaleza conciliadora como la presente en los miembros de estas comunidades y el respeto, sobre todo, a la dignidad humana, se sugiere entonces, promover el uso de métodos restaurativos, como la mediación y resolución de conflictos, que ya forman parte de las costumbres indígenas, pero que podrían fortalecerse para asegurar una mayor protección de los Derechos Humanos.

Conclusiones

El impacto psicológico de las sanciones sobre las víctimas y los infractores fue examinado. Los resultados mostraron que, aunque en algunos casos las sanciones fomentan la reconciliación y reintegración social, en otros, se generan traumas emocionales y estrés extra, especialmente, cuando se emplean castigos más duros. Para mitigar estos efectos, se recomienda que las comunidades presten mayor atención a los aspectos emocionales, facilitando el acceso a apoyo psicológico a través de miembros capacitados dentro de la propia comunidad, siempre en concordancia con sus tradiciones.

En definitiva, las sanciones aplicadas a través de la justicia indígena en Ecuador, pueden ser adaptadas para garantizar el respeto a los Derechos Humanos sin alterar profundamente, las tradiciones culturales. Se recomienda que las comunidades desarrollen mecanismos internos de autorregulación y evaluación continua, para identificar y corregir prácticas que puedan vulnerar los derechos humanos. Estos esfuerzos deben basarse en el respeto mutuo y la colaboración entre diversos actores sociales, fomentando una comprensión intercultural que permita soluciones adaptadas a cada comunidad, sin poner en riesgo la identidad cultural ni la dignidad de las personas que forman parte del sistema.

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