Recibido:
18/12/2023 Aceptado:
11/03/2024
Estudio comparado
entre el terrorismo y el crimen
organizado, desde la realidad ecuatoriana (Revisión).
Comparative study
between terrorism and organized crime, from the Ecuadorian reality (Review).
Luis Israel Ruiz Pomboza. Licenciatura en Derecho.
Universidad Tecnológica Indoamérica. Ambato. Ecuador. [ luis.ruizhid@gmail.com ] [ https://orcid.org/0009-0001-9799-777X ]
Yudith López Soria. Licenciada en Derecho. Máster en Derecho Penal. Doctora en Ciencias Jurídicas. Universidad
Tecnológica Indoamérica. Ambato. Ecuador.
[ ylopez7@indoamerica.edu.ec] [ https://orcid.org/0000-0002-6845-088X ]
Resumen
El objetivo general de
este trabajo consiste en identificar si la ola de criminalidad desatada en
Ecuador, entre los años 2020 y 2023 debe ser enfrentada como criminalidad
organizada o terrorismo. Para ello, se establece una comparación entre ambas
formas de criminalidad y se confronta con la realidad ecuatoriana, y la de
otros países como España y Colombia, sobre todo, porque poseen el denominador
común de haber sufrido olas de criminalidad. Esta comparación es realizada,
además, a partir de las características dogmáticas, doctrinales y normativas de
cada uno de estos modelos criminales. Se aplica un enfoque de investigación
mixto que combina métodos científicos de carácter cualitativo y cuantitativo. Entre
ellos, se emplean el histórico-lógico, el comparativo, el analítico-sintético,
el exegético y el inductivo-deductivo. Todo lo que conduce a determinar que
esta ola de criminalidad es constitutiva de la manifestación delictiva de
criminalidad organizada, pues se ajusta a los requisitos exigidos para
calificarla de tal manera, lo cual no ocurre en el caso del terrorismo en el
punto específico que se analiza actualmente en Ecuador.
Palabras clave: comparación; criminalidad
organizada; índices de criminalidad; realidad ecuatoriana; terrorismo
Abstract
The main objective of this research is to identify
whether the crime wave unleashed in Ecuador between 2020 and 2023 should be
treated as organized crime or terrorism. To this end, a comparison is made
between the two forms of crime, and a comparison is made with the reality of
Ecuador and other countries such as Spain and Colombia especially because they
share the common denominator of having suffered waves of crime. This comparison
is determined from the dogmatic, doctrinal, and normative characteristics of
each criminal model. A mixed research approach combining qualitative and
quantitative scientific methods is applied. The historical-logical,
comparative, analytical-synthetic, interpretive, and inductive-deductive
methods are used. All this leads to determining that this wave of criminality
constitutes the criminal manifestation of organized crime since it meets the
requirements to qualify it as such, which does not occur in the case of
terrorism in the specific point currently being analyzed in Ecuador.
Keywords: crime
rates; comparison; ecuadorian reality; organized
crime; terrorism
Introducción
Como ya se ha dicho en el
resumen, el presente artículo científico tiene como objetivo identificar si la
ola de criminalidad desatada en Ecuador, entre los años 2020 y
2023, debe ser enfrentada como criminalidad
organizada o como terrorismo. Y es que, Ecuador, al igual que
muchos otros países, ha enfrentado desafíos significativos relacionados con el
terrorismo y el crimen organizado a lo largo de su historia como resultado de
los distintos gobiernos y su plan de seguridad para la sociedad. Estos
fenómenos han dejado una marca profunda en los ecuatorianos y plantea
importantes retos para la seguridad y el desarrollo del país.
En la época de 1984 y 1988,
en la presidencia del Ing. León Febres Cordero, se propuso como objetivo
principal, luchar contra la delincuencia, tráfico de drogas y el terrorismo que
azotaba a la población ecuatoriana en aquel entonces, “promovido por las élites
nacionales y los poderosos grupos oligárquicos ofreció recuperar al país de la
crisis económica y delincuencia que ponía en zozobra a la población civil
ecuatoriana” (Salvador, 1994, p. 134)
Uno de los grupos que
enfrentó la administración del gobierno del Ing. León Febres Cordero fue el grupo
terrorista denominado “¡Alfaro Vive, Carajo!”, el mismo que intentó promover
sus objetivos ideológicos y políticos a través del uso sistemático de la
violencia y dejando su huella en la memoria colectiva del Ecuador. Si bien es
cierto que el país no ha enfrentado grandes movimientos terroristas internos o
grupos con una larga trayectoria, también lo es, que han existido incidentes
significativos, dejando secuelas palpables. Es de decir que el gobierno del
Ing. León Febres Cordero se caracterizó por un marcado autoritarismo y la
implementación de políticas de corte neoliberal. Estas acciones generaron
críticas debido a los abusos contra los derechos humanos cometidos durante su
mandato.
