Recibido: 23/12/2023   Aceptado: 03/03/2024

 

El tratamiento procesal a las víctimas de delitos de violación sexual en Ecuador (Original).

The procedural treatment of victims of sexual assault offenses in Ecuador (Original).

 

Joshua Sebastián Pazuña Haro. Estudiante de la Carrera de Derecho, de la Facultad de Jurisprudencia y Ciencias Políticas de la Universidad Indoamérica. Ambato. Ecuador.

[ jpazuna@indoamerica.edu.ec ] [ https://orcid.org/0009-0008-5237-510X ]

 

Diana Maricela Bermúdez Santana. Licenciada en Derecho. Magister en Derecho Penal y Procesal Penal. Magister en Derecho Laboral y Seguridad Social por la Universidad Indoamérica. Docente en la Facultad de Jurisprudencia y Ciencias Políticas. Universidad Indoamérica. Ambato. Ecuador.

[ dianabermudez@uti.edu.ec ] [ https://orcid.org/0000-0003-3220-0990 ]

 

Resumen

El artículo tiene como objetivo analizar y evaluar el tratamiento procesal que reciben las víctimas de delitos de violación en Ecuador. Se busca examinar las leyes y normativas vigentes, así como evaluar la efectividad de las medidas de protección y apoyo proporcionadas durante el proceso legal. Esta investigación se realizó con una metodología de enfoque cualitativo, basado en los métodos de revisión bibliográfica, exegético e inductivo. Estos métodos permiten comprender el tratamiento procesal a las víctimas de violación en Ecuador, identificar desafíos y proponer mejoras para garantizar una respuesta efectiva por parte del sistema de justicia. Asimismo, se ha logrado determinar de manera concluyente que existe un fenómeno de revictimización en los casos de delitos de violación. A través del estudio bibliográfico y normativo, se evidencia que las personas afectadas sufren una serie de situaciones y prácticas que las vuelven a victimizar durante el proceso legal. Esto incluye la falta de consideración de sus necesidades y derechos, la revictimización a través de interrogatorios humillantes, y la falta de protección efectiva. Estos hallazgos resaltan la necesidad de implementar medidas que protejan y respeten los derechos de las víctimas, evitando su revictimización y asegurando un tratamiento procesal adecuado y sensible.

Palabras clave: protección; revictimización; tratamiento; víctimas; violación

Abstract

This scientific article aims to analyze and evaluate the procedural treatment received by victims of rape crimes in Ecuador. It seeks to examine the current laws and regulations, as well as assess the effectiveness of the protective measures and support provided during the legal process. This research was conducted using a qualitative methodology, relying on documentary analysis of laws and regulations. These methods enable a comprehensive understanding of the procedural treatment of rape victims in Ecuador, identifying challenges and proposing improvements to ensure an effective response from the justice system. Furthermore, it has been conclusively determined that a phenomenon of revictimization exists in cases of rape crimes. Through bibliographic and normative study, it is evident that affected individuals endure a series of situations and practices that retraumatize them during the legal process. This includes the disregard for their needs and rights, revictimization through humiliating interrogations, and a lack of effective protection. These findings highlight the need to implement measures that safeguard and respect the rights of victims, preventing revictimization and ensuring appropriate and sensitive procedural treatment.

Keywords: protection; revictimization; treatment; victims; rape

Introducción

La violación es un delito grave que causa daños físicos, psicológicos y emocionales a las víctimas, y su tratamiento procesal adecuado es fundamental para garantizar su acceso a la justicia y una recuperación integral. En Ecuador, como en muchos otros países, existe una preocupación creciente por mejorar el tratamiento y la protección de las víctimas de violación durante el proceso legal. Sin embargo, persisten desafíos y deficiencias en la respuesta del sistema de justicia, lo que puede llevar a la revictimización de las personas afectadas y a una sensación de impunidad.

Se plantea entonces que las víctimas de violación no reciben el adecuado acceso a la justicia, apoyo y protección necesarios durante el proceso legal. Esto puede manifestarse en la revictimización, la falta de consideración de las necesidades y derechos de las víctimas, la insuficiente recolección de evidencias forenses, la demora en los procedimientos judiciales y la impunidad de los agresores sexuales. Es fundamental abordar este problema para garantizar un tratamiento procesal efectivo que proteja y restaure los derechos de las víctimas, promoviendo la justicia y la prevención de futuras violaciones.

Por consiguiente, en el país, el reconocimiento de los derechos de las víctimas de violación sexual y la implementación de medidas de protección se fortalecieron con la promulgación de la Constitución de la República del Ecuador de 2008. Esta Constitución establece principios fundamentales de igualdad, no discriminación y protección de los derechos de las mujeres, incluyendo el derecho a una vida libre de violencia. Además, se han promulgado leyes como la Ley para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres (2018) creada para fortalecer la protección y el tratamiento procesal a las víctimas de delitos sexuales.

