Revisión Recibido: 26/10/2025 │ Aceptado: 26/01/2026
La brecha
salarial en el fútbol femenino: un análisis en el marco jurídico ecuatoriano
The gender
pay gap in women's football: an analysis within the Ecuadorian legal framework
Jorge Washington Pérez Valverde.
Abogado de los Tribunales y Juzgados de la República del Ecuador.
Maestrante de la maestría en Derecho Deportivo de la Universidad Bolivariana
del Ecuador. Ecuador. [jwperezv@ube.edu.ec]
Zita Betsabé
Serrano Chérrez. Abogada de los
Tribunales y Juzgados de la República del Ecuador. Maestrante de la maestría en
Derecho Deportivo de la Universidad Bolivariana del Ecuador. Ecuador. [zbserranoc@ube.edu.ec]
Santiago José Zambrano
Solano. Abogado de los Tribunales y Juzgados de la República del Ecuador.
Magister Internacional de Derecho Deportivo. Magister en Propiedad Intelectual. Ecuador. [sjzambranos@ube.edu.ec]
María José Alvear Calderón. Abogado de los tribunales y Juzgados de la
República del Ecuador. Magister en Derecho Constitucional. Ecuador. [mjalvearc@ube.edu.ec]
Resumen
La brecha salarial en el fútbol femenino se
manifiesta en Ecuador con diferencias significativas en la remuneración entre
hombres y mujeres futbolistas. Este fenómeno refleja una desigualdad económica
dentro del ámbito deportivo, expresada tanto en los salarios básicos como en
premios, patrocinios y otras compensaciones. El propósito de la presente investigación es
analizar en profundidad los factores y hechos que influyen en las condiciones
laborales de las jugadoras, así como realizar un análisis de la legislación
vigente, con el fin de identificar las áreas en las que es necesario trabajar
para mejorar dichas condiciones. La finalidad principal es que las futbolistas puedan vivir y depender de su
profesión en igualdad de oportunidades frente a sus pares masculinos. La
investigación se desarrolló mediante un enfoque cualitativo, con revisión
documental de normativa nacional e internacional, análisis comparado y estudio
de casos relevantes. Aunque no existen datos estadísticos específicos sobre el
fútbol femenino ecuatoriano, el contexto general revela una brecha marcada. En
Ecuador, la necesidad de reconocer y remunerar a las profesionales del deporte
femenino en igualdad bajo la ley es evidente, pero aún está en proceso de
construcción. La normativa vigente proporciona herramientas aplicables, aunque
persisten carencias en mecanismos, datos concretos y políticas deportivas
orientadas a garantizar la equidad salarial.
Palabras clave: brecha
salarial; fútbol femenino; marco jurídico; igualdad de género
Abstract
The gender pay gap in women's
football is evident in Ecuador, with significant differences in compensation
between male and female football players. This phenomenon reflects economic
inequality within the sports sector, expressed in basic salaries as well as in
bonuses, sponsorships, and other forms of compensation. The purpose of this
research is to thoroughly analyze the factors and
circumstances that influence the working conditions of female players, as well
as to examine current legislation, in order to identify areas that need
improvement to enhance these conditions. The main goal is for female football
players to be able to live off and rely on their profession under equal
opportunities compared to their male counterparts. The research was conducted using
a qualitative approach, with a review of national and international
regulations, comparative analysis, and the study of relevant cases. Although
there are no specific statistical data on Ecuadorian women's football, the
general context reveals a significant gap. In Ecuador, the need to recognize
and remunerate female sports professionals equally under the law is evident,
but it is still under development. Current regulations provide applicable
tools, although there are still shortcomings in mechanisms, concrete data, and
sports policies aimed at ensuring pay equity.
Keywords: wage gap, women's football, legal framework,
gender equality.
Introducción
La desigualdad salarial entre mujeres y hombres constituye un fenómeno
persistente en la sociedad contemporánea, presente en múltiples ámbitos,
incluido el deporte. En particular, el fútbol femenino no escapa a esta
problemática (Pasquale, 2023). En los últimos años, las futbolistas
han alcanzado importantes logros con recursos limitados, demostrando que en el
fútbol no deben existir barreras de género. Sin embargo, pese a estos avances,
continúan las diferencias respecto a los jugadores masculinos, siendo la brecha
salarial una de las más evidentes. Se entiende como la
diferencia de remuneración que perciben las jugadoras frente a sus pares
varones, lo que no solo
refleja desigualdad económica, sino también condiciones laborales precarias (Crespo,
2024).