En la actualidad, el
crimen organizado ha representado un desafío constante para la seguridad y la
gobernabilidad en el Ecuador. Los grupos delictivos transnacionales dedicados
al narcotráfico, al contrabando de armas y al tráfico de personas han
encontrado en el país un terreno propicio para llevar a cabo sus actividades
ilícitas. La ubicación geográfica del Ecuador, su extensa frontera con países vecinos
como Colombia, al norte, y al sur, con Perú, así como, su acceso a rutas
marítimas estratégicas, han facilitado el flujo de drogas y otras formas de
delincuencia organizada.
Para Berrezueta (2015),
experto en seguridad e inteligencia:
El ataque a la base
militar de Sucumbíos en 2008, llevado a cabo por un grupo armado liderado por
un miembro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) puso
en evidencia la vulnerabilidad del Ecuador ante la infiltración de grupos
criminales extranjeros y generó una crisis diplomática con Colombia. (p. 25)
Ante estos desafíos, el
gobierno ecuatoriano ha implementado diversas estrategias para hacer frente al
terrorismo y el crimen organizado, lo cual es fundamental para prevenir el
ingreso del narcotráfico al país. El
gobierno de turno se enfrenta a una crisis nacional a causa del incremento de
bandas delictivas que fomentan el terror en las calles, donde día a día se
observa cómo mueren personas por modalidades de ataque armado, sicariato, secuestro,
asesinato, tortura y extorsión.
Po
lo anterior, adquiere mayor trascendencia académica determinar si lo que vive Ecuador en la
actualidad, puede ser identificado como terrorismo cuando existen amenazas de
bombas en instituciones judiciales o, por el contrario, constituyen expresiones
de criminalidad organizada, cuando matan a policías en servicio activo como
ataque de represión y también se ponen bombas y existen sicariatos que siembran
el terror.
Desarrollo
Características y rasgos
distintivos del crimen organizado
El
crimen organizado se caracteriza por una serie de rasgos distintivos que lo
convierten en un fenómeno complejo y desafiante desde el punto de vista
jurídico. Estas características reflejan la naturaleza transnacional, la
estructura jerárquica y la diversificación de actividades delictivas llevadas a
cabo por las organizaciones criminales en el país. A continuación, se presentan
los principales rasgos distintivos del crimen organizado, desde una perspectiva
jurídica:
Cuando
se dice que el crimen organizado tiene un carácter transnacional, es porque las
organizaciones criminales operan más allá de las fronteras nacionales, aprovechando
la ubicación geográfica y estratégica del país. Estas organizaciones establecen
conexiones con redes delictivas internacionales, facilitando el tráfico de
drogas, armas y personas. Esta característica plantea desafíos para la
cooperación jurídica y la coordinación entre los países involucrados en la
lucha contra el crimen organizado.
Por
otro lado, las organizaciones criminales suelen estar estructuradas de manera
jerárquica, con líderes y niveles de mando claramente definidos. Estas
estructuras permiten la planificación y ejecución de actividades delictivas de
manera coordinada y eficiente, lo cual aumenta su efectividad y precisión. Además,
la presencia de una estructura jerárquica dificulta la desarticulación de estas
organizaciones y la identificación de los responsables de los delitos.
El
crimen organizado se caracteriza por su capacidad para diversificar las
actividades delictivas en las que se involucra. Además del tráfico de drogas,
las organizaciones criminales también están implicadas en delitos como el
contrabando de armas, el lavado de dinero, la extorsión, el secuestro y la
trata de personas. Esta diversificación delictiva les permite obtener ganancias
ilícitas de múltiples fuentes y dificulta su persecución y desmantelamiento.
