El
principio de equidad
en la tributación de personas
jurídicas extranjeras (Revisión).
The principle of
fairness in the taxation of foreign legal entities (Review).
Miguel
Ángel Zambrano Vargas. Licenciatura en Derecho. Facultad de Jurisprudencia,
Universidad Indoamérica. Ambato. Ecuador.
[ mzambrano52@indoamerica.edu.ec ] [ https://orcid.org/0009-0006-0389-462X ]
Erika
Cristina García Erazo. Licenciada en Derecho. Facultad de Jurisprudencia. Universidad
Indoamérica. Ambato. Ecuador.
[ egarcia17@indoamerica.edu.ec ] [ https://orcid.org/0000-0002-8546-3594 ]
La
presente investigación se enfoca en analizar el modelo de tributación de las personas
jurídicas extranjeras en Ecuador y, con ello, alcanzar la equidad con las personas jurídicas
nacionales. Este camino parte de la normativa vigente en el país y se
compara con los tratados y convenios internacionales relativos al tratamiento que
recibe este grupo productivo, con el fin de reconocer su efecto en la economía
y la inversión que puede atraerse. Además, se aborda el tema del sistema tributario y la equidad en la sociedad como conjunto
de normas establecidas para una eficiente recaudación y, sobre todo, la redistribución de la
riqueza con el fin de alcanzar el bien común. Finalmente, desde un
enfoque cualitativo, el artículo abarca los principios necesarios para una
equidad tanto nacional, como extranjera. Esto se logra estudiando la normativa
vigente en Ecuador y, a la vez, analizando aquella efectividad de los incentivos que puedan
atraer al comercio internacional,
sin dejar de lado, los principios que constituyen los cimientos del sistema
tributario ecuatoriano, con el fin de recomendar las reformas necesarias para que
se encuentre el equilibrio preciso.
Palabras
clave: tributación; persona jurídica extranjera; equidad; inversión extranjera.
Abstract
This research is focused on analyzing the
taxation model of foreign legal entities in Ecuador and thus, achieve equity
with national legal entities. This path starts from the current regulations in
the country and is compared with international treaties and conventions related
to the treatment received by this productive group in order to recognize its
effect on the economy and the investment that can be attracted. In addition,
the topic of the tax system and equity in society and as a set of rules
established for an efficient collection and, above all, redistribution of
wealth in order to achieve the common good is addressed. Finally, from a
qualitative approach, the article covers the principles necessary for both domestic
and foreign equity. This is achieved by studying Ecuador's current regulations,
and at the same time, analyzing the effectiveness of the incentives that can
attract international trade without leaving aside the principles that
constitute the foundations of the Ecuadorian tax system, in order to recommend
the necessary reforms to find the necessary balance.
Keywords: equity; foreign investment; foreign legal entity; taxation.
La
equidad se orienta a dar a cada uno lo que le corresponde sin que exista una afectación entre las personas; sin
embargo, serán las condiciones que estas tengan, las que definan una equivalencia entre ellas.
De acuerdo con González (2000), la equidad se define como:
Una
ideología que posee la justicia y el equilibrio en ciertas acciones
o decisiones que se vayan a tomar, proporcionando dar a cada parte algo igual y ecuánime en una situación; además, con este principio se trata de no afectar la diferencia entre las personas, sino se busca dar un trato justo
y razonable hacia estas, para lo que se deberá
analizar minuciosamente cada situación y así se constituirá la equidad
como un elemento de los sistemas jurídicos y, entre ellos, los tributarios.
(González, 2000, p.15)
La equidad emerge a lo largo de la historia de la humanidad y ha venido haciendo
alusión en varios
contextos y disciplinas. La equidad aparece como institución en la antigua
Grecia y Roma, donde los conocidos filósofos
Cicerón y Aristóteles se centraron en el tema de la justicia
y
en buscar qué tan factible es dar a cada quien lo que se corresponde de acuerdo
con su situación para que los dividendos no tengan alguna afectación.
En
palabras de Orrala (2017):
El
principio de equidad se lo venía conceptualizando como flexible en materia tributaria, adaptable en ciertas condiciones
que se presentan en algún conflicto,
además que, dicho principio tiende a formar una relación directa con las personas que generan mayores ingresos y
que, a su vez, poseen una gran riqueza de capital.