En este orden de ideas, la sensibilización y movilización social también han sido factores clave en el avance de los derechos de las víctimas de violación sexual en Ecuador. Organizaciones de la sociedad civil, defensores de derechos humanos y movimientos feministas han desempeñado un papel fundamental en la denuncia de la violencia sexual, la promoción de leyes más sólidas y la exigencia de una respuesta adecuada por parte del sistema de justicia. Estos antecedentes han contribuido a la creación de un marco normativo y una conciencia social más sólida en torno a la protección de las víctimas de violación en Ecuador. Sin embargo, aún existen desafíos en la implementación efectiva de estas medidas y en la garantía de un tratamiento procesal adecuado y sensible a las víctimas.

Esta investigación busca brindar una visión crítica y analítica sobre el estado actual del tratamiento procesal a las víctimas de delitos de violación en Ecuador. A través de un estudio detallado de las leyes, normativas y prácticas existentes, se pretende identificar los puntos débiles y proponer mejoras concretas para garantizar una respuesta más efectiva y sensible por parte del sistema de justicia. El estudio de este artículo es de suma importancia, ya que examina de qué manera se garantiza la protección de derechos humanos de víctimas de delitos sexuales, se garantiza su acceso efectivo a la justicia, se identifican posibles deficiencias en el sistema procesal, y se analiza cómo se puede prevenir la impunidad y generar conciencia sobre la relevancia de abordar este problema de manera integral.

El objetivo de esta investigación es analizar y evaluar el tratamiento procesal que reciben las víctimas de delitos de violación en Ecuador. Se busca examinar las leyes y normativas vigentes, así como evaluar la efectividad de las medidas de protección y apoyo proporcionadas durante el proceso legal. También se pretende identificar los obstáculos y desafíos que enfrentan las víctimas, así como proponer recomendaciones y medidas concretas para mejorar su tratamiento; y por último garantizar una respuesta integral y sensible por parte del sistema de justicia, que respete los derechos de las víctimas y promueva la justicia en los casos de violación.

Materiales y métodos

Se utiliza una metodología de enfoque cualitativo, que combina la revisión bibliográfica y el análisis de artículos científicos relacionados con el tema de los derechos de las víctimas. Asimismo, se emplea el método exegético para analizar tanto las leyes nacionales como las internacionales sobre los derechos de las víctimas, y se utiliza el método inductivo para examinar la posible revictimización en el sistema judicial ecuatoriano. Esta metodología permite obtener una base sólida de conocimientos teóricos, interpretar el marco legal vigente, identificar brechas en la protección de los derechos de las víctimas y analizar casos concretos en el contexto judicial.

Análisis y discusión de los resultados

La Víctima y sus derechos

A lo largo de la historia, el concepto de víctima ha evolucionado; inicialmente, esta tenía la libertad de vengarse, pero luego se estableció como límite la Ley del Talión, que representaba una medida de justicia. Con el tiempo, el concepto de víctima ha adquirido significados actuales, como el sujeto pasivo de un delito o la persona que sufre las consecuencias de un acto dañino (Bazantes, 2008). Resulta claro que la víctima es aquel individuo o entidad que experimenta diferentes formas de perjuicio, ya sea físico, psicológico o económico, como consecuencia de la violación de sus derechos debido a un acto de delito. Esta violación puede ocurrir tanto por acciones como por omisiones, y puede ser producto de conductas intencionales (dolo) o negligentes (culpa) (Benavides, 2019).

En este mismo sentido la Organización de las Naciones Unidas (ONU, 1985), en la Declaración sobre los Principios Fundamentales de Justicia para las Víctimas de Delitos y del Abuso de Poder, en su artículo 1 expresa:

Se entenderá por "víctimas" las personas que, individual o colectivamente, hayan sufrido daños, inclusive lesiones físicas o mentales, sufrimiento emocional, pérdida financiera o menoscabo sustancial de los derechos fundamentales, como consecuencia de acciones u omisiones que violen la legislación penal vigente en los Estados Miembros, incluida la que proscribe el abuso de poder. (p. 1)

De igual forma, la Carta Iberoamericana del derecho de las víctimas (Cumbre Judicial Iberoamericana, 2012) en su artículo 2 conceptualiza a la agraviada como:

Toda persona física que haya sido indiciariamente afectada en sus derechos por una conducta delictiva, particularmente aquellas que hayan sufrido violencia ocasionada por una acción u omisión que constituya infracción penal o hecho ilícito, sea física o psíquica, como el sufrimiento moral y el perjuicio económico. (p. 15)

Por su lado, la Organización de las Naciones Unidas (ONU, 1985) reconoce que una víctima puede ser tanto individual como colectiva, abarcando a grupos, clases o comunidades de personas, así como a corporaciones económicas o comerciales, grupos u organizaciones políticas. En este sentido, ha promulgado un enfoque centrado en la víctima en donde todos los Estados miembros deben priorizar los derechos, la dignidad, el bienestar y la seguridad de las víctimas en todos los esfuerzos de prevención y respuesta a la explotación, abuso y acoso sexuales.