La
corrupción es un rasgo distintivo del crimen organizado, pues las organizaciones
criminales buscan infiltrarse en instituciones estatales y corromper a
funcionarios públicos para asegurar su impunidad y facilitar sus operaciones
delictivas. La corrupción afecta negativamente la efectividad de las
instituciones encargadas de combatir el crimen organizado y socava al Estado.
Para
los autores Rivera
y Bravo (2020), el Crimen Organizado es
un delito que va en aumento y se despliega con total rapidez, transformando y
perfeccionando los planes de intervención. Esta modalidad delictiva opera bajo
la dirección empresarial que trabaja dentro de un Estado, afectando a toda la
sociedad. Teniendo una repercusión económica y social, la primera apunta a la
crisis de un Estado en el sistema financiero volviéndolo un punto débil donde
atacar y, el segundo punto, radica en someter a la sociedad a las condiciones
de seguridad impuestas por un grupo delictivo.
Además,
el uso de la violencia es una característica común en las actividades del
crimen organizado. Las organizaciones criminales recurren a la violencia para
mantener el control territorial, eliminar a competidores y amedrentar a
aquellos que se oponen a sus actividades. Esta violencia tiene un impacto
significativo en la seguridad ciudadana y plantea desafíos para las autoridades
encargadas de mantener el orden y garantizar la protección de los derechos
fundamentales de los ciudadanos.
El
crimen organizado transnacional (COT) se basa en redes de colaboración entre
actores delictivos, tanto nacionales como internacionales. El COT se presenta como
una estructura con coherencia interna, alto grado de especialización y
sofisticación, que no es ideológico, ni busca el poder político como tal (Solís
y Rojas, 2008, p. 15). Estas redes incluyen a criminales, intermediarios financieros, abogados
corruptos y otros actores que proporcionan apoyo logístico y legal a las
organizaciones criminales. La existencia de estas redes dificulta la
identificación y persecución de los responsables de los delitos, así como, el
decomiso de los activos obtenidos ilícitamente.
Resumiendo,
el crimen organizado se caracteriza por su carácter transnacional, estructura
jerárquica, diversificación de actividades delictivas, corrupción, uso de la
violencia y redes de colaboración, y representa uno de los mayores desafíos
para la seguridad y la gobernabilidad en cualquier país.
El
marco normativo es fundamental para enfrentar el crimen organizado. En Ecuador
se han promulgado diversas leyes y regulaciones que abordan este problema de
manera integral. Por ejemplo, la Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia
contra las Mujeres incluye
disposiciones para combatir la trata de personas, una de las actividades
delictivas relacionada con el crimen organizado.
Identificación
del terrorismo según sus rasgos doctrinales y objetivos
La identificación del terrorismo, desde una perspectiva doctrinal y en
términos de sus objetivos, es un tema complejo que ha sido objeto de debate y
análisis en diversas disciplinas, incluyendo el Derecho. En el presente artículo,
se aborda esta cuestión utilizando un lenguaje jurídico y se examinan los
rasgos doctrinales y objetivos comunes que caracterizan al terrorismo.
“El terrorismo puede ser definido como el uso sistemático de la
violencia, el terror y la intimidación con el fin de promover una agenda
política, religiosa o ideológica, mediante la generación de miedo y
desestabilización en la población civil” (Villegas, 2016, p. 3). Si bien no existe una definición
universalmente aceptada de terrorismo, numerosas convenciones internacionales y
legislaciones nacionales han intentado establecer criterios claros para
identificar y combatir esta forma de violencia.
En cuanto a los objetivos del terrorismo, es importante destacar que
pueden variar, dependiendo del grupo o individuo que los lleve a cabo. Sin
embargo, Víctor Solís señala varios puntos como: “algunos objetivos comunes
incluyen la promoción de una ideología política o religiosa, el derrocamiento
de un gobierno existente, el establecimiento de un Estado independiente o la
respuesta a un conflicto armado previo” (Solís y Rojas, 2008, p 10). Estos
objetivos suelen estar respaldados por una narrativa que justifica la violencia
como un medio necesario para lograr cambios políticos o sociales.
Betancourt y Facio (2014), en su “Informe: el Crimen
Organizado y organizaciones terrorista del este de Europa”, señalan que:
Es
fundamental indicar que la identificación del terrorismo no debe confundirse
con la criminalización de determinadas ideologías o creencias. Si bien es
legítimo combatir el terrorismo y tomar medidas para prevenir y reprimir los
actos terroristas, es importante respetar los derechos y garantías procesales
de todos los individuos, evitando cualquier forma de discriminación o
estigmatización basada en la raza, religión, nacionalidad u opinión política (Betancourt y Facio, 2014).