Por otra parte, las personas que generan ingresos bajos o sus riquezas no son excesivas deberán cancelar impuestos con
una porción menor, dando lugar a la llamada capacidad
contributiva. (p.61)
Se puede
encontrar que existe
la igualdad formal e igualdad
material; en el primer caso, se refiere
a las leyes sobre la igualdad de trato y la no discriminación en la sociedad, mientras que, en cuanto a la igualdad material,
se asocia a la búsqueda de mecanismos en los que puedan utilizarse los medios públicos
de ejercicio de los derechos.
El
sistema tributario en general es un conjunto de normas que establece un país
para poder recaudar contribuciones y,
de esta manera, crear planes para la ciudadanía, donde cada tributo se genera
de distinta forma. En Ecuador, existen diferentes tipos de tributos que deben cancelar, tanto la persona
jurídica, como la persona natural. Existen varias contribuciones que tienen que cancelar como el impuesto a la
renta, impuesto al valor agregado, impuesto
de salida de divisas, impuesto
predial e impuesto patente, que
se convierten en obligaciones de cada una por el ejercicio de una actividad económica.
Los
tributos nacionales más importantes en lo referente a una persona jurídica son
dos impuestos: el impuesto a la renta,
que es un tributo que aplican las
personas jurídicas que obtienen
ingresos económicos superiores a USD 11,390.00, y el impuesto al valor agregado, que es el que nace por la
transferencia de bienes y servicios gravados conforme a la legislación.
En
el sistema tributario, la equidad es importante ya que se busca la igualdad
para garantizar la cancelación de
tributos, en el caso del Impuesto a la Renta (IR), por ejemplo, para que sean razonables y respondan a la capacidad
económica de los sujetos pasivos que,
en el caso de personas jurídicas, pese a que sean nacionales o extranjeras,
realizan sus actividades en Ecuador.
Un
fin primordial del Derecho es la búsqueda de la justicia y la equidad en la
sociedad, para alcanzar una armonía
social, no únicamente tratando a todos de una forma exacta, sino, asumiendo y aceptando que existen
diferencias en cada situación y que de ello depende la regulación que se dé, por ejemplo, en el caso de personas
jurídicas nacionales y extranjeras.
Al hablar
de la persona jurídica, se entiende que es un ente ficticio
que adquiere derechos y obligaciones. Esta persona
jurídica, además, tendrá que ser
representada judicial y extrajudicialmente;
también cuenta con ciertas obligaciones que tendrá que cumplir como el registro mercantil, declaraciones,
informes periódicos de su actividad, obtención del Ruc y otros deberes formales
que, en un principio, son iguales para todos.
Por
todo lo expresado, el trabajo busca conocer la factibilidad de la norma para
crear incentivos con el fin de que grandes
empresas extranjeras puedan ingresar al ámbito tributario para atraer la
inversión y la firma de tratados que
beneficien a ambas partes, siempre que se respeten los principios que rigen al sistema
tributario.
Desarrollo
En la Edad Media la equidad
tuvo otra figura
en la que se enlazaba
con un juzgador, en aquel tiempo cuando existía algún tipo
de conflicto, el encargado de resolver no era
imparcial, sino que resolvía según su conocimiento sin usar ninguna
normativa (Rodotá, 2004).
La
resolución que daba el juzgador en aquel tiempo no era justa para la parte
demandada ya que no tenía los
suficientes fundamentos para emitirla, esta forma de administrar justicia sin imparcialidad tuvo una duración extensa en
la materia del Derecho Civil, sobre todo en Europa
continental donde quien administraba justicia era un juzgador que resolvía las causas solamente con su conciencia, es decir, sin tener algún tipo
de conocimiento fundamentado sobre aquella causa suscitada y sin regirse algún tipo
de procedimiento.
En
la actualidad, la equidad fue adaptada al ámbito jurídico y se refiere a un principio
que indaga la justicia y busca una cierta corrección en la aplicación del
Derecho, tomando en cuenta los diferentes
motivos que existen en cada caso ya que, por lo general, no todos los casos se llevan de la misma forma y esto ha sido
un problema a lo largo de la historia.
La
equidad no podrá quedarse solamente como una técnica jurídica en proceso, sino que, además, está inmersa de forma continua, en todas las
relaciones de la sociedad y en los
sistemas de organización estatal como el tributario.