La problemática en cuestión, no se limita al plano económico, sino que
abarca aspectos sociales, culturales y jurídicos principalmente, que
condicionan el desarrollo profesional de las mujeres en el deporte. En
campeonatos internacionales, la diferencia se observa con claridad: en la Copa
América Femenina 2025, disputada en Ecuador, el premio para el equipo campeón
fue de 1.500.000 dólares, mientras que el subcampeón recibió 500.000 (Portafolio,
2024). En contraste, en la Copa América Masculina 2024, Argentina obtuvo 16
millones de dólares como campeón y Colombia 7 millones como subcampeón (Portafolio,
2024). Se trata del mismo deporte y formato de torneo, pero con una marcada brecha
salarial en las recompensas económicas, lo que evidencia la inequidad
estructural.
En el ámbito nacional, la desigualdad también se refleja en la Superliga Ecuatoriana de Fútbol Femenino. En su edición
2025, las Dragonas IDV se consagraron campeonas, pero a diferencia de la LigaPro masculina 2024, cuyo campeón recibió incentivos
económicos significativos, el equipo femenino ganador no obtuvo un premio
monetario directo. La Federación Ecuatoriana de Fútbol mantiene únicamente un
fondo de poco más de 100.000 dólares, repartido entre todos los clubes
participantes, lo que limita el desarrollo del fútbol femenino (Mendoza, 2025).
Esta situación reproduce un círculo de precarización laboral y escasa
profesionalización, en línea con lo señalado por estudios que destacan la falta
de inversión y visibilidad mediática como factores que perpetúan la desigualdad
antes mencionada (Rowe & Prates, 2023).
Por consiguiente, el propósito de la presente investigación es analizar
en profundidad los factores y hechos que influyen en las condiciones laborales
de las jugadoras, así como realizar un análisis de la legislación vigente, con
el fin de identificar las áreas en las que es necesario trabajar para mejorar
dichas condiciones. Aunque la finalidad principal es que las futbolistas puedan
vivir y depender de su profesión en igualdad de condiciones que sus pares
masculinos.
Materiales y métodos
La investigación se desarrolló bajo un enfoque
cualitativo, orientado al análisis jurídico y social de la brecha salarial en
el fútbol femenino en Ecuador. Se empleó la revisión documental de fuentes
normativas nacionales (Constitución, Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, Ley del Futbolista Profesional, Código del
Trabajo), reglamentos de la Federación Ecuatoriana de Fútbol y normativa
internacional (Convención sobre la eliminación de todas las formas de
discriminación contra la mujer (CEDAW), convenios Organización Internacional
del Trabajo (OIT), lineamientos Federación Internacional de Fútbol Asociado
(FIFA) y Confederación
Sudamericana de Fútbol (CONMEBOL), complementada con literatura académica y prensa especializada.
Asimismo, se aplicó el método comparado, contrastando
el marco jurídico ecuatoriano con el español para identificar similitudes y
diferencias en la regulación de las condiciones laborales de las futbolistas. Se
recurrió al estudio de casos recientes en torneos nacionales e internacionales,
lo que permitió evidenciar la disparidad en premios y condiciones económicas,
integrando la perspectiva de género como categoría analítica transversal para
interpretar las normas y prácticas deportivas desde un enfoque crítico.
Desarrollo
Para comprender el fenómeno de la brecha salarial en el fútbol femenino,
es indispensable delimitar ciertos conceptos clave que servirán como fundamento
de la presente investigación. En tal sentido, resulta prioritario explicar y
situar en un contexto adecuado la noción de brecha salarial, por lo que
Pasquale (2023) la describe como:
La diferencia en los ingresos entre dos personas que realizan el mismo
trabajo o trabajos similares. Esta diferencia suele aparecer entre los salarios
de las mujeres y los hombres. Estas disparidades salariales son el resultado de
factores sociales, económicos y culturales que han llevado a una discriminación
contra las mujeres en el ámbito laboral. (p. 6)
Esta definición es relevante porque precisa que la disparidad salarial
entre hombres y mujeres no responde a una única causa, sino a la convergencia
de múltiples factores sociales, económicos y culturales que perpetúan la
desigualdad. Esta brecha salarial
también se manifiesta de forma expresa en el deporte profesional, el cual según
el artículo 60 de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación
(2010) comprenderá las actividades que son remuneradas y desarrollarán las
organizaciones deportivas legalmente constituidas y reconocidas desde la búsqueda
y selección de talentos hasta el alto rendimiento. Para esto cada Federación
Ecuatoriana por deporte, regulará y supervisará estas actividades mediante un
reglamento aprobado de conformidad con esta ley y sus Estatutos.