La identificación del terrorismo incluye el uso sistemático de la
violencia y el terror contra la población civil, la naturaleza indiscriminada
de los ataques y la búsqueda de objetivos políticos o ideológicos. Pero, es fundamental
abordar esta cuestión con cautela, respetando los derechos humanos y evitando
la criminalización de las opiniones o creencias legítimas. La lucha contra el
terrorismo debe ser llevada a cabo dentro del marco del Estado de derecho,
utilizando herramientas legales apropiadas y promoviendo la cooperación
internacional para garantizar la seguridad y la justicia.
Vásquez (2002) plantea las
caracteristicas principales del delito de terrorismo:
Es
premeditado y promueve un clima de terror; dirigido hacia un público u objetivo
amplio en donde existan varias víctimas a causa de la violencia; ataques a
objetivos simbólicos u objetivos civiles. Los actos de violencia cometidos son considerados
por la sociedad en donde suceden, como violaciones de las normas sociales, causando
una sensación de desafuero. Es empleado para tratar de influir de alguna forma
en el proceder político (Vásquez, 2002).
Este mismo autor establece con claridad cuáles son las características
fundamentales del delito de terrorismo; el propósito principal es difundir
terror en la sociedad, a través de actos dentro de la sociedad civil, apuntando
a lugares de afluencia masiva o daños a lugares civiles. Por lo general, esos
actos son cometidos para influir dentro de los gobiernos políticos como medida
de represión.
El
crimen organizado y el terrorismo desde el derecho comparado. Colombia, Ecuador
y España
Una vez definidos los rasgos distintivos del terrorismo y crimen
organizado desde el punto de vista doctrinal, es preciso concretar. El crimen
organizado se refiere a la participación de dos o más personas en actividades
delictivas con el propósito de obtener beneficios económicos o poder. Ambos
movimientos criminales son fenómenos delictivos que representan graves desafíos
para la seguridad y el orden público en diversos países. En este artículo, se
compara el tratamiento a estos fenómenos en ordenamientos jurídicos como el de Colombia,
Ecuador y España.
Tabla comparativa del tratamiento normativo al crimen organizado y el
terrorismo en Colombia, Ecuador y España.
País |
Consideraciones
sobre el crimen organizado |
Consideraciones
sobre el terrorismo |
observaciones |
Colombia |
En el caso colombiano
dentro de su Código Penal no se encuentra contemplado el delito de crimen organizado
como tal, pues para ellos se trata de terrorismo y narcotráfico los delitos
vinculados a las organizaciones criminales |
El Código
Penal colombiano (200) establece en el artículo
144 sobre los actos de terrorismo: “El que, con
ocasión y en desarrollo de conflicto armado, realice u ordene llevar a cabo
ataques indiscriminados o excesivos o haga objeto a la población civil de
ataques, represalias, actos o amenazas de violencia cuya finalidad principal
sea aterrorizarla, incurrirá por esa sola conducta en prisión de doscientos
cuarenta (240) a cuatrocientos cincuenta (450) meses, multa de dos mil
seiscientos sesenta y seis punto sesenta y seis (2666.66) a cincuenta mil
(50,000) salarios mínimos legales mensuales vigentes, e inhabilitación para el ejercicio de
derechos y funciones públicas de doscientos cuarenta (240) a trescientos
sesenta (360) meses” (Congreso de Colombia ,
2000). |
Únicamente se contempla de forma normativa los actos
de terrorismo Las sanciones
privativas de libertad a diferencia de los otros países se estipula en meses
alrededor de 37.5 años de cárcel, más una multa pecuniaria. |
Ecuador |
El Código Orgánico Integral
Penal (2014) tipifica en el artículo 369 al crimen organizado de la siguiente
forma: “Delincuencia organizada: la
persona que mediante acuerdo o concertación forme un grupo estructurado de
dos o más personas que, de forma permanente o reiterada, financien de cualquier
forma, ejerzan el mando o dirección o planifiquen las actividades de una
organización delictiva, con el propósito de cometer uno o más delitos
sancionados con pena privativa de libertad de más de cinco años, que tenga
como objetivo final la obtención de beneficios económicos u otros de orden
material, será sancionada con pena privativa de libertad de siete a diez
años” (Asamblea Nacional del Ecuador , 2014). |