Sin duda, hay que recalcar que la equidad
es muy importante en el Derecho
en general, ya que es
una figura universal en todo ámbito, tanto para aquellos procesos que se llegan
a dar en la actualidad, como en la creación
de normas y entre estas, en el establecimiento de tributos que deben contar con su esencia en cada uno de sus elementos.
Además,
tiene ciertas características que se aplican en el ámbito
jurídico y que han sido señaladas por varios juristas, entre las que se mencionan
que son generalmente parte
del Derecho Tributario. Por ejemplo, son de derecho
positivo, esto quiere decir que se encuentran normadas en leyes,
reglamentos y en la misma constitución; de modo que está inmersa en tributos como el Impuesto a la Renta, el Impuesto a
la Salida de Divisas, Impuesto
Predial, y otros que se relacionan directamente con otros principios como el de
progresividad.
Por otro lado, en la crítica
jurídica, se ha mencionado que la equidad
es de tipo subjetiva, dado
que puede interferir en decisiones que no son de reparación compleja, tomando
una íntima relación con el concepto
de justicia y buscando alcanzar un equilibrio con los principios que adoptan los cuerpos normativos.
Finalmente, se puede hablar sobre la flexibilidad de la equidad en el ámbito
jurídico, como elemento que se aplica
cuando se enlazan en ciertas situaciones donde se señala la responsabilidad del legislador para emitir
criterios que sean concordantes con el Derecho
y la situación particular de las personas, como es el caso de las
personas jurídicas extranjeras.
La equidad
en el ámbito tributario ha existido
desde hace mucho tiempo y ha evolucionado favorablemente. Su aparición
exacta se ha puesto en un punto de controversia,
ya que muchos aseguran que apareció en la Edad Media, y otros aseguran que apareció
después de la Ilustración. En cuanto
a su historiografía, algunas de sus
características radican en los siguientes aspectos
que se abordan a continuación:
Aparece
en la antigüedad con civilizaciones como Mesopotamia, Egipto, Grecia y Roma, que desarrollaron sistemas de tributación
para financiar el funcionamiento del Estado, y
aunque no estaban basados en el concepto moderno de equidad, se puede
encontrar la idea de proporcionalidad en la recaudación de impuestos.
Más
adelante, en la Edad Media y Escolástica, los filósofos estudiaron e
investigaron a fondo el concepto de
justicia en la distribución de ciertos impuestos que tenían que cancelar, así Tomás de Aquino y Francisco
de Vitoria consideraron que los impuestos debían
ser proporcionales y justos, y no imponer una carga excesiva a los más pobres,
provocando una gran diferencia con respecto a los pagos de tributos
entre los más ricos y ciudadanos de clase económica baja.
En
el siglo XVIII y XIX, durante la Ilustración y la época de las revoluciones, ya
se estaba idealizando sobre tributos
justos, para las personas que generaban, como también tributos adecuados para las personas que no generaban lo suficiente.
Durante el siglo XX y en la Época Contemporánea posterior, se constató
que la economía de las personas no era uniforme y que
existía la desigualdad al momento de cancelar
impuestos, por lo que se puso de nuevo en debate la equidad como un principio constituido de todo el
sistema tributario adoptando la premisa de “quien más tiene, más paga”,
pero no toma en cuenta temas
como los incentivos
tributarios.
Es
importante tener en cuenta que la evolución de la equidad en el sistema
tributario ha sido influenciada por
varios factores, ya que se tuvo que analizar qué tan factible es que una persona pagara más, por sus actividades económicas.
El Código
Tributario, en el artículo 5, menciona los principios a los que tendrá
que regirse este régimen. Entre
ellos, el de generalidad, progresividad, eficiencia, confianza legítima,
simplicidad administrativa, irretroactividad, equidad, transparencia y suficiencia recaudatoria. (Congreso Nacional de la República de Ecuador, 2018)
Para
este trabajo investigativo, es el principio de equidad el que adquiere trascendencia, como una forma de establecer la
proporcionalidad para las personas en razón de su capacidad económica. Entonces,
si la equidad busca alcanzar
la justicia tomando
en cuenta la situación particular de las personas, se puede
afirmar que esta debe estar incluida no solo en la creación de tributos
sino en los incentivos que puedan generar mayor beneficio
a todo el Estado.
La
tributación que tienen las personas jurídicas es un tema muy importante, ya que
las personas que representan a dichas
empresas, ya sean extranjeras o no, cumplen un rol significativo en cualquier país puesto que se estaría manejando
la situación económica de este. Además, dichas personas poseen una existencia
legal al igual que las personas físicas, ya que las jurídicas
tendrán que cumplir con ciertas responsabilidades tributarias por las ganancias que han generado dentro del país.