Esta definición resalta que el deporte profesional implica
necesariamente la existencia de una remuneración y de un marco organizativo e
institucional que garantice la práctica deportiva en condiciones reguladas. Sin
embargo, en la práctica, muchas disciplinas femeninas, como el fútbol,
enfrentan dificultades para que sus jugadoras accedan a una verdadera
profesionalización, lo que limita su reconocimiento como trabajadoras del
deporte y, por ende, sus derechos salariales y laborales.
Entre los deportes profesionales del Ecuador
resalta el fútbol el cual, según el artículo 63 de la Ley del Deporte, Educación Física y
Recreación (2010), se organizará a través de la Federación Ecuatoriana de
Fútbol (FEF), y se regirá de acuerdo con su estatuto legalmente aprobado y los
reglamentos que esta dictare en el marco de la normativa internacional de la
Federación Internacional de Fútbol Asociado (FIFA) y la Confederación
Sudamericana de Fútbol (CONMEBOL).
De igual forma, en el artículo 1 de Ley del Futbolista Profesional
(1994) se precisa que el futbolista
profesional es “aquel deportista que, habiendo celebrado un contrato
escrito con un club afiliado a la Federación Ecuatoriana de Fútbol, además de
la reposición de los gastos necesarios para el desarrollo de sus actividades,
también percibiera una remuneración periódica” (p. 1).
Por su parte, el Reglamento del Jugador de la Federación Ecuatoriana de
Fútbol (2002) en su artículo 3 inciso tercero define al futbolista profesional
como “aquel que por su tarea percibe periódicamente una remuneración en dinero,
que se pacte en el instrumento contractual respectivo” (p. 2). Como se hace evidente, ambos artículos
coinciden en señalar que el futbolista profesional debe contar con un contrato
escrito y recibir una remuneración periódica, lo que lo ubica como un
trabajador con derechos y obligaciones. Sin embargo, en la práctica, las
futbolistas en Ecuador muchas veces no reciben salarios justos ni cuentan con
contratos formales, lo cual revela la notoria disparidad entre el marco
jurídico y la realidad del fútbol femenino.
Por último, el Reglamento General de la Ley del Deporte, Educación
Física y Recreación (2010) precisa en su artículo 3 que, para ser reconocido
como deportista de los niveles de alto rendimiento, formativo, profesional o
recreativo, se deberá estar y mantenerse registrado en los organismos que
encabezan dichos niveles, esto es en el Comité Olímpico Ecuatoriano, la
Federación Deportiva Nacional del Ecuador, en una Federación Ecuatoriana por
Deporte que rija un deporte profesional, y en la Federación Nacional de Ligas,
respectivamente.
A partir de las anteriores definiciones, se puede comprender que el
futbolista profesional debe firmar un contrato en el cual se estipule su pago,
beneficios y obligaciones, además de ser registrado por el ente rector. Aunque
la ley establece con claridad estos parámetros, en la práctica las jugadoras de
fútbol femenino en Ecuador no han gozado de los mismos beneficios y derechos
que sus compañeros de trabajo, lo cual perpetúa la brecha salarial en el fútbol
profesional.
A consideración de Vázquez (2002) “la
participación de la mujer en el deporte ha ido evolucionando a medida que ha ido
cambiando su rol social” (p. 23). Esto significa que, conforme las mujeres
fueron conquistando nuevos espacios en la sociedad, también lograron integrarse
al ámbito deportivo. No obstante, incluso con esta evolución, el deporte
femenino continúa enfrentando limitaciones derivadas de constructos sociales y
mitos que lo han acompañado históricamente.