Este enfoque se basa en los derechos de las víctimas y en una serie de principios guía, que se refieren a la forma sistemática de relacionarse con la víctima desde el momento en que se conocen las acusaciones y en todas las interacciones posteriores. Requiere brindar servicios permanentes y confiables de manera empática, individualizada y holística, evitando cualquier actitud crítica o discriminatoria. El objetivo de este enfoque centrado en la persona ofendida es la creación de un entorno propicio donde los ofendidos puedan hablar con una persona de confianza en un ambiente seguro y confidencial, se busca no solo escucharlas, sino también apoyarlas y fortalecerlas, para que puedan expresar libremente sus necesidades y deseos.

En tal sentido, en la Carta Iberoamericana sobre los derechos de las víctimas se establecen algunos de ellos que los estados deben garantizar, entre estos podemos nombrar a los siguientes: acceso a la justicia, participación en el proceso, ejercer la acción penal, entender y ser entendida, ser oída, trato digno, no discriminación, asistencia y acceso a los servicios de apoyo a víctimas, protección, reparación, recurso humano capacitado (Cumbre Judicial Iberoamericana, 2012).

A continuación, se realiza un análisis hermenéutico de algunos de los derechos refrendados en la Carta Iberoamericana del derecho de las víctimas (Cumbre Judicial Iberoamericana, 2012). El derecho al acceso a la justicia es aquel donde las víctimas tienen el derecho de recibir por parte de los Estados una política inclusiva, completa y duradera que facilite su acceso a la justicia, teniendo en cuenta sus particularidades y su identidad cultural. Esta política debe erradicar cualquier forma de discriminación y proporcionar procedimientos judiciales y administrativos que aborden las necesidades de las víctimas. Además, estos servicios deben ser brindados de manera oportuna, eficiente, accesible y sin costo alguno.

Se reconoce el derecho de participación en el proceso, la víctima tiene el derecho de tener una participación activa en todas las etapas del proceso, lo cual implica asegurar su derecho a ser escuchada. También tiene el derecho de impugnar cualquier omisión en la investigación de los delitos y presentar recursos contra las resoluciones que afecten sus derechos, especialmente aquellas que pongan fin al proceso. Por otra parte, se establece el derecho de ejercer la acción penal, aquí se reconoce el derecho de la víctima a ejercer la acción penal de forma que pueda presentarse como acusadora. Además, tendrá la posibilidad de colaborar con el Ministerio Público en la persecución de los delitos ante los Tribunales de Justicia, con plena capacidad de ser considerada como parte en el proceso.

Un reconocimiento importante es el derecho a entender y ser entendida. La Administración de Justicia tomará acciones para asegurar que las víctimas comprendan y puedan ser comprendidas durante todas las interacciones que tengan con las autoridades públicas en los procedimientos judiciales. El derecho de ser oída, la Administración de Justicia debe asegurar que se le brinde a la víctima la oportunidad de ser escuchada y presentar pruebas relevantes durante las diferentes etapas del proceso legal.

Del análisis se conoció el derecho a un trato digno, la víctima tiene el derecho de recibir un trato respetuoso, respetando su privacidad y dignidad, y evitando su revictimización. Es crucial garantizar que el personal encargado de atender a las víctimas, no las sometan a malos tratos; eliminar cualquier situación que debilite o dificulte el ejercicio de los derechos de las víctimas en los procesos judiciales es una prioridad. El derecho a la no discriminación, en el que la víctima tiene el derecho a que se tomen en cuenta sus necesidades específicas, ya sea de índole física, emocional, sensorial o mental, así como sus diferencias sociales, culturales, étnicas, religiosas, de género, entre otras.

Se reconoce el derecho a la protección, en cuanto a que la víctima tiene el derecho de no sufrir intimidación, acoso o abuso en ningún momento del proceso judicial. Los sistemas de justicia deberán garantizar el cumplimiento efectivo de estos derechos, tomando las medidas necesarias para proteger la integridad física de la persona. El derecho a la reparación, en el que las víctimas tienen derecho a recibir una justicia reparadora que tenga como principal objetivo satisfacer sus intereses y necesidades. Esta justicia busca reparar el daño que hayan sufrido y prevenir que se les cause más daño en el futuro. Los procesos de reparación deben tener en cuenta las características y necesidades particulares de las víctimas, así como las condiciones de vulnerabilidad adicionales que puedan afectarlas. Por último, el derecho a un recurso humano capacitado; el Sistema de Administración de Justicia establecerá criterios específicos para la selección de personal que aseguren un trato digno y respetuoso hacia las víctimas. Asimismo, se promoverá la capacitación y formación constante del personal para brindar una atención adecuada a las víctimas.

Durante la investigación se comprobó que no hay registros previos sobre cómo se trataba a las víctimas en el sistema penal de Ecuador. Fue en la Constitución Política de 1998 donde se mencionó por primera vez a las víctimas y se mostró preocupación por su protección, encomendando esta responsabilidad al Ministerio Público. Como resultado, se estableció el Programa de Protección de Víctimas, Testigos y otros participantes del proceso penal (Salas, 2017).