El Código Orgánico Integral
Penal, (2014) tipifica, en el artículo 366, el terrorismo de la siguiente
forma: “La persona que
individualmente o formando asociaciones armadas, provoque o mantenga en
estado de terror a la población o a un sector de ella, mediante actos que
pongan en peligro la vida, la integridad física o la libertad de las personas
o ponga en peligro las edificaciones, medios de comunicación, transporte,
valiéndose de medios capaces de causar estragos, será sancionada con pena
privativa de libertad de diez a trece años”
(Asamblea Nacional de Ecuador , 2014). |
Se trata de dos
delitos diferentes Tienen una pena
privativa de libertad similar, de 10 años. Los dos delitos actúan
por asociaciones armadas. |
España |
El Código
Penal Español, (1995) establece en el artículo 92, lo siguiente: “Si se
tratase de delitos referentes a organizaciones y grupos terroristas y delitos
de terrorismo del capítulo VII, del título XXII, del libro II de este código,
será necesario que el penado muestre signos inequívocos de haber abandonado
los fines y los medios de la actividad terrorista y haya colaborado
activamente con las autoridades, bien para impedir la producción de otros
delitos por parte de la organización o grupo terrorista, bien para atenuar
los efectos de su delito, bien para la identificación, captura y
procesamiento de responsables de delitos terroristas, para obtener pruebas o
para impedir la actuación o el desarrollo de las organizaciones o
asociaciones a las que haya pertenecido o con las que haya colaborado, lo que
podrá acreditarse mediante una declaración expresa de repudio de sus
actividades delictivas y de abandono de la violencia y una petición expresa
de perdón a las víctimas de su delito, así como por los informes técnicos que
acrediten que el preso está realmente desvinculado de la organización
terrorista y del entorno y actividades de asociaciones y colectivos ilegales
que la rodean y su colaboración con las autoridades” |
El Código
Penal Español (1995) establece en el artículo 77 literal d): “De 40 años,
cuando el sujeto haya sido condenado por dos o más delitos referentes a
organizaciones y grupos terroristas y delitos de terrorismo del capítulo VII
del título XXII del libro II de este código y alguno de ellos esté castigado
por la ley con pena de prisión superior a 20 años” (Jefatura del Estado, 1995) |
En España tienen la misma consideración jurídico-normativa
los delitos de organización delictiva y de terrorismo. Estos delitos son sancionados con penas de 20 a 40
años de prisión. |
Fuente: Asamblea Nacional del
Ecuador (2014), Jefatura del Estado (1995), Congreso de Colombia (2000).
En España, se ha observado
un aumento significativo del crimen organizado en áreas como el tráfico de
drogas, la trata de personas, el contrabando y el blanqueo de capitales.
Además, la ubicación geográfica de España como puerta de entrada a Europa desde
África y América Latina, lo cual favorece la infiltración de grupos delictivos
internacionales.
En relación con las
medidas adoptadas por el Estado español, según la Ley Orgánica 10/1995, de 23
de noviembre, del Código Penal (BOE, 1995), se han establecido disposiciones
legales para prevenir y combatir el crimen organizado en el país. Además, se
han fortalecido las instituciones encargadas de la aplicación de la ley, como
la Policía Nacional y la Guardia Civil.
Por su parte, en Colombia,
el crimen organizado ha sido históricamente un desafío significativo debido a
la presencia de grupos guerrilleros, bandas criminales y el narcotráfico. La
delincuencia organizada en Colombia es una actividad colectiva, una estructura
jerárquica organizada, donde existe un monopolio de varios criminales para
cometer delitos que, mayoritariamente, quedan en la impunidad.
El crimen organizado ha
estado relacionado por años, con el conflicto armado interno de Colombia y ha
contribuido al incremento de los índices de violencia, sobre todo, en las
regiones con presencia de grupos armados al margen de la ley. Cuando se habla
de este fenómeno en Colombia, se debe resaltar la aparición del cartel de
Medellín, entre 1980 y 1990, lo que fue determinante en la evolución del
narcoterrorismo, que afectó una parte significativa del territorio nacional y
lo utilizó para el cultivo y el mercado de drogas ilícitas, mediante la
violencia y la violación de Derechos Humanos.