En esta misma línea de pensamiento, uno de
ellos es la idea de que la mujer constituye el “sexo débil” y, por ende, no
estaría en condiciones de competir con los hombres, quienes son asociados con
mayor fuerza, rapidez y resistencia. Y en consonancia con estas ideas, Lucumí (2012) explica cómo estas percepciones tienen raíces
históricas al plantear:
La mitología griega asociaba a los dioses con cualidades masculinas,
como la fuerza, el vigor y la actividad, mientras que, a las diosas, las
caracterizaban con rasgos de belleza, de sensualidad y de pasividad. Por tal
motivo, las mujeres eran tratadas como porcelanas y desempeñaban un rol de
‘adorno’ pasivo en el deporte, puesto que su fragilidad le impedía desarrollar
actividades en las que las capacidades físicas, como la fuerza, la velocidad o
la resistencia tenían que ser desarrolladas única y exclusivamente por el
hombre, el ‘sexo fuerte’, en tanto que la mujer debía conservar su condición de
feminidad otorgada por la sociedad. (p. 5)
Este antecedente histórico permite comprender que el deporte femenino ha
sido concebido, durante siglos, como un espacio limitado por estereotipos de
fragilidad y subordinación. Estas percepciones han incidido directamente en la
falta de reconocimiento y en la persistencia de desigualdades, como la brecha
salarial que aún afecta al fútbol femenino en la actualidad. Definidos los
conceptos jurídicos y sociales que enmarcan el fútbol profesional, resultan
necesario incorporar la perspectiva de género para comprender cómo las
construcciones sociales e históricas han influido en la participación de la
mujer en el deporte.
En ese orden de ideas, García (2022) entiende la profesionalización del
fútbol femenino como un proceso de reconocimiento formal del fútbol femenino
como actividad deportiva remunerada, con condiciones laborales y contractuales
equivalentes a las del fútbol masculino. Implica que las jugadoras puedan
dedicarse de forma permanente al fútbol, con contratos registrados, derechos
laborales, compensaciones económicas, y la posibilidad de competir en torneos
oficiales con respaldo institucional; todo ello como parte de una lucha por
derechos e igualdad sustantiva.
Por otra parte, según la ONU Mujeres (2023), la igualdad de género
significa que mujeres y hombres deben gozar de los mismos derechos,
responsabilidades y oportunidades en todos los ámbitos de la vida. No se trata
únicamente de garantizar igualdad formal ante la ley, sino de asegurar una
igualdad sustantiva en los hechos, mediante políticas, acciones y mecanismos
que eliminen las desigualdades estructurales. La organización señala que la
igualdad de género implica que los diferentes comportamientos, aspiraciones y
necesidades de mujeres y hombres sean igualmente valorados y favorecidos, sin
que uno tenga prioridad sobre el otro.
En paralelo, Chaparro (2019) plantea que la igualdad de género debe
entenderse como un ideal transformador, orientado a la libertad y emancipación
de la opresión sexista. No se limita al reconocimiento formal de derechos, sino
que busca que las mujeres vivan en condiciones no opresivas, desmantelando las
estructuras patriarcales que naturalizan la desigualdad. Esta autora sostiene
que la igualdad requiere tanto una lucha política como una práctica ética de
reconocimiento, en la que las mujeres sean tratadas como seres humanos plenos,
no a pesar de su género, sino precisamente desde su diferencia y diversidad.
Referente a la equidad de género, Barcia et al. (2024) sostienen que
hace referencia al reconocimiento y atención de las predilecciones, demandas,
necesidades e intereses de hombres y mujeres en igualdad de condiciones. En el
contexto deportivo, este principio se materializa en la participación
equitativa de ambos géneros, como un espacio donde convive el colectivo, se
eliminan los estereotipos sexistas y se erradican las concepciones
discriminatorias que históricamente han catalogado ciertas disciplinas como
exclusivas para uno u otro sexo.
Esta definición resulta clave para comprender el enfoque de justicia en
el ámbito deportivo, ya que la equidad no implica dar lo mismo a todos, sino
garantizar condiciones justas y equilibradas de acceso, participación y
representación, considerando las diferencias históricas y estructurales que han
limitado a las mujeres en el deporte. En este sentido, la equidad de género
constituye un paso necesario para alcanzar la igualdad sustantiva,
especialmente en el fútbol femenino, donde las brechas salariales y de
reconocimiento profesional siguen evidenciando una profunda desigualdad
estructural.