De acuerdo con el Código Orgánico Integral Penal (2014) la víctima se considera un sujeto procesal junto con la persona procesada, la fiscalía y la defensa. Esto implica que tienen un papel principal en el proceso y que sin su presencia no puede llevarse a cabo. En este mismo sentido el artículo 441 de este cuerpo legal sobre la víctima establece cuando se consideran víctimas, para efectos de aplicación de las normas de este código.

Dentro del marco legal de Ecuador y en relación con la actual Constitución de la República del Ecuador del 2008, se encuentran ciertos apartados, como el artículo 78, relacionado con las víctimas, que deben ser considerados, ya que los derechos y privilegios establecidos en ella son de obligatorio cumplimiento y deben ser respetados. Siguiendo la misma línea, el Código Orgánico Integral Penal (2014) en su artículo 2 establece los derechos de las víctimas en procesos penales, consagra que: “En particular se aplicarán los principios de tutela judicial efectiva y debida diligencia a fin de garantizar la reparación integral para las víctimas y la prevención de la reincidencia y de la impunidad” (p. 7-8).

Es así que, la Constitución de la República del Ecuador del 2008, y el Código Orgánico Integral Penal (2014), establecen disposiciones y salvaguardas para proteger los derechos de las víctimas de delitos que participan en los procedimientos penales realizados en las diversas instancias de justicia del país. Es importante que el Estado garantice derechos a las víctimas porque esto asegura su protección, bienestar y acceso a la justicia. Los derechos de las víctimas reconocen su condición vulnerable y les otorgan la posibilidad de participar activamente en el proceso judicial, ser escuchadas y ofrecer pruebas pertinentes. Asimismo, el respeto a sus derechos evita su revictimización y promueve una atención adecuada y libre de malos tratos.

Por consiguiente, garantizar estos derechos también contribuye a una justicia reparadora, que busca satisfacer los intereses y necesidades de las víctimas, reparar los perjuicios sufridos y prevenir futuros daños. Es decir, al garantizar los derechos de las víctimas, el Estado promueve la igualdad, la dignidad y el respeto hacia todas las personas, fortaleciendo así el sistema de justicia y la protección de los derechos humanos.

Tratamiento procesal a las víctimas del delito de violación sexual

La Constitución de la República del Ecuador del 2008, establece una serie de derechos constitucionales que incluyen disposiciones relacionadas con las víctimas, los cuales son de vital importancia para aquellas personas que son consideradas como parte en el proceso penal. Históricamente, en nuestro país, se ha limitado la atención y un trato justo a las víctimas, llegando incluso a revictimizarlas dentro del proceso penal, lo que se conoce como revictimización secundaria. Esto significa que las víctimas vuelven a experimentar maltratos y humillaciones, entre otros aspectos negativos. Sin embargo, en los últimos años ha surgido lo que se denomina el "redescubrimiento" de la víctima en el ámbito de las ciencias penales, y se ha reconocido su condición como sujeto procesal en la legislación penal ecuatoriana (Paccha y Gómez, 2022).

Con el reconocimiento renovado de la víctima en el sistema penal ecuatoriano, se le otorga una relevancia significativa dentro del proceso penal. Esto ha dado lugar a cambios notables en nuestra legislación, especialmente con la implementación del Código Orgánico Integral Penal (2014), que busca presentar una nueva perspectiva tanto a nivel nacional como en el marco de los instrumentos internacionales de derechos humanos.

Según varios expertos, mencionados en este artículo, el tratamiento adecuado de las víctimas de violación sexual debe ser empático, respetuoso y centrado en su bienestar físico, emocional y psicológico. Algunos aspectos clave del tratamiento incluyen:

Escucha activa: brindar un espacio seguro y confidencial donde la víctima pueda expresar sus experiencias, emociones y preocupaciones sin ser juzgada. La escucha activa implica prestar atención, validar sus sentimientos y demostrar empatía.

Apoyo emocional: proporcionar apoyo emocional a la víctima, reconociendo y validando su sufrimiento. Esto implica ofrecer consuelo, comprensión y ayuda para lidiar con las emociones intensas y el trauma asociado.

Acceso a servicios médicos: facilitar el acceso a atención médica especializada, incluyendo exámenes médicos forenses, pruebas de enfermedades de transmisión sexual y embarazo, y tratamiento de lesiones físicas. Es importante garantizar que la víctima se sienta segura y respetada durante estos procedimientos.

Apoyo psicológico: brindar asesoramiento y terapia psicológica a la víctima para ayudarla a procesar el trauma, superar el impacto emocional y promover su bienestar mental a largo plazo. Los profesionales capacitados en trauma pueden utilizar enfoques terapéuticos adecuados, como la terapia cognitivo-conductual o la terapia de desensibilización y reprocesamiento por movimientos oculares (EMDR, por sus siglas en inglés).