Para hacer frente a esta problemática, Colombia ha promulgado diversas
leyes y adoptado medidas de política criminal. La Ley 975 de 2005, conocida
como la Ley de Justicia y Paz, que estableció un marco jurídico para la
desmovilización y desarme de grupos paramilitares y guerrilleros. Además, la
Ley 1708, de 2014, creó un régimen de extinción de dominio para confiscar los
bienes adquiridos ilícitamente por el crimen organizado.
Ecuador también enfrenta desafíos
significativos en materia de crimen organizado y terrorismo. La Ley Orgánica
Integral para la Prevención de Delitos Financieros, aprobada en 2016,
fortaleció las medidas de prevención y persecución del lavado de activos y la
financiación del terrorismo. Asimismo, la Ley Orgánica de Lucha contra la
Delincuencia Organizada Transnacional, promulgada en 2011, establece
disposiciones para la investigación, persecución y sanción de la delincuencia
organizada.
En cuanto al terrorismo, Ecuador ha adoptado una postura firme con la Ley
Orgánica de Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Terrorismo, que
define y sanciona los actos terroristas, y establece medidas para la
cooperación internacional en esta materia.
En términos de cooperación internacional, los tres países han adoptado
medidas para fortalecer la colaboración en la lucha contra el crimen organizado
y el terrorismo. Colombia, Ecuador y España son signatarios de la Convención de
las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus
Protocolos Adicionales. Además, forman parte de organismos regionales, como la
Organización de los Estados Americanos (OEA) y la Unión Europea (UE), que
promueven la cooperación en materia de seguridad y justicia.
A pesar de las similitudes en las estrategias legales y de cooperación
adoptadas por Colombia, Ecuador y España, existen algunas diferencias
importantes. Por ejemplo, cada país tiene sus propias definiciones legales y
categorías delictivas en relación con el crimen organizado y el terrorismo.
Además, las circunstancias políticas, sociales y económicas de cada nación
influyen en la forma en que se enfrenta y se combate este tipo de delincuencia.
El crimen organizado y el terrorismo representan desafíos globales que
requieren una respuesta jurídica sólida y una cooperación internacional
efectiva. Colombia, Ecuador y España han promulgado leyes y adoptado medidas
para prevenir y perseguir estas formas de delincuencia, aunque con algunas
variaciones. La armonización de los enfoques jurídicos y la cooperación
internacional continuada son esenciales para enfrentar eficazmente estos fenómenos
y garantizar la seguridad y el orden público en los tres países y más allá.
La
criminalidad y sus índices en la actualidad ecuatoriana
La criminalidad y sus
índices en la actualidad ecuatoriana es un tema de gran relevancia para el
sistema jurídico y la sociedad en general. Sobre la criminalidad pueden
esbozarse múltiples opiniones, unas superficiales y otras profundas, por
ejemplo, Andrade opina que: “La criminalidad es la comparación entre el ingreso
que podrían obtener al permanecer en actividades legales y la utilidad esperada
de la actividad ilegal” (González, 2014, p. 78).
Pero, con mayor amplitud,
quien suscribe opina que la criminalidad puede entenderse como el resultado de
una evaluación comparativa entre los beneficios económicos que se obtienen al
involucrarse en actividades legales y la utilidad esperada derivada de la
participación en actividades ilegales. La decisión de participar en actividades
criminales, a menudo, implica un análisis de costos y beneficios por parte de
los individuos y, también, de riesgos asumidos.
En este sentido, se
considera el ingreso potencial que podrían obtener al permanecer en actividades
legales como empleo formal o emprendimiento legal. Esta fuente de ingresos
legítimos se compara con la utilidad esperada que se estima de la actividad
ilegal, teniendo en cuenta los posibles beneficios económicos, el riesgo de ser
capturado y procesado legalmente, y las consecuencias sociales y personales.
Es fundamental entender
que la criminalidad se refiere a la existencia y prevalencia de conductas
delictivas en una determinada sociedad. Estas conductas pueden variar en su
gravedad y naturaleza, abarcando desde delitos menores hasta delitos graves,
tales como: homicidios, robos y violaciones.