Una vez definidos los conceptos fundamentales, resulta pertinente
analizar los factores que influyen y perpetúan la brecha salarial en el fútbol
femenino. Estos factores no solo responden a diferencias individuales, sino que
se originan en estructuras sociales, culturales, institucionales y económicas
que han consolidado desigualdades históricas entre hombres y mujeres dentro del
ámbito deportivo.
Los factores sociales y culturales constituyen uno de los principales
elementos que influyen en la existencia de la brecha salarial, pues, a lo largo
de los años, se ha concebido a la mujer como el sexo débil; por lo tanto, no
puede realizar las mismas actividades, labores o roles que el hombre,
considerado sinónimo de fuerza, velocidad y carácter inquebrantable, dejando
así relegada a la mujer a actividades sociales y del hogar.
La participación de las mujeres en el fútbol desafía la idea de que ciertos
espacios o actividades son “naturales” para un género en particular. Al
practicar un deporte históricamente masculino, las mujeres demuestran que las
capacidades físicas y deportivas no están limitadas por el género (Butler,
2001). La mujer ha sido históricamente excluida del fútbol, sufriendo desde la
negligencia hasta la prohibición directa, como el veto de la Football Association inglesa en
1921. El auge del fútbol femenino es, por tanto, un acto de resistencia.
Además, muchas jugadoras desafían las normas de género no solo con su
participación, sino también a través de sus expresiones de identidad y
sexualidad, que confrontan los ideales heteronormativos (Palacios, 2025).
Las jugadoras de fútbol femenino se convierten en modelos de resistencia
y subversión, especialmente para niñas y jóvenes, al mostrar que es posible
desafiar las expectativas tradicionales de género. A medida que el fútbol
femenino gana popularidad, se normaliza la idea de que las mujeres pueden
participar en deportes de alto rendimiento, desestabilizando el poder simbólico
que asocia el deporte con la masculinidad (Butler, 2001).
Al exigir igualdad de condiciones, salarios, cobertura mediática y
respeto, el fútbol femenino cuestiona las estructuras de poder que perpetúan la
desigualdad de género. Eventos como la Copa Mundial Femenina no solo celebran
el talento deportivo, sino también la diversidad de identidades, expresiones de
género y sexualidades, subvirtiendo las normas tradicionales del deporte y la
sociedad (Butler, 2001).
Si bien las jugadoras enfrentan el desafío de superar los estigmas que
las han perseguido históricamente, este cambio resulta complejo sin una
transformación social más profunda. En su investigación sobre la Liga
Parroquial de La Floresta, Quiroa (2018) documenta cómo las futbolistas son
frecuentemente etiquetadas con términos como “machonas”, “marimachas” o “carishinas”, expresiones cargadas de connotaciones
negativas que cuestionan su feminidad y orientación sexual. Estos calificativos
no solo reflejan la resistencia social ante la presencia de mujeres en espacios
históricamente masculinizados, sino que también refuerzan la idea de que el
fútbol “no es para mujeres”.
Tales percepciones demuestran que la desigualdad en el deporte tiene
raíces profundamente culturales, donde la identidad y la corporalidad femenina
siguen siendo objeto de control y juicio social. Sin embargo, el testimonio de
estas jugadoras también revela procesos de resistencia y empoderamiento, ya que
su participación en el fútbol representa un acto de ruptura frente a los roles
de género tradicionales y un paso hacia la normalización del deporte femenino
en el país. Asimismo, otros de los factores que influyen en la persistencia de
la brecha salarial en el fútbol femenino, destacan los de naturaleza económica,
institucional y mediática, los cuales se encuentran estrechamente
interrelacionados.
Mucho se dice que el fútbol femenino no atrae ni genera los mismos
ingresos que el masculino, por lo que los recursos deben destinarse a quienes
“venden” y, por tanto, se “merecen” dichos beneficios. Sin embargo, este
argumento perpetúa no solo la brecha salarial, sino también un sistema machista
que mantiene un círculo vicioso de desigualdad e impide cualquier avance hacia
su erradicación.