La
importancia que tiene la tributación en las personas jurídicas es primordial; con
estos
tributos se busca un financiamiento del Estado, además de que ofrecen un gran aporte
en los servicios públicos y, con estos impuestos, también se financian construcciones de hospitales, parques,
escuelas, entre otros servicios que benefician a la sociedad. Es así como,
cada tributo cancelado
por las empresas es de mucha
importancia ya que no solamente
sirve para demostrar
cuánto se generó en aquel período de producción de la empresa, sino que, además, hace un gran aporte a la sociedad.
La
tributación que abonan estas personas es más extensa, dado que pagan una serie de impuestos, añadiendo que tendrán
que cumplir con ciertas obligaciones; algunos
impuestos que pagan estas personas jurídicas en general son los impuestos sobre la renta de sociedades, el impuesto al valor agregado y el impuesto sobre la nómina. Mientras que entre
las obligaciones que tienen las personas jurídicas está el registro de la entidad o empresa que se va a constituir,
la contabilidad de activos y pasivos de la empresa,
las declaraciones de sus gastos e ingresos, la cancelación de los tributos y
las obligaciones con los trabajadores, es decir, las remuneraciones que tendrán que percibir.
Las
empresas jurídicas tendrán que pagar impuestos por sus entidades o empresas
radicadas en Ecuador. En primer lugar, el principal
tributo es el impuesto a la renta, que es el que generan las personas jurídicas por las utilidades obtenidas en ingresos gravados,
conforme se establece en el artículo
1 de la Ley de Régimen Tributario y
que se calcula mediante declaraciones por parte del sujeto pasivo con base en los estados financieros
reportados a lo largo de un período fiscal (Ley Orgánica
de Régimen Tributario Interno, 2023).
La
recaudación del impuesto a la renta constituye el principal ingreso permanente para
el Estado y su financiamiento en la
prestación de servicios, ejecución de obras y, en general, en la satisfacción de las necesidades de la sociedad provienen, principalmente, de personas jurídicas representadas en
sociedades y compañías que son los
contribuyentes más grandes del país y, por tanto, son base del llamado sistema tributario.
Al
hablar de las personas jurídicas en Ecuador, es de señalar que estas cumplen un
rol fundamental en el desarrollo empresarial y, además, favorecen la apertura de plazas de trabajo. Estas entidades legales
son primordiales para la promoción del crecimiento económico
y la inversión económica nacional.
Sin
embargo, junto con las oportunidades que brindan las personas jurídicas, estas también tienen la
responsabilidad de cumplir con sus obligaciones tributarias. El sistema tributario que posee Ecuador
establece un marco legal para que se realice la recaudación de los tributos,
con el único fin de que se garantice la equidad de tipo fiscal y el financiamiento del Estado (Asamblea Constituyente de la República de
Ecuador, 2008).
El
impuesto sobre las sociedades es
aquel tributo que es aplicado a las ganancias
de las empresas, este impuesto se caracteriza por recaer sobre los beneficios empresariales; además, este impuesto
es importante en el sistema tributario ya que es una
fuente muy importante para el Estado. Por lo tanto, consiste en que las
empresas cancelan un 25%, lo cual se les otorga
como incentivo con una pequeña rebaja
si es que la empresa contrata a personas con alguna discapacidad o a personas de la tercera edad.
El
impuesto al valor agregado (IVA) es aquel que se otorga al momento de vender
algún producto o prestar el servicio a alguien por alguna obra;
este impuesto no va directamente hacia la empresa, sino que
va para el Estado. Para esto tendrá que declarar y cancelar en la entidad correspondiente, en este caso es el
SRI, es así que este impuesto está
considerado como indirecto ya que se aplica
al consumo, a un servicio o un bien y
la finalidad de este impuesto es poder
financiar el gasto público de una forma que sea equitativo para todos.
El
impuesto predial es aquel tributo que es aplicado directamente a la propiedad
de los bienes inmuebles. El objetivo
que tiene este impuesto es poder financiar las obras públicas para la sociedad; además, sirven para financiar
servicios; este impuesto se debe
cancelar cada año y es calculado por el lugar donde la empresa labora; debe ser cancelado en los municipios de cada ciudad,
a los que les asiste la responsabilidad de recibir dichos
tributos (Código Orgánico de Ordenamiento Territorial Autonomía y
Descentralización, 2015).