La Dra. López Soria, sobre
la necesaria intervención estatal, en ocasiones puntuales, señala:
El poder
punitivo es una prerrogativa que
ostenta el Estado y, para hacerla efectiva, entre otras
cuestiones, implementa al Derecho Penal como un mecanismo de control social,
dentro de su función dual, dígase, protección
de los bienes
jurídicos, (función tuitiva)
y, a su
vez, el control social, como amenaza proveniente del derecho de
sancionar a quien
ha dañado o
puesto en peligro
esos bienes jurídicos
que protege o
debe proteger dicho Estado, a
todos. (López, Y. y Sánchez, D. X., 2022, p. 287).
En Ecuador, los índices de
criminalidad han experimentado fluctuaciones a lo largo de los años, lo que ha
generado preocupación en la sociedad y ha impulsado la implementación de
políticas y estrategias de seguridad ciudadana. El Instituto Nacional de
Estadística y Censos (INEC) y la Policía Nacional son las instituciones
encargadas de recopilar y analizar los datos relacionados con la criminalidad
en el país.
La criminalidad tiene
impactos negativos a corto y largo plazo sobre el desarrollo local, clima de
inversión, capital social y el capital humano, lo que, a su vez, afecta el
nivel de corrupción y la pérdida de confianza de los gobiernos. (Hipo, 2023, p. 13).
La criminalidad tiene
consecuencias perjudiciales a corto y a largo plazo, y en diversas áreas del
desarrollo local. En primer lugar, afecta el clima de inversión, desalentando
la llegada de inversionistas y obstaculizando el crecimiento económico de una
comunidad o región, pues afecta, ostensiblemente, la economía en general.
Además, la criminalidad
socava el capital social, deteriorando los lazos comunitarios, la colaboración
y la confianza entre los ciudadanos. Esto, a su vez repercute en el capital
humano, ya que reduce las oportunidades de educación y empleo, limitando el
desarrollo personal y profesional de las personas. Todos estos impactos
negativos alimentan un ciclo vicioso, ya que el aumento de la criminalidad
puede llevar a un incremento en la corrupción y a una pérdida de confianza en
los gobiernos y en las instituciones encargadas de mantener la seguridad y el
orden público.
Para hacer frente a la
criminalidad organizada, Ecuador ha implementado diversas medidas y políticas
en el ámbito jurídico. En primer lugar, se han realizado reformas al Código
Orgánico Integral Penal (COIP), que es la principal normativa penal del país.
Estas reformas han buscado fortalecer las penas y sanciones para los delitos
más graves, así como establecer mecanismos de prevención y control más
efectivos.
En suma, se han creado
unidades especializadas dentro de la Policía Nacional, como la Unidad de
Delitos Contra la Vida, Muertes Violentas, Desapariciones, Extorsión y
Secuestro (DINASED), para mejorar la investigación y persecución de los delitos,
se ha promovido la implementación de políticas de prevención del delito, como
la creación de programas de inclusión social y educación ciudadana.
El
fortalecimiento de las instituciones encargadas de combatir el crimen
organizado es esencial para garantizar una respuesta efectiva. En Ecuador, se
ha trabajado en la creación y fortalecimiento de unidades especializadas en la
investigación y persecución del crimen organizado, como la Unidad de
Investigación de Delincuencia Organizada Transnacional. Estas unidades cuentan
con recursos humanos capacitados, tecnología adecuada y autonomía suficiente
para llevar a cabo investigaciones complejas y desmantelar las organizaciones
criminales.
La
cooperación nacional e internacional desempeña un papel crucial en la lucha
contra el crimen organizado. En el ámbito nacional, se promueve la coordinación
entre diferentes instituciones, como la Policía Nacional, la Fiscalía general
del Estado y el sistema judicial, para compartir información, recursos y
capacidades. Además, Ecuador ha establecido mecanismos de cooperación con otros
países, como acuerdos de asistencia mutua y colaboración en materia de
extradición, con el fin de facilitar la investigación y persecución de los
delitos relacionados con el crimen organizado que trasciende las fronteras.
La
confiscación de bienes obtenidos ilícitamente es una estrategia efectiva para
debilitar económicamente a las organizaciones criminales, la cual está
implementada legalmente en el COIP, cono sanción accesoria. Además, se han
implementado medidas para fortalecer la capacidad del Estado para identificar,
decomisar y administrar los activos derivados de actividades delictivas. La Ley Orgánica de Extinción
de Dominio, del año 2021, por ejemplo,
establece un marco legal para la confiscación de bienes relacionados con el
crimen organizado, con el objetivo de privar a las organizaciones criminales de
los recursos necesarios para su operación.