Al repetir y aceptar estos discursos sin cuestionarlos, con el fin de
preservar el estatus quo, se contribuye a que el fútbol femenino continúe
siendo considerado un deporte subdesarrollado y de carácter aficionado. De esta
forma, las mujeres que desean dedicarse profesionalmente a esta disciplina se
ven obligadas a aceptar condiciones de precarización laboral y a buscar fuentes
alternativas de ingreso, ya que, del fútbol, en la mayoría de los casos, no
pueden garantizar su propio sustento.
Para comprender cómo estos factores influyen en la brecha salarial, es
necesario analizar el contexto en el que surgió y se ha desarrollado el fútbol
femenino en Ecuador, caracterizado por una falta de inversión institucional,
escasa infraestructura deportiva, limitada cobertura mediática y una
distribución desigual de recursos económicos frente al fútbol masculino. De
acuerdo con Crespo (2024), los primeros registros del fútbol femenino en
Ecuador datan de 1932, con la creación del Club Guayas; sin embargo, la falta
de apoyo institucional y financiero impidió su consolidación. Décadas después,
el primer Campeonato Nacional Femenino representó un esfuerzo inicial de
formalización, aunque limitado en recursos y sostenibilidad.
La verdadera profesionalización se produjo recién en 2019 con la
creación de la Súperliga Femenina, impulsada por la
normativa de la CONMEBOL (2018), que obligó a los clubes a contar con ramas
femeninas y con infraestructura mínima para su funcionamiento. Estas medidas,
aunque positivas, también evidenciaron las desigualdades estructurales del
sistema, ya que muchos equipos carecían de los recursos necesarios para cumplir
con los nuevos requisitos. En consecuencia, la creación de la liga profesional
no solo reveló la falta de equidad económica, sino también la ausencia de una
política institucional sólida para promover el desarrollo sostenido del fútbol
femenino.
La desigual distribución de recursos y la escasa cobertura mediática se
retroalimentan. Es decir, la falta de apoyo institucional reduce la visibilidad
del fútbol femenino, y la baja visibilidad no estimula la inversión pública y
privada. En este sentido, los medios de comunicación desempeñan un papel
determinante en la configuración del valor económico y simbólico del deporte,
pues son quienes otorgan visibilidad, construyen narrativas y generan interés
social en torno a los eventos deportivos. Sin embargo, el fútbol femenino ha
sido históricamente marginado de los espacios mediáticos, lo que contribuye
directamente a la perpetuación de la brecha salarial y de reconocimiento dentro
del ámbito futbolístico.
En el contexto ecuatoriano, la cobertura mediática del fútbol femenino
sigue siendo insuficiente. Los partidos, en su mayoría, no se transmiten por
televisión abierta, restringiéndose a plataformas digitales como El Canal del
Fútbol. Aunque existen esfuerzos aislados por parte de emisoras radiales como
Radio La Redonda, Radio La Red y Pichincha Universal, los espacios dedicados a
este deporte son reducidos y generalmente se abordan desde un enfoque
informativo, sin profundidad analítica ni continuidad.
En cuanto a la prensa, medios nacionales como El Comercio y El Universo
han mostrado un interés fluctuante. Durante el año 2022, estos periódicos
publicaron algunas notas sobre fútbol femenino, pero la mayoría se concentraron
en periodos específicos de alta competencia, como la Copa América Femenina,
dejando meses enteros con escasa o nula cobertura. Además, la mayoría de los
artículos se limitan a reportes superficiales, sin abordar problemáticas
estructurales como la falta de inversión, precarización laboral o desigualdad
en las condiciones de entrenamiento (Crespo, 2024).
La carencia de apoyo financiero y logístico no solo limita las
oportunidades de crecimiento del fútbol femenino, sino que también precariza
las condiciones laborales de las jugadoras. No brindarles implementos, espacios
adecuados de entrenamiento, medios de transporte y recursos básicos para su
desarrollo profesional constituye una forma de exclusión estructural que afecta
su rendimiento, su salud física y mental, así como su bienestar integral. A
ello se suma la invisibilización mediática, que genera un efecto en cadena:
menor exposición implica menor interés de patrocinadores y marcas, lo que a su
vez reduce los recursos destinados a los equipos femeninos. En consecuencia, los
medios de comunicación no solo reflejan la desigualdad existente, sino que
también la reproducen activamente al mantener al fútbol femenino fuera del foco
principal de atención pública.