Las
personas jurídicas nacionales, es decir, las empresas y sociedades comerciales,
están sujetas al pago de diversos
tributos que contribuyen al financiamiento de los gastos públicos y al desarrollo económico del país.
Uno
de los tributos más importantes es el impuesto sobre las sociedades que se
aplica a los beneficios obtenidos por
las empresas y sociedades comerciales y cuya tarifa puede variar según las políticas fiscales y las
leyes tributarias establecidas en cada país. Es a través de este impuesto que las empresas contribuyen progresivamente
al bienestar de la sociedad y financian los servicios públicos, la
infraestructura y otras necesidades gubernamentales.
Otro
tributo relevante señalado anteriormente es el impuesto al valor agregado (IVA)
que se aplica a la transferencia de bienes y servicios que, conforme a la norma, es pagado
por
los consumidores finales. Sin embargo, las empresas actúan como recaudadoras y deben transferir al gobierno el monto del
IVA recaudado. El IVA es una fuente importante
de ingresos para el gobierno y se
utiliza para financiar los gastos públicos y servicios básicos
(Barreiro & Picazo, 2017).
Además,
las personas jurídicas nacionales también están sujetas al pago de impuestos sobre la renta. Estos impuestos gravan los
ingresos generados por la empresa y se calculan
en función de la ganancia neta obtenida, después de deducir los gastos y costos legítimos relacionados con la actividad
empresarial. Los impuestos sobre la renta son una forma de asegurar que las empresas
contribuyan de manera justa al sistema tributario y financien las necesidades del país.
Otro
tributo relevante es el impuesto a la propiedad o impuesto predial. Este
impuesto se aplica a la propiedad de
bienes inmuebles, como terrenos y edificios. Las personas jurídicas nacionales deben pagar este
impuesto a las autoridades locales o municipales. Los ingresos generados
por el impuesto predial se utilizan para financiar servicios públicos y mejoras
en las áreas donde se encuentran las propiedades.
Además
de estos tributos mencionados, las personas jurídicas nacionales pueden estar sujetas
a otros impuestos y obligaciones fiscales, como impuestos
a la nómina, contribuciones
a la seguridad social y tasas
municipales.
En el sistema ecuatoriano, la
relación entre los tributos nacionales y seccionales y las personas jurídicas
desempeña un papel de suma importancia. Ecuador, como muchos otros países,
depende en gran medida de los ingresos fiscales para financiar diferentes
servicios que sirven para la ciudadanía. En este contexto, las personas
jurídicas, que comprenden empresas ya sean extranjeras o nacionales de
cualquier comercio, se convierten en los principales actores cruciales tanto en
el sostenimiento del Estado como en la contribución al crecimiento económico
del país.
Los tributos nacionales, como
el impuesto a la renta y el impuesto al valor agregado (IVA), imponen
obligaciones fiscales a las personas jurídicas en Ecuador. Estos tributos
nacionales se aplican en todo el país y contribuyen significativamente a los
ingresos del gobierno central. Las personas jurídicas deben cumplir con estas
obligaciones fiscales de acuerdo con las leyes y regulaciones vigentes.
Por otro lado, los tributos
seccionales, que incluyen impuestos municipales y provinciales, tienen un
alcance más localizado. Estos impuestos son recaudados por gobiernos locales,
como municipalidades y gobiernos provinciales, y se utilizan para financiar
servicios y proyectos en esas áreas específicas. Las personas jurídicas que
operan a nivel local también están sujetas a estos tributos y deben cumplir con
sus obligaciones fiscales a nivel seccional.
La relación entre los tributos
nacionales y seccionales y las personas jurídicas plantea desafíos y
oportunidades. Por un lado, las empresas deben gestionar sus obligaciones
tributarias de manera efectiva para cumplir con la ley y evitar sanciones. Esto
puede requerir una planificación fiscal cuidadosa y el uso de incentivos
fiscales disponibles.
Por otro lado, las
contribuciones fiscales de las personas jurídicas son fundamentales para el
funcionamiento del gobierno y la prestación de servicios públicos esenciales a
nivel nacional y local. Los tributos nacionales y seccionales financian
programas que equipan para un buen vivir, es así que los valores de los
tributos van destinados hacia el bien del ciudadano.