Información y opciones: proporcionar a la víctima información clara y comprensible sobre los recursos disponibles, los procedimientos legales y las opciones de denuncia. Es esencial empoderar a la víctima para que tome decisiones informadas sobre su recuperación y la búsqueda de justicia.

Coordinación interinstitucional: garantizar la colaboración y coordinación efectiva entre diferentes instituciones y profesionales involucrados en el apoyo a las víctimas, como la policía, los servicios de salud, los servicios sociales y el sistema de justicia. Esto asegura una respuesta integral y coherente a las necesidades de la víctima.

Sensibilidad cultural y de género: reconocer y respetar las diferencias culturales y de género, y adaptar el tratamiento para abordar las necesidades específicas de cada víctima. Esto implica comprender las barreras culturales y de género que pueden afectar la percepción y búsqueda de ayuda de la víctima, y brindar un entorno inclusivo y libre de prejuicios.

El Consejo Nacional de igualdad de Género (2015) ha establecido unas directrices para el tratamiento en casos de violación sexual, y recomendaciones a las personas en casos de ser víctimas de estos delitos; algunas de estas son:

·                             Evitar bañarse y cambiarse de ropa después de la agresión sexual.

·                             Acudir a la Unidad de Salud más cercana.

·                             Pedir ayuda a una persona de confianza.

·                             Al llegar a la Unidad de Salud correspondiente se debe informar de la violación.

·                             Permitir que el médico examine a la víctima, lo cual es importante ya que, se debe registrar la evidencia y se debe prevenir infecciones por transmisión sexual.

·                             La Unidad de Salud debe reportar el caso a Fiscalía para la respectiva denuncia.

·                             La víctima no puede ser interrogada si no se encuentra un funcionario de Fiscalía.

·                             Ninguna persona debe preguntar sobre la experiencia que vivió la víctima.

·                             Los casos de violación sexual se pueden denunciar ante la Fiscalía, policía, comisaria de la mujer, y tenencia política.

Estas son algunas recomendaciones que el Estado hace a las víctimas de violación. Es importante destacar que el trato y la atención brindados a la víctima en cada etapa del proceso son fundamentales para evitar la revictimización. Esto implica que se respeten sus derechos, se le brinde apoyo emocional y se eviten preguntas o situaciones que puedan traumatizarla nuevamente. Es crucial que los profesionales de la salud, las autoridades policiales, fiscales y cualquier otro involucrado en la atención a las víctimas de violación sexual reciban capacitación adecuada sobre cómo abordar estos casos de manera sensible, respetuosa y empática, garantizando la privacidad y la confidencialidad de la víctima.

Revictimización de las víctimas de violación sexual en el proceso penal ecuatoriano

La violación es un crimen atroz que causa un profundo impacto en la vida de las víctimas de este delito, lamentablemente, en muchos casos, estas personas pueden enfrentar una revictimización en el proceso de búsqueda de justicia y reparación. Según el Código Orgánico Integral Penal (2014) en su artículo 171 se lo define:

Es violación el acceso carnal, con introducción total o parcial del miembro viril, por vía oral, anal o vaginal; o la introducción, por vía vaginal o anal, de objetos, dedos u órganos distintos al miembro viril, a una persona de cualquier sexo. (p. 65)

Este artículo aborda el tema de la violación y define claramente los actos que constituyen esta grave vulneración a los derechos humanos. Establece que la violación implica el acceso carnal mediante la introducción total o parcial del miembro viril, ya sea por vía oral, anal o vaginal, además, también reconoce que la introducción de objetos, dedos u órganos distintos al miembro viril, por vía vaginal o anal, también constituye una forma de violación.

Es importante destacar que abarca tanto a hombres como a mujeres, reconociendo que cualquier persona, independientemente de su sexo, puede ser víctima de violación. Al definir de manera precisa y detallada los actos que constituyen violación, la ley brinda una base legal sólida para la persecución y condena de los perpetradores de este delito. La violación es un acto de extrema violencia y una transgresión a la integridad física y sexual de una persona, en este artículo se busca proteger y garantizar los derechos de las víctimas, así como establecer un marco legal claro para su persecución y castigo.

En este sentido, la Ley para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres (2018) en su artículo 4 numeral 10 define a esta revictimización como:

Son nuevas agresiones, intencionadas o no, que sufre la víctima durante las diversas fases de atención y protección, así como durante el proceso judicial o extrajudicial, tales como: retardo injustificado en los procesos, desprotección, negación y/o falta injustificada de atención efectiva, entre otras respuestas tardías, inadecuadas o inexistentes, por parte de instituciones estatales competentes. (p. 9)

Este artículo, se refiere a las nuevas agresiones que puede sufrir una víctima durante diferentes etapas de atención, protección y proceso legal, incluso por parte de instituciones estatales competentes. La revictimización puede manifestarse de diversas formas, como el retardo injustificado en los procesos, la falta de protección, la negación de atención efectiva o respuestas tardías e inadecuadas por parte de las instituciones encargadas. Estas acciones, intencionadas o no, pueden tener un impacto perjudicial en la víctima, generando un mayor sufrimiento, revictimización y una sensación de falta de justicia y apoyo. La revictimización no solo perpetúa el sufrimiento de las víctimas, sino que también puede dificultar su proceso de recuperación y acceso a la justicia.