En efecto, los factores económicos, institucionales y mediáticos no
actúan de forma independiente, sino como engranajes de un mismo sistema que
limita el desarrollo del fútbol femenino y refuerza las desigualdades
estructurales existentes El deporte, en este sentido, debe concebirse como un
espacio de transformación social capaz de promover justicia y equidad, en lugar
de reproducir los mismos patrones de desigualdad que históricamente ha
intentado superar.
Análisis
jurídico de la normativa ecuatoriana
La Constitución de la República del Ecuador (2008) constituye el eje central
del ordenamiento jurídico nacional. Por lo tanto, en materia de igualdad de
género y derechos laborales, reconoce la igualdad formal y material entre
hombres y mujeres, prohibiendo toda forma de discriminación, incluida la
salarial. En el ámbito deportivo, la normativa se complementa con la Ley del
Deporte, Educación Física y Recreación y con instrumentos internacionales
ratificados por el Ecuador (como la CEDAW y convenios de la OIT). Aquí tenemos
algunos preceptos constitucionales como base legal.
En la carta magna del
Ecuador, en el artículo
11 numeral 2, se establece que nadie podrá ser discriminado por razones de
sexo, identidad de género u otra condición. De lo cual se interpreta que, en el
fútbol profesional, cualquier diferencia salarial basada únicamente en el
género carece de justificación legal. Asimismo, en el artículo 33 se aclara que
el trabajo es un derecho y un deber social; por lo que el Estado garantizará el
respeto a los derechos laborales. Por otra parte, en este mismo texto, se establece
que a trabajo de igual valor corresponde igual remuneración, sin discriminación
alguna, en el artículo 328 (Constitución de la República del Ecuador, 2008).
Por tanto, si una futbolista desempeña
las mismas funciones, con igual dedicación y nivel competitivo que un
futbolista, la diferencia salarial estructural puede considerarse
discriminatoria y contraria a la Constitución.
En efecto, el artículo 70 de la carta
magna establece la obligación del Estado de generar políticas que garanticen la
igualdad entre mujeres y hombres en todos los ámbitos, incluido el deportivo.
Asimismo, la Ley del Deporte, Educación
Física y Recreación (2010), en sus artículos 3, 4 y 5, promueve la
equidad y la inclusión en el deporte, reconoce que este constituye un derecho
de todos los ciudadanos y dispone la participación equitativa de hombres y
mujeres, fomentando políticas de igualdad de oportunidades en la práctica
deportiva. Sin embargo, aunque la normativa declara estos principios, no
contempla mecanismos específicos ni medidas efectivas para erradicar la brecha
salarial en el deporte profesional.
En el
ámbito de las normas laborales que rigen esta problemática, el Código del
Trabajo (2005) consagra un principio fundamental de equidad. En su artículo 79,
estipula de manera explícita que, a trabajo de igual valor, realizado en la
misma jornada, con similar eficiencia y bajo condiciones equivalentes, debe
corresponder una idéntica remuneración.
Este
mandato legal, en teoría, es plenamente aplicable a las futbolistas que se
desempeñan bajo una relación laboral formal. Sin embargo, esta protección choca
con la realidad del sector, donde un gran número de jugadoras trabaja bajo
contratos civiles o en la informalidad. Esta precariedad contractual genera una
brecha que deja a muchas sin la protección de este principio de igualdad
salarial, vulnerando así el espíritu de la ley.
Por su
parte, la República del Ecuador ha ratificado una serie de instrumentos
internacionales que establecen obligaciones concretas en materia de igualdad.
La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra
la Mujer (CEDAW) obliga al Estado a garantizar la igualdad en el acceso, las
condiciones y los beneficios del empleo, un mandato que se extiende al ámbito
deportivo. Asimismo, el Convenio 100 de la OIT, sobre igualdad de remuneración
(1951), consagra el principio de igual salario por trabajo de igual valor.
A este se
suma el Convenio 111 de la OIT (1958), que prohíbe expresamente cualquier
distinción, exclusión o preferencia basada en el sexo que afecte la igualdad de
oportunidades y de trato en el empleo y la ocupación. De acuerdo con el
artículo 417 de la Constitución de la República (2008), estos tratados
internacionales tienen rango constitucional, lo que significa que su
cumplimiento no es solo una directriz, sino una obligación jurídica de carácter
supremo, directamente exigible ante los tribunales nacionales.