En
el actual escenario globalizado, la presencia de personas jurídicas extranjeras
en diferentes países se ha vuelto
cada vez más común. Estas entidades, provenientes de otros países, establecen operaciones comerciales y realizan inversiones en búsqueda de oportunidades de crecimiento y
expansión. Sin embargo, al llevar a cabo sus actividades empresariales en un país extranjero, también se les exige
cumplir con las obligaciones tributarias
establecidas por las autoridades
fiscales locales.
La
tributación de las personas jurídicas extranjeras es un tema de gran relevancia
tanto para los gobiernos receptores, como para las propias entidades. Los países han desarrollado
marcos legales y sistemas fiscales específicos, para regular la forma en que estas empresas, deben cumplir con sus
responsabilidades tributarias. Estas regulaciones están diseñadas para garantizar la equidad fiscal y evitar la elusión
y evasión de impuestos por parte de las empresas
extranjeras (Ruiz, 2005).
Hay
que recalcar que existen aspectos relacionados con los tratados internacionales
para evitar la doble imposición, los
que son acuerdos bilaterales o multilaterales entre países para evitar que
una entidad sea gravada dos veces por los mismos ingresos en diferentes jurisdicciones. Estos tratados
son de suma importancia para las personas jurídicas extranjeras, ya que buscan garantizar una tributación justa y evitar la duplicación de impuestos.
Además,
se discuten los desafíos y beneficios que enfrentan tanto los países receptores como las personas
jurídicas extranjeras en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Esto incluye la necesidad de una comprensión clara
de las regulaciones fiscales locales,
la adecuada planificación fiscal y el cumplimiento de los plazos y procedimientos establecidos (Barreiro & Picazo, 2017).
La
tributación de las personas jurídicas extranjeras en Ecuador presenta una serie
de consideraciones y requisitos
específicos. Estas entidades, al llevar a cabo actividades comerciales en el país, deben cumplir con
sus obligaciones tributarias de acuerdo con la
legislación ecuatoriana. A continuación, se analiza en conjunto el desarrollo de la tributación de personas jurídicas
extranjeras en Ecuador.
En
primer lugar, las personas jurídicas extranjeras, que desean operar en Ecuador,
deben establecer una presencia legal
en el país. Esto implica, registrarse ante las autoridades pertinentes
y obtener la autorización correspondiente, dependiendo del tipo de
entidad y la naturaleza de sus operaciones.
Una
vez establecida la presencia legal, se debe determinar
la base imponible sobre la cual se calcularán los impuestos correspondientes. La base imponible
suele estar compuesta
por los ingresos generados en Ecuador, menos los gastos deducibles permitidos por la legislación tributaria.
Uno de los principales impuestos a los que están sujetas las personas jurídicas
extranjeras en Ecuador
es el impuesto a la renta. Este impuesto se calcula aplicando una tasa específica sobre la
base imponible determinada. Es importante tener en cuenta que pueden existir diferencias en las
tasas de impuestos y los tratamientos fiscales entre las empresas nacionales y extranjeras, lo cual puede estar
influenciado por acuerdos internacionales
para evitar la doble imposición.
Además del impuesto a la renta,
las personas jurídicas extranjeras pueden estar sujetas a retenciones
de impuestos en Ecuador. Estas retenciones se aplican en el momento del pago de ciertos ingresos, como pagos de
intereses, regalías o servicios técnicos. Las
retenciones se realizan en nombre del beneficiario extranjero y deben
ser declaradas y pagadas a las autoridades fiscales ecuatorianas
(Bonet, 2017).
Las
personas jurídicas extranjeras también tienen obligaciones contables y
registros financieros en Ecuador.
Deben llevar registros precisos de las operaciones comerciales realizadas en el país, incluyendo
ingresos, gastos, activos y pasivos. Además, deben emitir facturas y mantener una contabilidad organizada de
acuerdo con las normativas contables
y tributarias aplicables.
Es
importante destacar que Ecuador ha firmado tratados internacionales para evitar
la doble imposición con otros países. Estos acuerdos proporcionan reglas claras
sobre cómo se deben
asignar los ingresos y los impuestos
entre las jurisdicciones involucradas.
Los tratados internacionales buscan evitar que
una entidad sea gravada por los mismos ingresos en dos países diferentes, brindando
seguridad y certeza
en términos de tributación para las personas
jurídicas extranjeras (Pina & Jiménez, 2018).