Esta forma de agresión se puede evidenciar de distintas formas:

1.                 Victim blaming (culpabilización de la víctima): En muchos casos de violación, las víctimas enfrentan juicios sociales y culturales que las culpan por lo sucedido. Pueden recibir preguntas o comentarios insensibles que cuestionan su comportamiento, su vestimenta o su estado de embriaguez, lo que puede hacer que se sientan culpables o avergonzadas (Montesdeoca y Aguiar, 2018)

2.                 Duda o falta de creencia: Las víctimas de violación a menudo enfrentan la duda o la falta de creencia por parte de las autoridades, amigos, familiares o incluso profesionales de la salud. Esto puede hacer que duden de su propia experiencia y les genere una sensación de invalidación y revictimización.

3.                 Revictimización institucional: Las instituciones encargadas de la investigación y el enjuiciamiento de casos de violación pueden exponer a las víctimas a un proceso largo, intrusivo y desalentador. El sistema legal puede hacer que las víctimas se sientan interrogadas, humilladas o desacreditadas, lo que a su vez puede traumatizarlas y hacer que se sientan victimizadas nuevamente.

4.                 Estigmatización y consecuencias sociales: Las víctimas de violación a menudo enfrentan estigmatización y juicios sociales negativos. Pueden experimentar el rechazo de su comunidad, la pérdida de relaciones personales o laborales, así como el deterioro de su bienestar emocional y mental. Esta estigmatización y las consecuencias sociales pueden aumentar la sensación de revictimización.

5.                 Falta de apoyo adecuado: La falta de apoyo emocional, social y psicológico puede agravar la revictimización. Si las víctimas no reciben el apoyo necesario de sus seres queridos, profesionales de la salud u organizaciones especializadas, pueden sentirse abandonadas, desprotegidas y revictimizadas.

Asimismo, la revictimización en el sistema de justicia se puede dar de distintas maneras, según Smith y Álvarez (2007) como:

1.                 Interrogación agresiva: Durante el proceso de investigación y juicio, las víctimas de violación pueden ser sometidas a interrogatorios agresivos y humillantes. Se les pueden hacer preguntas intrusivas sobre los detalles íntimos de la agresión sexual, lo que puede generarles angustia y revictimización emocional, se debe recordar que la víctima no puede rendir ninguna declaración sobre su abuso sin la presencia del fiscal. Sin embargo, por desconocimiento de la propia afectada, y poca preparación del personal de salud o policial al que esta haya acudido, esta condición poco o nada es respetada, la interrogación agresiva significa una de las maneras más frecuentes de revictimización.

2.                 Dudas y desacreditación: Las víctimas de violación a menudo enfrentan dudas y desacreditación no solo por la sociedad sino por parte de los abogados defensores, jueces o jurados. Se puede cuestionar su credibilidad, se pueden poner en duda sus declaraciones y se pueden utilizar estereotipos y prejuicios de género para desacreditar su testimonio. Esto puede hacer que las víctimas se sientan nuevamente victimizadas y menospreciadas.

3.                 Procesos prolongados: Los procesos judiciales relacionados con casos de violación pueden ser largos y agotadores. La demora en la obtención de justicia puede generar estrés adicional para las víctimas y prolongar su sufrimiento, esto puede hacer que se sientan revictimizadas y desmotivadas para continuar con el proceso legal.

4.                 Falta de apoyo y protección: El sistema de justicia puede fallar en proporcionar el apoyo adecuado y la protección necesaria a las víctimas de violación. Esto puede incluir la falta de medidas de seguridad para las víctimas durante el proceso legal, la insuficiente información sobre los derechos de las víctimas y la falta de acceso a servicios de apoyo especializados. La falta de apoyo y protección puede hacer que las víctimas se sientan desamparadas. Si se remite al proceso de denuncia del delito de violación, se puede evidenciar que en ninguna de esas fases se le brinda apoyo psicológico a la víctima, lo que puede generar muchos trastornos en su salud mental.

5.                 Sentencias inadecuadas: En algunos casos, las sentencias emitidas por los tribunales en casos de violación pueden ser consideradas inadecuadas o desproporcionadas. Si las penas impuestas a los agresores sexuales son mínimas o si los culpables quedan impunes, puede generar una sensación de injusticia en las víctimas y reforzar la sensación de peligro.

La revictimización de las víctimas de delitos de violación sexual puede ocurrir en diferentes etapas del proceso penal. Algunas etapas comunes donde puede producirse la revictimización según Jara y Vicuña (2022) son:

Denuncia inicial: Cuando las víctimas informan del delito a las autoridades, pueden experimentar revictimización a través de respuestas insensibles o desestimadoras por parte de los agentes del orden u otros profesionales involucrados en la investigación inicial. Esto puede traumatizar aún más a las víctimas y desalentarlas de buscar acciones legales.