Jurisprudencia
y doctrina nacional
Aunque no existen sentencias específicas sobre brecha salarial en el
fútbol femenino, la Corte Constitucional ecuatoriana ha desarrollado criterios
relevantes en casos de igualdad laboral y perspectiva de género; por ejemplo, la
Sentencia No. 001-18-PJO-CC (Corte Constitucional del Ecuador, 2018) y la Sentencia No. 050-13-SIN-CC (Corte Constitucional del Ecuador, 2013). Estas decisiones refuerzan la
obligación del Estado y los empleadores de eliminar cualquier forma de
desigualdad estructural. A nivel
normativo, el fútbol femenino en Ecuador se enfrenta a notables vacíos y
desafíos.
En primer lugar, existe una falta de regulación
específica que defina y desarrolle el profesionalismo en esta disciplina, lo
que se traduce en una débil fiscalización laboral de los contratos deportivos
por parte de las autoridades. Esta situación de desamparo institucional se ve
agravada por la ausencia de políticas públicas de igualdad salarial dentro de
la Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF). La consecuencia directa de este
marco insuficiente es la precarización laboral de las jugadoras, muchas de las
cuales carecen de seguridad social y de contratos formales, perpetuando así una
desigualdad estructural en el deporte.
Para cerrar la brecha salarial en el fútbol femenino ecuatoriano, es
imperativo impulsar un conjunto de propuestas jurídicas y políticas concretas.
Una medida fundamental sería promover una reforma a la Ley del Deporte,
Educación Física y Recreación que incorpore de manera explícita una cláusula de
igualdad salarial obligatoria en el deporte profesional.
Esta reforma debe ir acompañada de una reglamentación laboral deportiva
con un enfoque de género claro, que reconozca formalmente al fútbol femenino
como una actividad profesional con derechos plenos. Asimismo, es crucial
fortalecer la supervisión del Ministerio del Trabajo sobre los contratos de las
jugadoras, asegurando su formalidad y el cumplimiento de las normas.
Por otra parte, para incentivar la transición, se podrían establecer
políticas públicas que otorguen beneficios fiscales o apoyos económicos a los
clubes que demuestren garantizar la igualdad salarial y procesos de
profesionalización. Todas estas acciones deben converger en la aplicación
efectiva y justiciable del principio constitucional y convencional de igual
remuneración por trabajo de igual valor, trascendiendo la mera igualdad de
salario por el mismo puesto para evaluar la equidad en la totalidad de la
compensación y beneficios.
Conclusiones
Desde una perspectiva jurídica, la brecha
salarial en el fútbol femenino ecuatoriano se configura como una forma de
discriminación de género injustificable. Este trato desigual vulnera el marco
constitucional y legal que consagra la igualdad material y formal, y prohíbe
expresamente la discriminación en el ámbito laboral. Dicha normativa se ve
reforzada por los instrumentos internacionales de derechos humanos ratificados
por el país, que exigen igualdad de remuneración. No obstante, este sólido
fundamento legal choca con una realidad de informalidad y desprotección. La
ausencia de mecanismos normativos específicos y la precariedad laboral imperante
actúan como barreras estructurales. Estos factores impiden que los principios
de igualdad y no discriminación se traduzcan en realidades tangibles para las
futbolistas. En consecuencia, la desigualdad salarial persiste no por vacíos
legales, sino por deficiencias en la aplicación.
Superar esta problemática exige, por tanto,
una reforma estructural que trascienda el reconocimiento formal de derechos. Es
imperativo cerrar la distancia entre el amplio marco jurídico existente y la
práctica cotidiana del deporte femenino. Esta transformación debe pasar por la
profesionalización integral del fútbol femenino, garantizando contratos
formales y seguridad social. Asimismo, requiere de la aplicación efectiva y
vigilada del principio de "igual remuneración por trabajo de igual
valor". Lograr este objetivo demanda una acción coordinada y
corresponsable entre el Estado, la Federación Ecuatoriana de Fútbol y los
clubes. Solo a través de este esfuerzo conjunto será posible desmontar las
estructuras culturales y organizativas que perpetúan la desigualdad. El fin
último es hacer efectivo el derecho a la igualdad que la Constitución proclama
para todas las personas.
Referencias
Bibliográficas
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