Además,
la tributación de las personas jurídicas extranjeras que operan en Ecuador contribuye a fortalecer la economía y atraer inversiones al país.
Establecer un marco fiscal sólido y previsible es esencial para fomentar la confianza de los inversores internacionales y promover
un entorno empresarial favorable.
Los
tratados internacionales para evitar la doble tributación son acuerdos firmados
entre países con el objetivo de
eliminar o minimizar la doble imposición de impuestos sobre el mismo ingreso en dos jurisdicciones
diferentes. En el caso de Ecuador, han sido suscritos varios tratados
internacionales para evitar la doble tributación, los cuales establecen reglas claras sobre cómo se deben gravar
los ingresos de los contribuyentes que tienen
presencia en más de un país.
Estos
tratados internacionales se basan en principios de equidad y cooperación entre
las naciones, y buscan promover
la inversión extranjera, evitar la evasión
fiscal y proporcionar seguridad jurídica a los
contribuyentes. Ecuador reconoce la importancia de estos acuerdos y ha firmado
tratados con diversos
países, incluyendo aquellos
de América Latina, Europa y otros continentes.
Gracias a estos tratados,
los contribuyentes que realizan actividades económicas transfronterizas
pueden beneficiarse de disposiciones específicas que evitan la doble tributación. Por ejemplo, se establecen
reglas para determinar la residencia fiscal de una persona o empresa,
se definen los criterios para asignar el derecho de gravar ciertos tipos de ingresos y se establecen
mecanismos para resolver disputas relacionadas con la interpretación o aplicación de los tratados.
En
el caso de Ecuador, estos tratados contraídos para evitar la doble tributación
han proporcionado claridad
y certeza a los contribuyentes que realizan operaciones internacionales. Estos acuerdos garantizan que los ingresos
obtenidos en el extranjero no sean gravados dos veces, lo que fomenta la
inversión y la actividad empresarial en el país. Además,
“ Los tratados internacionales también contienen disposiciones para el intercambio de información tributaria entre los países firmantes, lo que facilita
la detección y prevención de
la evasión fiscal y fortalece la cooperación internacional en materia tributaria” (Henderson, 2004).
Mientras
que, al hablar de evasión de impuestos por parte de empresas extranjeras, se presenta un desafío para Ecuador pero,
con la implementación de estrategias efectivas, es posible prevenir y
combatir esta problemática. La legislación clara, la fiscalización rigurosa,
el intercambio de información, la educación tributaria y las sanciones
adecuadas son elementos clave para garantizar la equidad tributaria y el cumplimiento de las obligaciones fiscales. Al promover
un ambiente de transparencia y cooperación, Ecuador,
puede fortalecer su sistema tributario y asegurar el adecuado financiamiento de programas y servicios para el beneficio de toda
la sociedad (Henderson, 2004).
En
el caso de Ecuador, prevenir la evasión de impuestos de empresas extranjeras es fundamental para garantizar la equidad
tributaria y el desarrollo económico del país. Al implementar estrategias efectivas, se pueden combatir las
prácticas evasivas y asegurar que
todas las empresas, independientemente de su origen, cumplan con sus
obligaciones fiscales de manera justa.
Al implementar ciertas medidas de manera integral
y coordinada, Ecuador
puede fortalecer su sistema
tributario y prevenir
la evasión de impuestos de empresas extranjeras. Esto garantizará una mayor
equidad fiscal, el adecuado financiamiento de
programas y servicios públicos, y contribuirá al crecimiento económico sostenible del país. En términos generales, la equidad
en la tributación de personas jurídicas extranjeras y nacionales se refiere a la aplicación justa y equitativa de las
leyes fiscales en un país, sin discriminación, ni trato preferencial hacia ninguna categoría de contribuyentes.
En el contexto de Ecuador, el sistema tributario busca promover la equidad y la igualdad en el tratamiento entre las
personas jurídicas extranjeras y nacionales. De hecho, las leyes y regulaciones tributarias se aplican de manera similar a
ambas categorías de contribuyentes, con el objetivo de evitar cualquier tipo de discriminación o privilegio indebido. En términos de obligaciones
fiscales, tanto las personas jurídicas extranjeras, como las nacionales, están sujetas a los mismos impuestos y requisitos de presentación de declaraciones,
mantenimiento de registros y cumplimiento de las obligaciones tributarias establecidas por la ley.