Exámenes médicos: Las víctimas suelen someterse a exámenes médicos para recopilar pruebas y evaluar su bienestar físico y psicológico. Si estos exámenes se llevan a cabo sin la debida sensibilidad y respeto a la privacidad, dignidad y estado emocional de la víctima, puede contribuir a su revictimización.

Entrevistas de investigación: Durante el proceso de investigación, se puede requerir que las víctimas proporcionen declaraciones y sean entrevistadas por los agentes del orden. Si estas entrevistas se realizan de manera agresiva u hostil, las víctimas pueden sentirse revictimizadas, lo que genera más angustia y reticencia a cooperar con la investigación.

La naturaleza adversarial de los procedimientos judiciales también puede contribuir a la revictimización. Las víctimas pueden experimentar ansiedad, intimidación y humillación al ser interrogadas por los abogados defensores, especialmente cuando se cuestiona su credibilidad y carácter. La revictimización en el sistema de justicia radica en los desafíos que las perjudicadas enfrentan al denunciar el delito, muchas veces, estas se enfrentan a obstáculos burocráticos, falta de apoyo y trato insensible por parte de las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley. La revictimización puede ocurrir cuando las víctimas son interrogadas repetidamente sobre los detalles íntimos de la agresión, lo que puede aumentar su angustia emocional y hacerles revivir el trauma una y otra vez.

Además, las víctimas de violación a menudo se enfrentan a prejuicios y estigmatización en la sociedad. Pueden ser objeto de juicios morales y culpabilización, lo que les impide buscar ayuda y apoyo. Esta estigmatización puede provenir tanto de la comunidad en general como de sus propias redes sociales, lo que dificulta su proceso de recuperación y sanación. Asimismo, esta forma de victimización de las personas que han sufrido violencia sexual tiene un impacto significativo en su salud mental. Experimentar nuevamente el trauma puede intensificar los síntomas del trastorno de estrés postraumático, como recuerdos intrusivos, pesadillas y ansiedad. Además, la revictimización puede generar sentimientos de culpa, vergüenza y desconfianza, dificultando la capacidad de las víctimas para recuperarse emocionalmente (Bermúdez & Solís, 2021).

En el proceso que el mismo estado ecuatoriano recomienda seguir a las víctimas de violación sexual se garantiza a estas a buscar atención médica, presentar una denuncia y recibir apoyo, lo cual significa un paso positivo hacia la protección de los derechos de las víctimas. Sin embargo, es importante tener en cuenta que el personal de atención medica debe estar capacitado para atender este tipo de casos, en el país esto no ocurre, y por desconocimiento o poca preparación el personal de salud puede sumergir a la víctima a vivir nuevamente el trauma.

Este tipo de victimización puede ocurrir cuando las víctimas son sometidas a un trato insensible, deshumanizante o estigmatizante por parte de profesionales de la salud, funcionarios de la justicia, investigadores o abogados. Puede manifestarse en forma de preguntas intrusivas, dudas sobre la credibilidad de la víctima, falta de empatía o insensibilidad hacia su experiencia traumática. Esta puede surgir de la exposición continua a procedimientos legales y judiciales que pueden ser estresantes y angustiantes para la víctima. Las largas esperas, los interrogatorios repetitivos y el enfrentamiento con el agresor durante el proceso legal pueden traumatizar nuevamente a la víctima y dificultar su recuperación.

Es importante destacar que, si bien existen pautas y protocolos para reducir la revictimización en el sistema de justicia, aún pueden haber desafíos y deficiencias en la implementación de estas medidas. Por lo tanto, es fundamental que los profesionales involucrados en el manejo de casos de violación sexual estén capacitados en enfoques sensibles y empáticos, y que se promueva la conciencia y comprensión de la experiencia de la víctima en todos los niveles del sistema de justicia. La revictimización en el sistema procesal puede tener un impacto significativo en las víctimas de violación. Durante el proceso judicial, las víctimas pueden experimentar una segunda victimización, lo que significa que vuelven a sufrir las consecuencias traumáticas de su experiencia original. Durante el proceso judicial, se les pide a las víctimas que relaten repetidamente los detalles traumáticos de la agresión sexual. Esta repetición puede resultar extremadamente angustiante y hacer que revivan el trauma una y otra vez, lo que puede tener un impacto negativo en su bienestar emocional.

La revictimización en el sistema judicial también puede afectar la percepción de la víctima sobre su propia valía y autoestima, el hecho de tener que pasar por un proceso legal que puede poner en duda su credibilidad y revivir la experiencia traumática puede hacer que las víctimas se sientan culpables, avergonzadas o estigmatizadas. Esto puede tener un impacto duradero en su bienestar psicológico y emocional. Es decir, se genera una falta de confianza en el sistema. La repetición de los detalles traumáticos de la violación, la falta de apoyo y empatía por parte de los profesionales del sistema y la sensación de ser cuestionadas o culpabilizadas pueden hacer que las víctimas se sientan desamparadas y desconfiadas hacia el sistema de justicia.