Además
de la represión, la prevención y la rehabilitación son aspectos clave en la
lucha contra el crimen organizado. Al respecto, Ecuador ha implementado
programas de prevención del delito que se centran en la educación, la promoción
de valores y el fomento de oportunidades para jóvenes en situación de vulnerabilidad.
Asimismo, se ha trabajado en la rehabilitación de personas involucradas en
actividades delictivas, ofreciendo programas de reinserción social y laboral.
A
pesar de los esfuerzos realizados, persisten desafíos significativos en la
lucha contra el crimen organizado en Ecuador. La corrupción, la falta de
recursos suficientes, la falta de coordinación interinstitucional y la
capacidad de adaptación de las organizaciones criminales son obstáculos que
deben ser abordados de manera contundente. Es fundamental que el Estado
ecuatoriano continúe fortaleciendo su marco legal, invirtiendo en recursos
humanos y tecnológicos, promoviendo la cooperación nacional e internacional y
fomentando estrategias de prevención y rehabilitación. Solo a través de un
enfoque jurídico multidimensional se podrá enfrentar eficazmente el crimen
organizado, proteger la seguridad ciudadana y garantizar el Estado de derecho
en el Ecuador.
Sin embargo, a pesar de
los esfuerzos realizados, persisten desafíos importantes en la lucha contra la
criminalidad en Ecuador. Uno de ellos es la falta de recursos y capacidades de
las instituciones encargadas de la seguridad y la justicia, lo cual limita su
capacidad de respuesta y atención a los delitos. Asimismo, la impunidad y la
corrupción son factores que obstaculizan la efectividad del sistema de justicia
penal y generan desconfianza en la población.
Otro desafío relevante es
la necesidad de fortalecer la cooperación interinstitucional e internacional en
la lucha contra la criminalidad. La delincuencia no conoce fronteras y es
fundamental promover la colaboración entre las autoridades nacionales e
internacionales para prevenir y perseguir los delitos de manera más efectiva.
En resumen, la
criminalidad y sus índices en la actualidad ecuatoriana representan un desafío
para el sistema jurídico y la seguridad ciudadana. La implementación de
políticas y estrategias efectivas, así como la asignación de recursos adecuados
son fundamentales para enfrentar este problema.
En definitiva, estas son
estrategias que se proponen para enfrentar la criminalidad organizada que, dado
el estudio aquí ofrecido, es la modalidad presente e identificada, tras la
confrontación de la realidad y los rasgos doctrinales que la caracterizan
en la actualidad y realidad ecuatoriana.
Conclusiones
En
los últimos años, la criminalidad se ha convertido en un fenómeno complejo que
se manifiesta de diferentes maneras, incluyendo delitos contra la propiedad,
delitos violentos y delitos organizados; la situación de la criminalidad en
Ecuador ha experimentado una evolución significativa, caracterizada por la
violencia de los crímenes a causa del incremento de bandas delictivas
nacionales e internacionales, ubicando al país en medio de pugnas por el poder
vinculado al narcotráfico.
En
el caso de Ecuador, se ha observado un incremento en la presencia y actividad
del crimen organizado en los últimos años. Esto se debe, en parte, a la
ubicación geográfica del país, que lo convierte en una ruta estratégica para el
tráfico de drogas y otras formas de contrabando. Los grupos delictivos
aprovechan esta situación para llevar a cabo actividades ilícitas, como el
narcotráfico, el contrabando de armas y el lavado de dinero.
Las
autoridades de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional y el ente encargado
de la seguridad ciudadana deben
permanecer vigilantes y fortalecer sus capacidades técnicas y operativas de
inteligencia, seguridad ciudadana y seguridad territorial para prevenir actividades
en las que el crimen organizado actúe o, a su vez, deben contrarrestar
cualquier intento de actividad criminal en el país. Esto implica la
implementación de políticas y medidas de seguridad efectivas, como la
cooperación internacional en la lucha contra el crimen organizado para evitar
que grupos organizados utilicen el territorio ecuatoriano para llevar a cabo
acciones violentas.
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