Es
importante tener en cuenta que existen acuerdos internacionales para evitar la doble tributación y convenios
fiscales bilaterales entre Ecuador y otros países, que pueden influir en la forma en
que se aplican ciertos impuestos a las personas jurídicas extranjeras. En el contexto
de la tributación de personas jurídicas en Ecuador, es fundamental garantizar la equidad y el trato justo
tanto para las empresas extranjeras como para las nacionales. Esto implica que las leyes fiscales deben aplicarse
de manera imparcial y no discriminatoria, sin otorgar ventajas indebidas a ninguna categoría de contribuyentes.
Un
punto clave para el análisis de la equidad en la tributación de personas
jurídicas es el estudio de la
normativa para evitar la doble imposición. Esto se debe a que Ecuador tiene
acuerdos con varios países para evitar que las
empresas extranjeras sean gravadas dos veces,
por el mismo ingreso en su país de origen y
también en Ecuador. Los tratados internacionales que tienen las empresas
extranjeras con Ecuador en materia tributaria, buscan establecer reglas claras
y principios para evitar la doble imposición,
promover la cooperación tributaria y prevenir la evasión fiscal. Estos
tratados brindan seguridad jurídica
tanto a las empresas extranjeras como al Estado ecuatoriano, al establecer las reglas bajo las cuales se
gravarán los ingresos generados por las empresas extranjeras en Ecuador.
Estos acuerdos
tienen como objetivo
principal facilitar el comercio y la inversión
internacional, al eliminar o reducir la carga tributaria que podría
surgir si una empresa extranjera
tuviera que pagar impuestos tanto en su país de origen como en Ecuador. Además, los tratados promueven la
transparencia y el intercambio de información fiscal entre los países firmantes, lo que contribuye a combatir la
evasión fiscal y fortalecer la administración tributaria.
Al tener estos tratados, las empresas
extranjeras pueden operar en Ecuador con mayor
certeza y previsibilidad en términos fiscales, lo que fomenta la
inversión extranjera y el desarrollo
económico. Por otro lado, Ecuador también se beneficia al atraer inversiones y al contar con mecanismos para evitar la evasión fiscal y garantizar
una tributación justa y equitativa.
Se
resalta la importancia de la equidad en el sistema tributario y legal, se analiza la obligatoriedad de aplicar las
leyes fiscales de manera justa y equitativa, sin existir preferencias hacia ninguna categoría de contribuyentes,
los que no serán perjudicados ni por ser persona jurídica local, ni por
ser extranjera.
En
Ecuador, se busca promover la equidad y la igualdad en el tratamiento entre las
personas jurídicas extranjeras y nacionales, aplicando las leyes y regulaciones tributarias de manera similar a ambas categorías para
establecer un marco fiscal sólido y previsible, que fomente la confianza de los inversores internacionales y promueva
un entorno empresarial favorable.
Resulta
necesaria la creación de incentivos para atraer la inversión de grandes
empresas extranjeras en el ámbito
tributario, que vuelva atractivo el mercado sin excesos en la carga impositiva y arancelaria, siempre y
cuando se respeten los principios que rigen al
sistema tributario, en especial,
la equidad y progresividad. Se destaca que la equidad
no solo es una técnica jurídica en procesos legales, sino que también está presente en todas las
relaciones de la sociedad y en los sistemas de
organización estatal, como el tributario.
La
equidad, a diferencia de la igualdad, debe considerar las situaciones
específicas de las personas, en este
caso jurídicas, para que se pueda obtener un equilibrio entre el provecho que podría brindar al Estado una
empresa nacional frente a una extranjera, en
el contexto de la protección de derecho, del mercado interno y de la
competitividad a nivel internacional que se busca como país.
Los
tratados y convenios internacionales para evitar la doble tributación deben tener, además, un enfoque que prevenga la
evasión fiscal de sociedades y compañías que
buscan abrirse sitio en el
mercado de pequeños países y
que no generan un beneficio real para estos, sino que perjudican a los
micro y pequeños empresarios nacionales.
Finalmente,
es importante considerar que la excesiva consolidación de un mercado internacional en un país podría traer como
efecto la fuga de capital, lo que resulta contraproducente para el Estado que invierte
en infraestructura vial, prestación de servicios e incluso en mano de obra; en este sentido, las
políticas gubernamentales deben estar
orientadas siempre a crear espacios seguros tanto para la inversión extranjera como para el desarrollo
económico nacional.
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