Por lo tanto, la revictimización puede llevar a una disminución en la disposición de las víctimas a denunciar los delitos de violación. Si las víctimas sienten que no serán escuchadas o que su testimonio será desacreditado, es menos probable que busquen la justicia a través del sistema legal. Esto puede resultar en una falta de acceso a la justicia para las víctimas. La revictimización también puede impactar la calidad de la investigación y el proceso judicial. Si las víctimas no se sienten seguras o respaldadas durante el proceso, es posible que no brinden toda la información necesaria o que se inhiban a la hora de testificar. Esto puede dificultar la recolección de pruebas sólidas y limitar las posibilidades de condenar a los responsables. Este tipo de victimización también puede minar la credibilidad y la efectividad del sistema en la lucha contra los delitos de violación.

Conclusiones

1.                 La definición clara y precisa de violación en el Código Orgánico Integral Penal (2014) brinda una base legal sólida para la persecución y condena de los perpetradores de este delito. Reconoce que la violación puede afectar tanto a hombres como a mujeres, protegiendo y garantizando sus derechos. La revictimización es una forma de agresión que las víctimas de violación pueden experimentar durante el proceso de búsqueda de justicia y reparación. Puede manifestarse en diversas formas, como la culpabilización de la víctima, la falta de creencia, la revictimización institucional, la estigmatización y las consecuencias sociales, así como la falta de apoyo adecuado.

2.                 En el sistema de justicia, la revictimización puede ocurrir a través de interrogaciones agresivas, dudas y desacreditación, procesos prolongados, falta de apoyo y protección, y sentencias inadecuadas. Estos factores contribuyen a la sensación de injusticia y desamparo por parte de las víctimas. También puede producirse en etapas clave del proceso penal, como la denuncia inicial, los exámenes médicos y las entrevistas de investigación. La falta de sensibilidad, el trato insensible y los procedimientos adversariales pueden aumentar el sufrimiento y la reticencia de las víctimas a cooperar con la justicia.

3.                 Es fundamental mejorar la capacitación de los profesionales involucrados en el manejo de casos de violación sexual, promoviendo enfoques sensibles, empáticos y libres de prejuicios. Además, se deben implementar medidas efectivas para reducir la revictimización en el sistema de justicia, como la protección de la privacidad y dignidad de las víctimas, la garantía de apoyo adecuado y la agilización de los procesos judiciales. La conciencia y comprensión de la experiencia de la víctima deben ser promovidas en todos los niveles del sistema de justicia para garantizar un trato justo y respetuoso.

4.                 Es necesario fortalecer los mecanismos de protección y apoyo a las víctimas, así como mejorar la coordinación entre las instituciones involucradas en la atención y protección de las víctimas de violación sexual. La revictimización en casos de violación sexual requiere un abordaje multidisciplinario que involucre a diferentes profesionales, como médicos, psicólogos, trabajadores sociales, abogados y jueces. Es fundamental que estos profesionales estén debidamente capacitados en aspectos relacionados con la violencia sexual, los derechos de las víctimas y los enfoques sensibles y empáticos.

5.                 La colaboración y coordinación entre ellos son esenciales para brindar un apoyo integral a las víctimas y evitar la revictimización. La falta de sensibilización y conocimiento sobre la violencia sexual contribuye a la revictimización. Es necesario implementar programas de sensibilización y educación tanto en la sociedad como en las instituciones encargadas de la atención y el manejo de casos de violación. Estos programas deben abordar los estereotipos de género, los mitos y las creencias erróneas que rodean a la violación, y promover una cultura de respeto, apoyo y solidaridad hacia las víctimas.

6.                 Las instituciones encargadas de la atención y el proceso judicial de los casos de violación sexual deben mejorar sus prácticas y protocolos para evitar la revictimización. Esto implica brindar una capacitación continua a los funcionarios involucrados, revisar y actualizar los protocolos existentes, y garantizar la implementación de medidas de protección y apoyo adecuadas para las víctimas en todas las etapas del proceso. Es fundamental fortalecer los mecanismos de protección para las víctimas de violación sexual. Esto incluye la implementación de medidas de seguridad efectivas para proteger la privacidad y seguridad de las víctimas durante el proceso legal, así como el acceso a servicios de apoyo especializados, como centros de atención a víctimas y programas de asistencia psicológica. Las víctimas de violación sexual necesitan ser escuchadas y creídas en todas las etapas del proceso. Es esencial que se les brinde un entorno seguro y empático donde puedan compartir su experiencia sin temor a ser juzgadas, culpabilizadas o revictimizadas. La escucha activa, la empatía y la validación de sus sentimientos y experiencias son fundamentales para su proceso de recuperación y sanación.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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